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Participaciones del usuario Marina Perales - Hipotecas

Marina Perales 04/09/15 12:54
Ha respondido al tema Arrendador de finca rústica, propietario 100% de nuda propiedad - Arrendamiento
En principio el arrendador sería atu madre que es la usufructuaria del terreno y que sería la que fiscalmente debería tributar por dicha ganancia. Por tanto tu no tendrías que tributar nada. Otra cosa es que debido a que tu madre está muy mayor hagáis un traspaso de poderes por medio del cual tú administres sus bienes.
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Marina Perales 04/09/15 10:43
Ha respondido al tema Compra de vivienda+Escrituras con otra persona.
Actualmente no se cómo se están haciendo este tipo de operaciones. Yo entiendo que lo que puedes hacer si no estais casados es una compraventa o una donación (en caso de que el cónyuge no tenga capital sería una donación). En la operación de la compraventa es en la que menos impuestos hay que pagar, pues tributa al 7% por el Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales del precio de la vivienda (50%), más los gastos de notaría y registros. En caso de que se tenga en mente el matrimonio, es más recomendable esperar y si estáis en régimen de gananciales lo que se puede hacer es formalizar una escritura de aportación de la mitad privativa del piso a la sociedad ganancial. Esta es la opción más económica que tributa el 1% por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y se encuentra exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.  
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Marina Perales 03/09/15 08:51
Ha respondido al tema Compra de vivienda y “liquidación complementaria por comprobación de valores”
Tal como se contiene el portal del catastro, todos podrán acceder a la información de los inmuebles de su titularidad y a la información de datos NO protegidos contenidos en el Catastro Inmobiliario.El acceso a los datos catastrales protegidos sólo podrá realizarse mediante el consentimiento expreso, específico y por escrito del afectado, o cuando una ley excluya dicho consentimiento o la información sea recabada en alguno de los supuestos de interés legítimo y directo establecidos en el artículo 53 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. Se consideran datos protegidos: nombre apellidos razón social código de identificación domicilio valor catastral y los valores catastrales del suelo y de la construcción de los bienes inmuebles individualizados Por tanto, en principio se necesitaría el consentimiento expreso y por escrito del afectado, en este caso el SAREB, al ser pisos nuevos que aún no se han vendido. Al ser del SAREB igual pidiendo a la inmobiliaria que revise los datos del catastro te los revisa sin problemas. Saludos  
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Marina Perales 02/09/15 12:57
Ha respondido al tema Compra de vivienda y sucesión familiar
Leopol72,  ¿Sabes cómo tendría que hacerlo? Es decir, sus padres a través de la empresa hacen la casa, y a partir de aquí, ¿cómo hay que proceder? Los padres la han hecho para ellos y posteriormente se la venden a su hijo o cómo? Saludos
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Marina Perales 02/09/15 12:54
Ha respondido al tema Compra de vivienda y sucesión familiar
Estoy totalmente de acuerdo con lo que te contestan, tienes que escriturar por el valor real, independientemente de lo que pagues o no por la casa. Además tendrías que hacer una donación por los 50.000 restantes que te habían donado tus padres, y como no, pagar los impuestos correspondiente a  dicha donación.
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Marina Perales 02/09/15 12:49
Ha respondido al tema Oferta Caja Rural para eliminar suelo
Aunque ahora mismo los diferenciales de las hipotecas variables están muy bien, alrededor del 1%, ten en cuenta que el Euribor no se va a mantener en unos valores tan bajos como los que tenemos actualmente, y que posiblemente con los años acaba elevándose considerablemente. La verdad es que no sé hasta qué punto el Euribor va a subir con rapidez ni qué posibles valores máximos va a poder alcanzar. Desde 2005 hasta principios de 2009 el Euribor estaba en todo momento por encima de los 2 puntos, por tanto si se volviera a repetir la situación sería más recomendable la opción 3, pero como esto nunca se sabe... En mi opinión si coges la opción 1 estarás perdiendo la oportunidad de los 5 siguientes años  de beneficiarte de los mínimos del Euribor para a los 5 años empezará a pagar de acuerdo al Euribor, teniendo en cuenta que entonces el Euribor será bastante más elevado. Mientras que en la opción 3, tendrías un fijo de 2,25 durante prácticamente todo lo que te queda de vida de hipoteca, excepto los 5 últimos años que será a tipo variable, y para entonces no sabremos cómo estará el Euribor. La opción 5 también me parece bastante interesante, pues te quedarías con una hipoteca a tipo de interés variable de Euribor 0'65%, lo cual no esta nada mal, y aunque el Euribor subiera a 1,5 o 2, el diferencial tampoco sería muy elevado. Por orden las que considero mejores opciones son:3, 5, 2, 4.   Saludos  
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Marina Perales 01/09/15 09:27
Ha respondido al tema Devolución del dinero de una reserva con Servihabitat
Si ya has tratado de hablar con el API y aun así no te han devuelto la fianza (si tienes esta petición y su contestación por escrito en un correo sería mucho más útil), lo único que te queda es una demanda judicial por incumplimiento de contrato por su parte. Para la demanda judicial por uncumplimiento de contrato se tiene un plazo de 15 años para ejercerla, así que por el tiempo no te preocupes. En tu caso no se muy bien cómo quedará el asunto, pero a priori parece que tengas todas las de ganar porque en primer lugar hubo un incumlplimiento cuando te querian vender una casa de 1 habitación cuando supuestamente tu diste una fianza para la compra de una casa de dos habitaciones. Y en segundo lugar porque aunque la casa era de dos habitaciones las condiciones de venta no eran las que se había hablado (vivienda acondicionada). Saludos.  
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Marina Perales 31/08/15 17:40
Ha respondido al tema Declaración de IRPF con extinción de condominio - Extinción de condominio
En dicho caso, yo entiendo que sí, pues la vivienda es tuya al 100%. Lo que había entendido antes es que era de los dos, pero a partir de cierto momento solo pagabas tú la hipoteca. pero en el caso que dices, considero que la desgravación es para ti al 100%, pue sla vivienda es tuya, y aunque la inversión inicial no fuera tuya, has pagado la parte correspondiente. Saludos
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