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Contenidos recomendados por Lunatico

Lunatico 26/11/19 11:17
Ha respondido al tema Venta plaza de parking
En transmisiones patrimoniales del IRPF, por la diferencia entre el valor de la venta, minorado con gastos ocasionados por la venta (Impuesto de Plusvalia Municipal) y el valor de adquisicion sumados los gastos ocasionados por la compra . Si resulta Ganancia tributaras por el importe ganado y si hay perdida la podras compensar con otras ganancias generadas por la venta de otros activos, en el mismo ejercicio o en los 4 siguientes.Si esta plaza ha estado alquilada , al presentar las rentas del alquiler te has podido deducir por la Amortizacion del valor catastral edificado, si esto ha sido asi, los importes de amortizacion por el periodo en alquiler, hay queminorarlos al valor de adquisicion.Saludos
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Lunatico 23/11/19 17:10
Ha respondido al tema Ganancia patrimonial tras venta y reinversión en vivienda habitual, caso concreto
El calculo de la plusvalia a la que se puede aplicar el 11,1% (en este caso 2 años- el 22,2%) se hace con los dias exactos. Solo quedan totalmente exentas las plusvalias de los inmuebles adquiridos antes del 31-12-86 ( 10 años). Si quiere acogerse a la deduccion por amortizacion del prestamo pendiente y no quiere que la AEAT le ponga impedimentos, debe cancelarlo antes de la venta, proque la Administracion considera que si es con dinero de la venta, no puede considerar aplicable la deduccion por inversion.Despues de determinada la plusvalia total , tiene la exencion por reinversion en nueva vivienda habitual, que sera aplicada en la misma proporcion que existe entre el importe reinvertido y el Neto obtenido de la venta ( Se tiene 2 años de plazo desde la fecha de venta a la fecha de nueva adquisicion).Saludos
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Lunatico 23/11/19 12:20
Ha respondido al tema Ganancia patrimonial tras venta y reinversión en vivienda habitual, caso concreto
No voy a ponerme a calcular los valores de adquisicion de los diferentes itos por loque ha pasado la vivienda, con sus corespondientes impuesto y gastos que se sumarian a los importes escriturados ( en la herencia se habra pagado plusvalias municipales).Si te indico que la adquisisicion de Mayo del 1993, tiene de aplicacion los coeficientes de abatimiento, que al ser inmueble, se calcula en funcion des los dias transcurridos entre la adquisición y el 20 de Enenero del 2006 (periodo exento) en funcion del total de dias entre la adquisicion inicial y la venta final.  El Programa Renta Web, cumplimentando las fechas y los importes de esta operacion (como parte separada) te aplica la exencion correctamente.Saludos
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Lunatico 19/11/19 17:17
Ha respondido al tema Acciones a nombre de niño de 3 años
Los hijos menores de edad (18 años) pertenecen fiscalmente a la Unidad Familiar, si los padres estan casados y presentan declaraciones individuales ambos cónyuges, el hijo debe presentar tambien declaración individual. Si la presentan Conjunta , se incluye al hijo en la misma declaracion Conjunta, indicando al hijo con rentas a declarar.Si no estan casados, cualquiera de los progenitores puede presentar declaración conjunta monoparental, con el hijo incluyendo sus rentas, sin necesidad de presentarlo de forma individual.Saludos
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Lunatico 07/11/19 11:49
Ha respondido al tema Desgravación de los honorarios de la inmobiliaria y otros gastos al vender la casa heredada de los padres
El valor de adquisicion por el que se pagaron el Impuesto de Sucesiones, dada a esta vivienda,  como los gastos ocasionados por la herencia correspondientes a la vivienda heredada y el Impuesto de Plusvalia Municipal pagado en la herencia, componen el valor de adquisicion que se ha de considerar al declarar la venta, y asi obtener la plusvalia (ganancia fiscal).El valor de venta tambien incluye los gastos de gestion de venta (mediante factura) y el tambien Impuesto Municipal que corresponde pagar al vendedor.Saludos
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Lunatico 28/10/19 11:18
Ha respondido al tema En qué casilla declaro el rescate de mi plan de pensiones?
Se declaran como los Rendimientos del Trabajo o Pensiones : En Ingresos Retribuciones Dinerarias-Importe Integro se cumplimenta con el valor rescatado(100%) , si se han tenido retenciones en -Retenciones- se cumplimenta estas retenciones practicadas.Si todo el importe rescatado esta acogido a la reduccion del 40% , este 40% del importe integro registrado en Ingresos se cumplimenta en la Casilla de Reducciones rendimientos irregulares.Con independencia de que se hayan tenido retenciones o no al rescate, estos datos hay que cumplimentarlos.Saludos
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Lunatico 31/08/19 11:21
Ha respondido al tema Fiscalidad compra derechos suscripción
Las nuevas acciones por suscripción, por aplicación de los derechos, toman la fecha de compra de las acciones que generan los derechos y aumentan su valor de compra en los costes de dicha ampliación. Cada compra genera sus propios derechos que al aplicarse acumulan las nuevas acciones a esa compra concreta, si se tienen mas de una compra del mismo titulo en diferentes fechas y valores, cada compra hay que tratarla independiente. Ejemplo:  Compra de 1.000 acciones el 16/04/2005 , valor de 6.000 euros Compra de  500 acciones el 30/09/2005, valor de 3.250 euros El 18/12/2005 una ampliación de emisión de derechos, cambio de  1 x 11... tengo para 136,36 nuevas acciones, comprando 7 derechos en el mercado tengo para 137 nuevas acciones , esto me cuesta  4,50 euros. La primera compra de 1.000 acciones generan 90,91 nuevas acciones (Se redondea a 91 nuevas acciones de las 137), ahora tengo 1.091 acciones el coste es el 66% de 4.50 euros=  3 euros que se suman a los 6.000, valor de compra de 1.091 acciones es de 6.003 euros. La segunda compra de 500 acciones generan el resto hasta 137 , esto es 46 nuevas acciones con un coste de 1,50 , ahora se tiene un lote de 546 acciones por valor de 3.251,50 euros. Y de esta forma sucesivamente por cada compra que se haya producido. es el tratamiento correcto en ampliaciones, splits, devoluciones de primas etc. En una hoja Excel es la mejor forma de controlarlo, el programa de la AEAT es para pocos paquetes de acciones y de generación reciente, sino cuesta un tiempo importante el confeccionar un historial antiguo y extenso. Saludos  
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Lunatico 29/08/19 18:30
Ha respondido al tema Fiscalidad compra derechos suscripción
Todas las nuevas acciones de suscripción por aplicación de los derechos, toman como fecha de adquisición el original de las primeras 93 acciones adquiridas. Al valor de esta adquisición, se le suma el coste de la compra de derechos, para completar numero entero de acciones. Solo tienes que declarar una operación de venta al vender todas en el mismo momento, y su valor de venta será el neto obtenido y el de adquisición el coste de la primera adquisición, mas la suma de los costes de la adquisición de derechos. Saludos
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