Yo por lo que hablé con Federico en el foro, entendí que solo hay preclusión en casos muy muy determinados cuando tienes sentencia firme sin retroactividad en demandas colectivas de la cláusula suelo. Así que dudo muchísimo que se aplique la preclusión del artículo 400 LEC cuando son demandas sobre diferentes cláusulas y que además se han dado sentencias en diferentes momentos. Así que no te preocupes si quieres demandarlo conjuntamente o no.
Buenas Federico lo primero mil gracias por atenderme. Me ha llevado un poco leer todas las intervenciones, menudo trabajazo te estás pegando :) La verdad es que tengo un pequeño lío con la cosa juzgada. Entiendo que los que tengan sentencia firme sin retroactividad no tienen nada que hacer. Lo que no me cuadra es lo de la demanda colectiva e individual. Supongo que si te presentaste (con DNI) en la demanda que acabó condenando a BBVA, Cajamar, Abanca, etc. ya no puedes pedir la retroactividad porque sería cosa juzgada. ¿Acierto? Muchas gracias!!
Si de verdad estás interesado en el piso del banco no tengas miedo en hacer una oferta con un descuento del 20/30%. Si al banco no le parece bien te lo va a decir y negociaréis sin problema. No te va a decir nunca que te "has pasado de listo" si es lo que estás pensando. Eso sí, ten en cuenta que si llega otro por un precio más alto te lo va a quitar. Luego la mayoría de los pisos del banco van por agente inmobiliario (la comisión se la paga el banco). Si eres tú el que la tiene que pagar, lo descartaría rápido.
Perfectamente entendido Federico. Entonces, no lo recuerdo muy bien pero la demanda de ADICAE estaba vista para sentencia después de apelarse. ¿Los ADICAE pueden recuperar todos los intereses o es cosa juzgada?
Y si me pudieras enlazar esos posts a los que te refieres te lo agradecería :)
Hola a todos. Esta es una pregunta para Federico, pero si alguien más entiende del "tema gramatical" en la redacción de sentencias también me puede ayudar. El Tribunal Supremo acaba de rechazar la apelación del BBVA por la cláusula suelo y argumentan lo siguiente "En suma, la cosa juzgada de la sentencia estimatoria de la acción colectiva afectará únicamente a los consumidores no personados que estén determinados individualmente en la propia sentencia".
¿Me lo podéis traducir? :)
Al banco lo que le importa es que si se queda un único titular en la hipoteca sea suficientemente solvente para pagar la hipoteca él solo. ¿Cuándo fuiste a pedir la hipoteca con tu expareja os "obligaban" a estar los dos en el préstamo? Sí la respuesta es positiva ya te puedes hacer una idea de la respuesta que te dará el banco. Antes te pedían un aval a cambio o subirte el tipo de interés, pero si tú solo eres solvente (la cuota de la hipoteca no puede ser más alta del 40% de lo que cobras) como mucho te pedirán que contrates un seguro de vida o de protección de pagos. Saludos y ya nos cuentas.
no estoy de acuerdo con lo que dices ser2009. todos los bancos ponen en el contrato que si el euribor dejara de publicarse se usaría el irph eso no es nuevo. el tema es que el nuevo euribor plus no es un índice nuevo es un cambio del cálculo y punto. mira que estoy pendiente de todas las triquiñuelas de los bancos (estoy con la cláusula suelo y los gastos de la hipoteca hasta el cuello) pero esto me ha parecido el típico grito de "que cunda el pánico!!!!" sin justificación. lo siento pero no te lo compro
hola a ti también y gracias por la iniciativa. quería hacerle una pregunta al abogado porque en 2014 subrogué la hipoteca a otra entidad bancaria. esta hipoteca la firmé en 2004. los gastos de subrogación de 2014 creo que puedo pedirlos, pero ¿podria reclamar los gastos de la primera hipoteca? todavía no han pasado los 4 años estos que dicen que hay de plazo pero ya no soy cliente del primer banco, del segundo sí. muchas gracias otra vez.