Comparto tus dudas. El problema es la falta de transparencia en el país. Ante una donación de tal envergadura, para mí lo lógico es que si el ministerio de sanidad tiene una partida presupuestaria para la compra de equipos que ahora se van a adquirir con el dinero donado, deberían informar a qué otra partida del gasto sanitario se dedicará ese dinero.
De todas formas, aunque haya algún interés oculto por parte de Amancio, prefiero que sea de esta forma que pagando el 3%.
Básicamente que tengas los capitales correctos y las coberturas que necesitas o te preocupen. Sino, sea el precio que sea, estarás pagando un seguro carísimo
No, la bonificación la tienes por contratar el seguro de hogar con ellos.
Debes valorar, primero, si el seguro de hogar que hiciste con ellos está bien hecho y, segundo, si ahorras en prima y el primer punto se cumple, si compensa el ahorro frente a la bonificación.
La incapacidad profesional no existe como concepto para la Seguridad Social por lo que esa P solo puede ser de permanente.
Dentro de la incapacidades permanentes podrá ser parcial, total, absoluta y de gran invalidez.
Extraido de la web de la Seguridad Social:
Concepto
En la modalidad contributiva, es incapacidad permanente la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. No obstará a tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral del inválido, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo.
Que reclame que tiene derecho
Consejo: cuando pidas información sobre las pólizas de baja real que te expliquen cómo funciona el tema de las visitas de sus peritos médicos, qué es eso del alta que te pueden dar porque para ellos ya no estás incapacitado totalmente para la actividad laboral aunque tu médico de cabecera te diga que aun tienes para 2 meses más de baja laboral, cómo cubren las algias y las depresiones, qué es eso del baremo interno de duraciones estimadas de bajas laborales.
No vaya a ser que luego tengas que venir al foro a echar pestes de alguna compañía que te ha pasado su condicionado
si tienes la póliza como yo, lo tienes todo muy bien explicado en ella
fractura de femur 87 días más 15 días de ampliación: 4.080€
lumbalgia horrorosa:
- con prueba diagnóstica, 19 días de baremo más 11 de ampliación
- sin prueba diagnóstica, 10 días de ampliación
la depresión, como todas las pólizas, no se cubre
las algias sin prueba diagnóstica que demuestre su existencia real se limitan a 10 días de ampliación
lo no contemplado en baremo por analogía como todas las pólizas
Si puedes desgravar en la renta, yo amortizaría hoy y dejaría una parte para amortizar en Enero de 2017 la diferencia entre la cuota a pagar a lo largo de todo el año y 9.040€ para poder desgravar el máximo.
Si no puedes desgravar amortiza todo hoy.
Hasta dónde yo sé, la copia del dni se pide para comprobar que la firma es la del tomador del seguro y no de otra persona.
Tienes razón en que debería ser el mismo procedimiento para suscribir un seguro como para cancelarlo. Para mí el error está en no solicitar la copia en el momento de contratar la póliza. Pero también es cierto que en la suscripción hay otros elementos para comprobar la conformidad del cliente como puede ser atender el pago del recibo enviado al cobro.