El problema de los Planes de Pensiones es que la rentabilidad es una mierda normalmente, a lo mejor encuentras algo rentable en Índices, lo que se comenta poco es que TEMPORALMENTE la mitad te lo paga hacienda o parecido, cuando lo dispongas pagarás en renta, podrías disponer cantidades en tu jubilación que no te disparate el IRPF, la otra si te va bien en la vida es no utilizarlo nunca y dejárselo en herencia a tus hijos.El problema es encontrar algún Plan de Pensiones rentable para dejarlo a largo plazo.Si inviertes 1.500 y tienes un marginal alto es como si te hubiera rentado un 90% o un poco más en un año.
Puedes traspasar un ETF a otro Broker SI EL ETF ES EL MISMO, (TRASPASO DE CARTERAS).Solo se pueden traspasar los Fondos de Inversión, SIN REPERCUSION FISCAL.
Son dos mundos diferentes.El neto que te queda de los dividendos después de las retenciones, lo puedes gastar en lo que te de la gana, cenar, comprarte un coche o volver a comprar acciones.
No queda claro si :Recibes el dinero con la retención del IRPF por cobros de dividendos (en teoría BBVA informa a Hacienda y debe salir en el borrador de tu declaración).O lo que recibes son acciones, en este caso tampoco hay que hacer nada y esos dividendos se considerarían como MENOR VALOR DE COMPRA el día que vendas las acciones.
Hacienda solo tiene en cuenta el dinero que llega a España y es sobre ese dinero ( que ya viene en menor importe por la retención extranjera) es sobre ese neto por el que hacen la retención en España y es lógico, tú debes poner cuanto era el bruto del dividendo y cuanto te retuvo la Hacienda extranjera, para hacer la deducción por doble imposición de dividendos.
No es normal, cosas de los programas informáticos, de todas formas verifica los años de compra y venta, que suele estar ahí las discrepancias, si es mucha pasta comunicaselo al banco que te sellen la copia de la documentación y ponlo manualmente en la declaración.Yo si te sirve de consuelo en Inversis no consigo ni entender que han declarado, todos los años cuando hago la declaración, digo que me voy a dar de baja.,.y así hasta el siguiente año
No se puede Traspasar(sin tributar) de un Bróker, Banco Nacional ( p.ej. Banco Santander, MyInvestor Renta 4 etc.)a un Bróker Banco domiciliado en el extranjero. Cómo seria el caso de IB.
No puedes traspasar un Fondo de Inversión contratado con un Banco o Broker radicado en España(p.ej . Banco Nacional, Renta 4 etc), a un Fondo de Inversión de un banco Broker etc. radicado en el extranjero como es el caso de IB. para evitar el pago fiscal.