No le importa un pimiento al banco qué porcentaje de propiedad sea de cada uno. Si acaso, que no es nada habitual, hacienda podría tener interés si considera que hay donación de uno a otro.Sin embargo, con alegar que en todo caso es un "crédito" pendiente de reintegrar más adelante, similar a lo que explica @mialen
, incluso eso puede servir.
No modifica las "condiciones del depósito", lo CANCELA. Y se recoje esa posibilidad en las condiciones ya firmadas al contratarlo.Lo de falta de equilibrio si es más evidente, pero, como indicas, difícilmente compensará una reclamación judicial, como siempre en esta jurisdicción, de incierta resolución.
Sin tercer decimal, no hay nada que redondear al céntimo, ni por exceso ni por defecto. En el ejemplo, si no se permite tercer decimal, la empresa pondría el precio a 1,66 en vez de 1,65.
Todo eso son conceptos fiscales. Nada tiene que ver con gestión inmediata del deceso.Los trámites fiscales se gestionan cuando se tiene el certificado de últimas voluntades que no se admite pedirlo antes de los 20 dias posteriores al triste evento.Si vais tan perdidos mejor una gestoría si en la funeraria no os pueden orientar.
Este enfoque es incorrecto. Podemos discrepar sobre la mayor o menor justicia del método peroen los últimos años, ya tengas prácticamente todos los intereses pagados.Es la forma que tiene el banco de asegurarse las perras para que cuando canceles la hipoteca ya haya cobrado lo suyo.No es que el banco haya cobrado los intereses los primeros años, es que los primeros años debemos mucho más dinero que hacia el final del préstamo. Y pagamos intereses por lo que debemos.
Normal no debería ser, habitual tampoco.Sin un mísero recibo no podrás justificar el gasto en la compra y será mayor el incremento que se generará en el momento que se transmita (venta o herencia), salvo que sigan haciendo crecer la bola, con las consiguientes repercusiones en IRPF y plusvalia municipal.Las consecuencias para la inmobiliaria puede ser una buena multa si alguien la denuncia.
A parte de la perspicaz aportación de @Draguinosroba, al no tratarse de un banco tampoco puedes definirlo como "depósito". Como tal, muy legal no tiene pinta que pueda ser, ¿Qué le obliga a cumplir lo anunciado? Analiza bien el contrato si aún crees en los reyes magos.