Quien renuncia a una herencia corta el posible derecho de sus propios posibles herederos a los bienes "renunciados" y acrecienta la parte que le corresponde al resto de herederos que sí aceptan la herencia.La renuncia debe constar en la escritura de partición de herencia
Abrir cuentas separadas para cada cosa o contratar diversas tarjetas crédito con esos limites, una para cada apartado. Suponiendo que su coste te compense.
Es muy improbable que hacienda intervenga en este momento. Sí podría hacerlo, aunque tampoco es tan sencillo, en el momento que dispongas de esos fondos.En cualquier caso, presentar la declaración, aunque fuese fuera de plazo (que no lo es mientras no dispongas del capital) siempre será menos gravoso que esperar una reclamación de hacienda.
No conozco norma alguna que regule este aspecto, salvo lo que establezca el contrato en el pedido. Todo son costes en tiempo y, a veces, esfuerzo físico que hay que remunerar.No es igual descargar un palé con varios sacos de cemento y ladrillos "a pie de calle" que subirlos al 3º2ª, y más sin ascensor. O un tresillo o un armario.