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¿Qué os parece ADS abogados?
ya esta y contestado.
Javi Falonsma04/01/26 20:19
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no he recibido nada
Javi Falonsma04/01/26 19:12
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Perdona APELAR que?Si son demandas distintas.1. Es Nulidad de la clausula de Gastos - Favorable a tí (eso es lo que entiendo)2. Es Restitución de cantidades en base a la anterior sentencia.
Javi Falonsma04/01/26 17:40
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Has mirado bien lo de la prescripción?Me cuesta mucho dar como perdido ese dinero+intereses
Javi Falonsma04/01/26 17:02
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Gloria:El Tribunal Supremo ha consolidado el criterio de que los gastos de cancelación deben soportarlos el prestatario. Sentencia del Tribunal Supremo n.º 46/2019, de 23 de enero, ECLI:ES:TS:2019:101
Javi Falonsma12/05/25 12:33
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ok.Se tendría que ver la fecha en que la presentó en el juzgado, ya que lleva un gran tiempo INHABILITADO.
Javi Falonsma12/05/25 12:17
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Supongo que tendrás la HOJA DE ENCARGO, verdad?De que fecha es esa "reclamación"
Javi Falonsma07/04/25 22:16
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Una cosa es el gastos que hiciste y deducción en su caso en el año de la hipoteca y otra muy distinta es CUANDO RECUPERAS ese dinero.Ejemplo: Ahora estamos haciendo la renta del 2024, si tenemos en cuenta que son 4 años sería el año 2020, pero como el periodo no se cierra hasta el 30-06-2025, se incluye el año 2019. Es decir el 01-07-2025, el año 2019 desaparece de todo tipo de reclamación, siempre y cuando no se tenga ninguna notificación al respecto. Si hubiera alguna notificación se amplia ese periodo.Insisto en la necesidad de consultar con un Asesor Fiscal.
Javi Falonsma07/04/25 17:44
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Buenas tardes Desap.Creo que cometes un error a pesar de vencer la hipoteca en enero-21. El periodo de renta venció el 30-06-2021 sumando los 4 años (plazo) = por lo que no prescribe hasta el 01-07-2025.Salvo error, esos 800€ se declaran como *GANANCIA PATRIMONIAL* (deveras de deducir, si hay facturas) los gastos del procurador y por otro los 10€ de intereses.Te aconsejo lo hables con un asesor, no sea que lo hagas mal y lo que has cobrado se lo lleve la Aeat.
Javi Falonsma09/03/25 07:17
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