Buenas noches @rakel13
,¿Conjunta con tus hijos o con tu pareja? Creo que estás confundiendo conceptos.¿Marcaste que estabas casada? De lo contrario no la podrías hacer con tu pareja.Mira la declaración y el estado civil que pusiste, si pone soltera y la hiciste conjunta sólo pudo ser con tus hijos, si pone casada y no lo estás espero que tengas suerte y no te pillen.También te digo que tienen 4 años desde que acaba la campaña para hacer revisión.Un saludo !
Buenas noches @rakel13
,Mira el manual que ha publicado la AEAT para la declaración de renta del 2023, sale todo muy bien explicado.Estás mezclando conceptos que no tienen nada que ver.Un saludo!
Buenas noches @rakel13
,La puedes hacer conjunta con tus hijos pero no con tu pareja.Si la haces conjunta con tu pareja es porque has puesto en el programa que estáis casados, de lo contrario no te dejaría hacerla.Si la estás haciendo conjunta con tu marido sin haber vínculo matrimonial cuando te pillen tendrás que devolver lo cobrado de forma indebida con intereses y sanción.Un saludo!
Buenas noches @youssef26
,O se está casado o no se está casado, es una respuesta dicotómica, las suposiciones no tienen cabida en este aspecto.Si tienes certificado de matrimonio emitido por el registro civil estás casado, sino lo tienes no estás casado.Un saludo!
Buenas noches @youssef26
,Si no estáis casados no la puedes hacer conjunta con tu pareja y tampoco puedes poner al hijo de ella al no haber vínculo matrimonial.Si la haces conjunta es porque estás poniendo que estáis casados, de otra manera el programa no te deja, en el caso de que te pillen tendrás que devolver lo cobrado de forma indevida con intereses y sanción.Otra cosa es haberla conjunta sólo con los hijos si no hay vínculo matrimonial, pero sólo la puede hacer uno de los dos conjunta con los hijos, el otro la tiene que hacer individual.Un saludo!
Buenos días @monillo
,Yo todos los depósitos que tengo con CKV fueron abiertos durante el 2023, así que en los datos fiscales todavía no puedo ver nada sobre el tema de los intereses.A ver si alguien abrió un depósito con CKV y puede colgar lo que le sale en los datos fiscales.Un saludo!
Buenos días @monillo
,Entonces en el caso de los depósitos con CKV, ¿no hay que poner los intereses en la declaración de la renta hasta el vencimiento?Al no ingresar los intereses dentro del depósito entonces en el modelo 720 siempre se declara el importe de la inversión inicial, no hay que sumar los intereses a la inversión inicial para el saldo a 31.12.XXXX.En cambio en Younited Credit si que se suman los intereses al saldo a 31.12.XXXX para el modelo 720 y tengo que declarar los intereses generados en la declaración de la renta.Un saludo!
Este es un listillo que viene a tomarnos el pelo, anda que no hay foros para contar historias y no molestar en un foro serio.Se veia venir, no hace muchos días leí una historia muy muy parecida por twitter.A ver si los administradores le banean la cuenta y la IP.