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Participaciones del usuario Igualadinormon - Hipotecas

Igualadinormon 02/05/09 04:23
Ha respondido al tema Cobradas comisiones indebidas por el banco por cambio de hipoteca
Se me fue el Santo al cielo... Está en la Disposición Adicional ÚNICA DE ESOS PRECEPTOS que te he citado arriba (cosas de responder al vuelo...) Un saludo En las subrogaciones que se produzcan en los préstamos hipotecarios a interés variable concertados a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.1 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, y aunque no conste en los mismos la posibilidad de amortización anticipada, la cantidad a percibir por la entidad acreedora en concepto de comisión por la amortización anticipada de su crédito se calculará sobre el capital pendiente de amortizar, de conformidad con las siguientes reglas: Cuando se haya pactado amortización anticipada sin fijar comisión, no habrá derecho a percibir cantidad alguna por este concepto. Si se hubiese pactado una comisión de amortización anticipada igual o inferior al 0,50 %, la comisión a percibir será la pactada. En los demás casos, la entidad acreedora solamente podrá percibir por comisión de amortización anticipada el 0,50 %, cualquiera que sea la que se hubiere pactado. No obstante, si la entidad acreedora demuestra la existencia de un daño económico que no implique la sola pérdida de ganancias, producido de forma directa como consecuencia de la amortización anticipada, podrá reclamar aquel. La alegación del daño por la acreedora no impedirá la realización de la subrogación, si concurren las circunstancias establecidas en la presente Ley, y sólo dará lugar a que se indemnice, en su momento, la cantidad que corresponda por el daño producido.
Igualadinormon 01/05/09 21:29
Ha respondido al tema Cobradas comisiones indebidas por el banco por cambio de hipoteca
Supongo que re referiras a la Ley 36/2003 y al RDL 2/2003.... Pero esos preceptos no han modificado el art 3 de la Ley 2/1994, que sigue igual... A ver si alguien más enterado que yo puede ayudarte más... Artículo 3. Comisión por amortización anticipada. En las subrogaciones que se produzcan en los préstamos hipotecarios, a interés variable, referidos en el artículo 1 de esta Ley, la cantidad a percibir por la entidad acreedora en concepto de comisión por la amortización anticipada de su crédito, se calculará sobre el capital pendiente de amortizar, de conformidad con las siguientes reglas: Cuando se haya pactado amortización anticipada sin fijar comisión, no habrá derecho a percibir cantidad alguna por este concepto. Si se hubiese pactado una comisión de amortización anticipada igual o inferior al 1 %, la comisión a percibir será la pactada. En los demás casos, la entidad acreedora solamente podrá percibir por comisión de amortización anticipada el 1 % cualquiera que sea la que se hubiere pactado. No obstante, si la entidad acreedora demuestra la existencia de un daño económico que no implique la sola pérdida de ganancias, producido de forma directa como consecuencia de la amortización anticipada, podrá reclamar aquél. La alegación del daño por la acreedora no impedirá la realización de la subrogación, si concurren las circunstancias establecidas en la presente Ley, y sólo dará lugar a que se indemnice, en su momento, la cantidad que corresponda por el daño producido.
Igualadinormon 14/03/09 16:11
Ha respondido al tema Mi inquilina pasa de pagar la factura de la electricidad que gasta
¿Te paga bien el resto de las rentas y no te interesa perderla? Si es así, interpon contra ella un monitorio reclamándole el importe de las facturas (Si son menos de 900€ no te hará falta abogado) y punto... Si tienes alguna duda ponla por aquí en el foro o bien contacta conmigo en privado. Intentaré ayudarte dentro de la medida de mis posibilidades. Un saludo
Igualadinormon 31/12/08 04:03
Ha respondido al tema El banco no me cobra la hipoteca
Pues si la puede hacer... Simplemente da fe pública de una compraventa... (ya te arreglarás tú con el vendedor si no estás de acuerdo con lo que te vendió) Lo que si te puedo decirte es que la INSCRIPCIÓN DE UNA HIPOTECA EN EL REGISTRO ES CONSTITUTIVA, hablando en "términos de la calle" si no aparece en el registro, NO ES UNA HIPOTECA y si en la escritura pública no aparece la cuantía préstamo que te dieron Y NO HAS FIRMADO NINGÚN "documento interno" con el banco.... NO TENGO NI IDEA DE COMO VAN A PODER RECLAMARTE ESA DEUDA:.. Un saludo
Igualadinormon 07/11/08 14:57
Ha publicado el tema Nuevo varapalo judicial a Gas Natural por los "Derechos de Alta&#3
Igualadinormon 09/10/08 01:22
Ha respondido al tema Hipoteca multidivisa
El "carry trade" en euros (prestarse en un divisa de inferior tipo de interés a la tuya de referencia) desde el Lunes HA MUERTO... En cuanto rebote algo sal corriendo... Un saludo
Igualadinormon 07/10/08 23:15
Ha respondido al tema Hipoteca multidivisa
Los que tienen ese productos, el día de ayer lo tendrán marcado como el día en el que su deuda aumentó un 10% con el banco... Un saludo (yo personalmente habría cambiado de divisa ahce 1 mes y medio...)
Igualadinormon 29/08/08 20:36
Ha respondido al tema Trabas en la banca para devolver avales de pisos
Debes pedirlo al constructor... Un saludo
Igualadinormon 26/08/08 15:53
Ha respondido al tema Trabas en la banca para devolver avales de pisos
Ese aval o seguro ES UN DOCUMENTO EJECUTIVO, por tanto no alcanzo a comprender la "actitud" de la entidad puesto que el mismo se ejecuta (sin necesidad de ir al declarativo) y en menos de tres meses tienes el dinero... NO LO ENTIENDO... Un saludo
Igualadinormon 24/08/08 15:36
Ha respondido al tema Caixa Galicia y oficina directa
Hay un forero (Al.Rodrigo) que sabe muchísimo de ésto que yo, de todas formas aquí tienes dos resoluciones de la Dirección General de Tributos del tema que te dije: http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=3666&Consulta=%28fondo+inversion%29+%2EY+%28cuenta+vivienda%29&Pos=0 http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=5253&Consulta=%28fondo+inversion%29+%2EY+%28cuenta+vivienda%29&Pos=1&UD=1 Y un enlace al post donde lo explica con mucha mejor precisión que yo. http://www.rankia.com/foro/completo.asp?mensaje=112670 De todas formas que sepas que dije lo de los depósitos porque ACTUALMENTE tienen mayor remuneración que las cuentas vivienda. Un saludo