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Dos recibos 40 euros ING en 2025
Hubo una promoción de hasta 40€ en Openbank por recibos domiciliados, pero no recuerdo que hubiese esa promoción de recibos domiciliados en ING.
guillermotell02/02/26 18:53
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Convenio especial afectados crisis
Cuando suscribes un convenio especial con la Seguridad Social, tú eliges la base de cotización, dentro de los límites legales (mínima–máxima). No se toma automáticamente la base del SEPE. La TGSS tiene en cuenta que ya hay una cotización parcial del SEPE y el convenio complementa hasta la base que tú hayas elegido. Por ejemplo, si el SEPE cotiza por x€ y tú eliges un convenio por 2.000€, tú pagarías solo la diferencia entre ambas bases.
guillermotell02/02/26 18:24
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Convenio especial afectados crisis
Mientras sigues cobrando el subsidio de mayores de 52 años ahora, podrías solicitar un convenio especial especial para perceptores del subsidio siempre y cuando cumplas requisitos (como los días cotizados exigidos para ese tipo de convenio).Si pierdes el subsidio más adelante, el convenio especial que era “para perceptores del subsidio” se extingue porque este tipo de convenio especial va ligado al subsidio, pero podrías suscribir un convenio especial ordinario después, siempre que cumplas los requisitos (por empleo, haber cotizado al menos 1.080 días en 12 años). El convenio especial ordinario usa la base que tú elijas dentro de los límites legales. No sería 1.726 €, sino lo que tú decidas dentro de las tablas de bases (mínimos y máximos).
guillermotell02/02/26 13:47
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Legalitas, un aeatafa
Lo más adecuado sería efectuar una reclamación por escrito indicando que solicitas la resolución del contrato por incumplimiento del servicio, que no se te informó claramente de la permanencia, y que la letrada asignada no ha realizado gestión alguna. Si no responden, tendrías que acudir al departamento de Consumo de tu comunidad autónoma.
guillermotell02/02/26 13:42
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Convenio especial afectados crisis
En el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, se incorporó a la Disposición Adicional Vigésima Novena de la Ley General de la Seguridad Social una nueva modalidad de convenio especial para personas que tuvieran entre 35 y 43 años cuando se desarrollase la norma reglamentaria, y acreditaran una laguna de cotización de al menos tres años entre el 2 de octubre de 2008 y el 1 de julio de 2018. Por tanto, este convenio permitiría recuperar hasta dos años de cotizaciones a efectos de pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte/supervivencia. En consecuencia, se aprobó en 2018 como posibilidad legal, pero no ha llegado a entrar en vigor de manera efectiva porque falta el reglamento que dé cobertura práctica a ese convenio. Por tanto, no está vigente como mecanismo operativo a fecha de hoy.
guillermotell01/02/26 17:07
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Pnc de invalidez, herencia y declaracion anual de ingresos
Sobre el miedo a “devolver todo el año” no parece probable, porque para que eso sucediese tendría que haber una ganancia patrimonial positiva no comunicada, que superase los límites y, además, se obrase con culpa o negligencia.
guillermotell01/02/26 16:45
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Jubilación activa
Se puede aplicar si el cese laboral fue anterior al 1-4-2013 y dejaste de trabajar antes del 1 de abril de 2013, no has vuelto a trabajar después, la relación laboral terminó de forma involuntaria (despido objetivo, ERE, causas económicas, etc.), no sirve baja voluntaria, y también si estabas inscrito como demandante de empleo tras el cese. Si cumples todo esto, te aplicarían las normas anteriores a la reforma de 2013.
guillermotell01/02/26 12:28
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Jubilación activa
El 100 % de la base reguladora solo se alcanza con muchos más años cotizados, no con la carencia mínima. Según el año de jubilación (tras las reformas), se necesita aproximadamente entre 36 y 38 años cotizados (depende del año exacto en que te jubiles).En tu caso concreto (33 años cotizados), cumples de sobra la carencia pero no llegas al 100%, por lo cual te correspondería un porcentaje alto, pero inferior al 100%.
guillermotell01/02/26 12:25
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Jubilación activa
No puedes jubilarte legalmente a los 61 años salvo que se trate de una jubilación anticipada voluntaria, que tiene estrictos requisitos (tener muchos años cotizados y penalizaciones). La jubilación anticipada voluntaria puede permitirse desde los 62 años, con penalizaciones sobre tu pensión, y exige al menos 38 años y algunos meses cotizados si quieres reducir lo menos posible la pensión. Como tú tienes 33 años cotizados, no cumples ese requisito para anticipar sin penalización y, además, 61 no es una edad legal para jubilarte en la normativa actual.
guillermotell01/02/26 12:23
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Jubilación activa
Así es, el autónomo societario solo puede cobrar 50% de la pensión mientras trabaja.