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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Puedes estar tranquilo, tal como indica el comprobante se ha realizado de manera correcta.
euroramon08/01/25 22:40
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Una vez estes legalmente jubilado, ya no es necesario presentar la DAR, ni renovar la demanda de empleo.Efectivamente el SEPE puede revisar si se ha cumplido las condiciones de rentas del último año, pero me inclino a pensar que una vez ya estás dado de baja en el SEPE, es poco probable que se dediquen a revisarte.
euroramon08/01/25 18:39
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si es una jubilación anticipada y en la fecha que tienes que hacer la DAR, todavía no la tienes aprobada, yo la haría.Puedes notificar al SEPE cuando la tengas aprobada, pero el INSS ya se lo comunica.
euroramon08/01/25 17:16
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Así es, solo marcar que no has tenido ganancias superiores al 75 % y firmarlo electrónicamente.
euroramon08/01/25 17:12
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Exacto, si estuvieras fuera de plazo, te lo pondría y no te habría dejado presentarlo, si tienes el justificante de que se ha finalizado correctamente, ya no tienes que preocuparte.Me alegro que ya sea el último, en julio tengo que presentarlo yo, que también sera el último, je je.
euroramon08/01/25 17:01
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Así es, se ve que por web se puede hacer con un mes de antelación sin problema, otra cosa sería si se hiciera de manera presencial que sería con 15 días de antelación.
euroramon08/01/25 16:54
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Te agradezco la aclaración franjgr, así sería un mes antes si se presenta por web y 15 días presencial.
euroramon08/01/25 16:42
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Perfecto, ya comentaras si te ha ido todo bien.
euroramon08/01/25 16:39
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Si te termina el plazo antes de 8 de febrero ya lo puedes presentar si quieres.
euroramon08/01/25 16:24
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Son 15 días hábiles desde el día que se cumple el plazo de los doce meses de la concesión o reanudación del subsidio.También se puede presentar con antelación de un mes.