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Participaciones del usuario euroramon - Subsidios

euroramon 13/12/24 09:49
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Buenos días.Efectivamente si se deja de percibí el subsidio se puede suscribir un convenio especial para seguir cotizando por el importe que se estaba cotizando con el subsidio, el pago del mismo subiría a unos 450 € aproximadamente.
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euroramon 09/12/24 22:01
Ha respondido al tema Calculo importe pensión sin cotizar los 3 últimos años - Jubilación Anticipada
Prueba en este enlace.https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/CiudadanoDetalle/!ut/p/z1/pVNNU8IwFPw1HjN5-WibHIvDVJDKIBZoL05JU41KiraC-OtN1VFHx6JDTsnLy-5ms8EZXuDM5htzlTemsvmdW6eZf8mIz4kEMopg0IcwiU8TySYsGhA8f22AX0YIOOs-P8MZzpRt1s01Tmtd6EtV2UZbU1T1EbSFI1DmsciL3LaVtba1k6bd1Ni6JoKSFmGtTIFTDygXQBWSICTinEoklV8irmlQcFnQpRDvin-RBHKv4nnLtwfhtaHLlE4S6uOprnHqhAafTQCRO5v0YDoDSiBieL4xeosTWz2s3FNNP31QjLJclQQxpTniZcCRpIXzQdBS-NrzKJf4BL4zRGTitQxjMTifEBDBgQxv8N5YABkCHYEfCwjlZJqMzgiDgB8IP9xnoguvubm_z0KXsDZUTw1e_C9iwD4WLRp9iI_jKycyb66RsWWFF1_2vzb_cLbHISTjC5-e9AmMO67-pwx3OhsBORB-uO8PHO7sx-ddr5KVYDt0ey7iPuPpcPPcO0PZcvckthfl6ngpdtsX1a2FgQ!!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/?_ga=2.242296971.868831339.1636012407-1398233020.1592467004Tendras que poner manualmente la base de cotización de cada mes.
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euroramon 09/12/24 21:46
Ha respondido al tema Calculo importe pensión sin cotizar los 3 últimos años - Jubilación Anticipada
Si pides la baja voluntaria y estás 3 años sin cotizar, no te será posible jubilarte a los 63 años ya que uno de los requisitos para poder jubilarte anticipadamente es estar de alta, tendrás que esperarte a los 65 o suscribir un convenio especial durante esos tres años o al menos dos ya que tienes de plazo un año para suscribirlo desde que dejas de trabajar.https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963?1dmy&urile=wcm%3Apath%3A%2FPOIN_Contenidos_en%2FInternet%2F4983%2F10935%2F10963%2F28393%2F2528%2F#175868
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euroramon 09/12/24 21:12
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Tal como comenté anteriormente si en primera instància el juzgado de lo social le da la razón al contribuyente, el SEPE siempre recurre a la instancia superior y como esta la sentencia recurrida no paga nada, hasta que llega al supremo, suponiendo que este le dé la razón al contribuyente, es cuando si que paga con los atrasos correspondientes, pero te puedes pasar años sin ver un euro.
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euroramon 09/12/24 20:15
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Asi es,  el SEPE es el que siempre recurre si la primera sentencia no le es favorable,  ya que como bien dices le sale gratis, y si finalmente el supremo no le da la razón es cuando te reconoce el subsidio, te lo reanuda o lo que sea.
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euroramon 09/12/24 18:45
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si con la reclamació prèvia, se atiende tu petición perfecto, si como dices hay jurisprudencia cosa que desconozco, tendría que ser así, y en ese caso ya no se tendria que recurrir a los tribunales.
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euroramon 09/12/24 18:23
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Puede ser que el SEPE pierda algunos casos en el juzgado, pero hay que tener en cuenta que siempre presenta recurso a un tribunal superior, es decir tiene que darte la razón el tribunal provincial, el superior autonómico y finalmente el supremo, te puedes pasar bastantes años hasta que atiendan tu reclamación, aparte de lo que te cuesta el abogado.
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euroramon 09/12/24 17:47
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El primero premio de la lotería de navidad son 400 mil, menos la retención son 328 mil limpios.El problema como comenté anteriormente es que tienes la obligación de comunicárselo al SEPE para que te suspendan el subsidio,  y entonces este ya saben lo que tienes y pueden aplicarte el interés presunto y no querer reanudartelo por pasarte de rentas.
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euroramon 09/12/24 17:16
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En este caso como supongo que con el benéfico que has obtenido por la venta de las acciones no te pasas de rentas y no has tenido que comunicar nada al SEPE, este no se entera hasta la próxima declaración de la renta, por tanto no te aplicaran el interes presunto, sino que ya veran el interes real que has obtenido.El problema puede venir cuando por pasarte de rentas por una entrada grande de dinero tienes que comunicarlo, en ese caso ya saben lo que tienes y pueden aplicarte el interés presunto si así lo consideran.
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