Efectivamente es así. Por matizar un poco más, aunque pone Responsable, se trata del Director de la Oficina. Es similar al Director de una Oficina o Sucursal bancaria. Se trata de un empleado de la compañía.El Delegado es un agente exclusivo. Es decir, como cualquier agente, una persona que tiene un contrato mercantil con la compañía. Persona que vive de la comisión que percibe por la distribución de productos aseguradores.
Yo en mis seguros lo he cambiado y no es una promoción solo para los nuevos. Lo que sí es verdad, es que al cambiar la forma de pago, debes firmar dicho cambio. Acércate por tu oficina y te lo arreglan rápido.
en España, mapfre tienes casi 3.000 oficinas de las cuales unas 250 son esas que tu llamas directas. Es decir, atendidas por empleados de la propia compañía. Exteriormente es difícil distinguirlas pues no suelen diferenciarse estéticamente, aunque suelen ser de mayor tamaño que en las que hay un agente.Lo que me extraña es la "tormpeza" de no atenderte en cualquier otra oficina... tu mismo estás valorando buscar o cambiar de agente. Atender a un cliente, aunque sea de otro, te permite prestar un buen servicio y poder "ganarte" para venderte otros.Para localizar en tu zona, utiliza su buscador... pulsa sobre la oficina y si te aparece "delegado" es un agente y si te aparece "responsable" es una oficina directa.https://buscadores.mapfre.es/seguros/Buscador.do?buscadores=%22oficinas%2Ctalleres%2Cveterinarios%22&activo=%22oficinas%22
Creo recordar que ese hecho de venta puedes o tienes que ir ahora a la DGT y comunicarlo. Es algo muy habitual.... si miras el lado positivo, el coche legalmente sigue siendo tuyo y puedes reclamarlo, jejeje....... en serio, llama o pregunta en Tráfico y te informan. Es importante que lo hagas cuanto antes porque ya no es un tema de impuesto, sino de posibles multas en las que no se identifique al conductor, etc.
No es cuestión de optimismo o pesimismo... es que no está incluido en el contrato. Por error o por el motivo que sea. La compañía no está obligada a grabar la llamada, por lo que el hecho que no exista, se haya perdido o no le dé la gana de darla, es irrelevante... es más, la DGSFP tampoco entra nunca en reclamaciones relacionadas con la prestación de un mal servicio. Su indicación siempre va orientada a que reclames a través de los procesos internos de la compañía. La DGSFP generalmente solo entra en tema contractuales como podría ser la aplicación de una exclusión y que ésta no aparezca de forma destacada en el contrato, etc.Tu llamas pesimismo. Yo realismo. Lo demás es hacer al forero que tenga alguna ilusión y que pierda el tiempo. Que se siente engañado. Lo entiendo y comprendo pues, encima está ante la soledad de tener que gestionarse él todo sin ayuda de un mediador profesional. Lo único que puede hacer es avisar de su deseo de no renovar el seguro cuando se acerque el momento.
Que no le va a servir de nada.... Como he dicho la cobertura de vehículo de sustitución por avería es OPCIONAL. ¿La contrató? No... ¿Le aparece recogida en sus Condiciones Particulares? No... Por tanto, ante cualquier reclamación LD le va a decir que no la contrató y frente a que si le dijeron o le dejaron de decir se volverá a acoger a lo establecido en la Ley de Contrato de Seguro y su deber de revisar el contrato y, de no estar de acuerdo, su posibilidad de desistir en el plazo establecido.... ¿Dijo algo durante esos 14 días? No. Por tanto, el contrato es válido y, en consecuencia, no hay cobertura de vehículo de sustitución por avería.
Pues, en principio necesitarás denuncia ante la GC o policía y en la misma hacer constar objetos robados y valor aproximado de los mismos. Si les parece "adecuada" te indemnizarán en base a eso y hasta el límite que tengas en póliza. Si les parece "excesiva" te solicitarán factura o algo que pueda acreditar el valor indicado.
En el caso de mapfre, aplican hasta un máximo de 4 franquicias (una por lado). En tu siniestro, si afectaba a la parte trasera y a un lateral son dos lados. ¿Un mismo accidente? Pues es posible pero sin verlo, en principio ubicaciones "raras" para una misma colisión sin que, por ejemplo, esa aleta izquierda tuviese nada... es decir, tienes un abollón en la esquina del maletero y en la puerta trasera.... pues, de verdad, raro sin que haya algún arañazo o algo entre uno y otro.
Todo lo contrario. Para un perito es super fácil demostrar que son hechos independientes.... profundidad de cada daño, orientación, altura, etc., etc.... por eso, la mayoría de las compañías, para simplificar un poco todo, deciden aplicar una franquicia por lado hasta un máximo de 5... alguna compañía solo aplica un máximo de 4 y alguna otra lo aplica a nivel de piezas afectadas... en definitiva, como decía, cada compañía puede establecer su criterio sobre cómo agrupar esos daños por aparcamiento.¿Ir al juzgado? Para qué... tendrá que pagar primero a un perito que diga que todos los daños son de un mismo siniestro (difícil) y luego contratar un abogado, etc., etc.... más caro el collar que el perro y, como digo, para casi seguro terminar perdiendo.