Borges International Group, S.L.U. informa de su decisión de ejercitar el derecho de compraventa forzosa de las acciones restantes de Borges Agricultural & Industrial Nuts, SA. así como sus principales características. La Comisión Nacional del Mercado de Valores ("CNMV") ha hecho público hoy, 9 de junio de 2025, el resultado de la oferta pública de adquisición de acciones (la "Oferta") formulada por el Oferente sobre la totalidad de las acciones de Borges Agricultural & Industrial Nuts, S.A. (“BAIN”), que fue autorizada el 29 de abril de 2025 por la CNMV. La Oferta ha sido aceptada por accionistas titulares de 2.392.600 acciones, representativas de un 95,87% de las acciones a las que se dirigió la Oferta y un 10,34% del capital social de BAIN. Esta cifra, junto con las 20.590.959 acciones, representativas del 88,98% del capital social de BAIN, de las que ya era titular el Oferente, hace que el Oferente sea titular de 22.983.559 acciones, representativas del 99,32% del capital social de BAIN. Por tanto, de conformidad con lo previsto en el Capítulo III, apartado 2.1 del folleto explicativo (el "Folleto") de la Oferta, se han cumplido los requisitos previstos en el artículo 116 de la Ley de los Mercados de Valores y en el artículo 47 del Real Decreto de OPAS para el ejercicio de las compraventas forzosas. En este sentido, el Oferente exigirá la venta forzosa de la totalidad de las acciones de BAIN de las que no es titular por la misma contraprestación ofrecida en la Oferta (esto es, 3,48 euros por cada acción de BAIN), fijando el 30 de junio de 2025 como fecha de la operación de venta forzosa ("Fecha de la Operación"). Se espera que el 12 de junio de 2025 tenga lugar la liquidación de la Oferta, 2 días hábiles después de la publicación del resultado de la Oferta en los Boletines de Cotización de las Bolsas de Valores. Las ventas y, en su caso, las compras forzosas se realizarán con arreglo a los procedimientos descritos en el apartado en el Capítulo III, apartado 2.2 del Folleto. Como se indicó en el Folleto, la exclusión de negociación de las acciones de BAIN se hará efectiva cuando se haya liquidado la operación de compraventa forzosa. Los accionistas de BAIN que deseen exigir al Oferente la compra de sus acciones antes de la Fecha de la Operación podrán hacerlo de conformidad con los artículos 116 de la Ley de los Mercados de Valores y 48 del Real Decreto de OPAS, según se indica en el Capítulo III, apartado 2.3 del Folleto. Asimismo, se recuerda a los accionistas de BAIN que en la venta forzosa todos los gastos derivados de la compraventa y liquidación serán por cuenta del Oferente. Sin embargo, los gastos derivados del ejercicio de los derechos de compra forzosa por los accionistas de BAIN correrán por cuenta de dichos accionistas. Finalmente, a continuación se adjunta el texto del anuncio relativo a las características de la venta forzosa a los efectos de lo previsto en el artículo 48.5 del real Decreto de OPAS. https://www.cnmv.es/webservices/verdocumento/ver?t=%7B91d1b45d-1f63-4fb2-927a-680e612abc8b%7D