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Participaciones del usuario Ciudadano unoe - Fiscalidad

Ciudadano unoe 28/09/25 19:14
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Los intereses te vienen en los datos fiscales y se incorporan directamente en el borrador de la declaración de la renta. Tú no tienes que hacer nada.
Ciudadano unoe 04/09/25 01:26
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Si no tienes certificado electrónico ni puedes utilizar su DNI electrónico, tendrás que esperar a recibirla por correo postal. En todo caso, si es posible, intenta activarle el certificado del DNI o sácale un certificado electrónico. Os facilitará muchos trámites.
Ciudadano unoe 02/09/25 22:22
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Como siempre, muchas gracias por tu contestación. Estoy de acuerdo que, en principio, elaborarían la individual, pero esa contestación me hace pensar que presentarían la más favorable. El artículo 83.2 de la Ley 35/2006 indica lo siguiente:Por eso, dada la situación tan especial que ha surgido con este tema de los ajustes por mutualidades, sería interesante que alguien nos aclarase si han tenido esta situación en concreto.
Ciudadano unoe 02/09/25 21:45
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
¿Alguno de los que habéis cobrado no habíais presentado la declaración en alguno de los años y os la han confeccionado en la opción de tributación conjunta? Conozco un caso que no la presentó en varios años, al no estar obligado, y ahora le convendría que se la confeccionasen conjunta, ya que es más favorable. Según esta contestación, entiendo que deberían hacerlo, pero me gustaría saber si hay alguien en esta situación.Hace tiempo comenté esta situación en el foro y a nadie le había pasado. Alguna persona, creo que mivisa, que siempre contesta y trata de ayudar a todos, comentó que habría que presentar un escrito indicando que se opta por tributación conjunta, pero me gustaría asegurarme si es necesario presentar ese escrito. Por eso, agradecería que si alguien se encuentra en esa situación lo aclare, si es posible.Muchas gracias. Un saludo.
Ciudadano unoe 01/09/25 20:33
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
La valoración de inmuebles para la disolución de gananciales entiendo que debería realizarse según el valor de referencia catastral... aunque está habiendo mucha polémica con este tema, pero siempre será más objetivo para justificárselo a ellos que cualquier otro, ya que te podrían pedir la valoración de un tasador.Para autoliquidar el Impuesto de Sucesiones, por supuesto que pueden presentar un documento privado con relación de bienes y valoración, sin adjudicar los bienes. Ya tendrán tiempo para hacer esa adjudicación posterior en escritura pública.
Ciudadano unoe 27/08/25 22:28
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Totalmente de acuerdo. Pero se puede dar el caso de que haya una aceptación tácita y se renuncie. En este caso, esa renuncia supone una donación.También supone una donación una renuncia a favor de alguien en concreto. La renuncia, para que no suponga una donación debe ser pura y simple y antes de cualquier acto de aceptación, expresa o tácita.Respecto a lo indicado en el #4571, creo que no se refiere a renunciar a la herencia, sino a que todos los herederos autoricen a cobrar la devolución del IRPF a uno de ellos. Es una posibilidad que se les permite en estos casos, sin que suponga una renuncia de herencia a favor de uno de los herederos. Entiendo que es una simple autorización para agilizar el cobro.
Ciudadano unoe 27/08/25 21:02
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Efectivamente, una vez aceptada, si renuncias, es donación, como bien dices... pero el tema de cobrar uno todo el importe de toda la devolución no es una renuncia a herencia. Entiendo que es un simple acuerdo entre los herederos. No obstante, en estos casos, como decía, lo mejor es abrir una cuenta a nombre de todos... y se evitan confusiones.
Ciudadano unoe 27/08/25 20:47
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Prueba aquí; te debería dejar entrar con el número de referencia. Otro truco es entrar en 2024 con número de referencia, y, con la sesión abierta, buscar en Google declaraciones anteriores. Ahí te aparecerán todas... entrando con la referencia.
Ciudadano unoe 27/08/25 20:04
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Con la referencia de 2024 también puedes. Primero te metes en la de 2024 y luego buscas las presentadas en años anteriores y lo ves todo.
Ciudadano unoe 27/08/25 20:00
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Solo se considera renuncia a herencia y donación si un heredero renuncia a toda parte de la herencia que le corresponde después de haberla aceptado. En este caso, se trata de un simple trámite que entiendo que no tiene esos efectos. Simplemente, sigue las instrucciones que te den y entrega la documentación que te pidan. Además, si no, lo mejor es que abráis una cuenta a nombre de todos los herederos para cobrar estos importes... y luego la cerráis. En Openbank es gratuita y puedes incluir varios titulares.