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Charly17 02/02/26 14:19
Ha respondido al tema BFORBANK - Llévate hasta 230€
OK, OK, aclarado pues 👌🏼Y sí, es de lo más ridículo todo en esta entidad. En el formulario indicar un IBAN era optativo y solo en caso de que la cuenta Bfor tuviera saldo a favor del cliente. Yo no rellené eso pues mi saldo era 0,00 €. Entonces... ¿se puede poner ahora, en la versión nueva de la app, IBAN español pero que el posible beneficiario/titular de esa cuenta sea una tercera persona ajena a Bfor? Parece que sí, pero no le veo sentido.  Pongo nombre y apellidos de mi primo y, sin mas miramientos, ¿a su nombre, como beneficiario, le enviará Bfor una transferencia por el saldo positivo que otra persona diferente, el titular real, tenía en la cuenta el día del cierre? 🙈 
Charly17 01/02/26 18:16
Ha respondido al tema BFORBANK - Llévate hasta 230€
Novedades proceso de cierreAntecedentes:19/12/25 - Intento 1º de cierre reportado en este post:www.rankia.com/foros/depositos/temas/6691987-bforbank-llevate-230?page=113#respuesta_711352719/01/26 - Como no les valió mi firma digital del intento 1º volví a enviar formulario de cierre pero ahora con firma manuscrita (que imprimí sin firmar, firmé y luego escaneé a pdf). Intento 2º reportado en:www.rankia.com/foros/depositos/temas/6691987-bforbank-llevate-230?page=117#respuesta_7155023Novedad a 30/01/26He recibido hace 2 días un nuevo email, pero no remitido desde la cuenta de correo a la que había enviado los formularios, sino desde <noreply(arroba)client.bforbank.com>: Mi saldo ya era de 0,00 euros hace muuuchos meses, así que en mi caso no había saldo deudor ni acreedor previo al cierre definitivo. Tampoco tengo "liquidaciones en curso". Entiendo, o creo entender, que al menos dan por buena mi solicitud de cierre, algo es algo, pues dicen que acusan recibo de tal solicitud. A la app sigo teniendo acceso, pues el cierre no lo han hecho todavía. Así que a seguir esperando. Quiero pensar que solo me faltará por recibir el último email con ese extracto definitivo de la cuenta para cuando se hayan decidido a cerrarla de una vez por todas.
Charly17 29/01/26 01:13
Ha respondido al tema BFORBANK - Llévate hasta 230€
¿Y si para recibir la gratificación por "apadrinar" tu banco te exige no tener barba y realizas la vídeoidentificacion -no tienes barba, te dan el OK- el día del apadrinamiento?¿Qué cambia, a efectos IRPF, que tengas barba, 1k de saldo ese día, barba o más de 10k en ese banco, más de 3 hijos o ninguno?Yo entiendo que los efectos fiscales no pueden depender de las condiciones que puntual y caprichosamente las empresas puedan exigir a sus clientes para tener derecho a la gratificación. Es la naturaleza de la gratificaciónla que debería conducira una casilla concretadel IRPFO a ningunala 0000
Charly17 28/01/26 22:14
Ha respondido al tema BFORBANK - Llévate hasta 230€
Uf, enorme el melón que has abierto... Vaya por delante que no soy jurista.Nunca defendería, tras pronunciamiento vinculante de la AEAT a la consulta vinculante V1771-24, que gratificaciones por sugerir a nuestros "amigos" que se hagan clientes del banco donde ya tenemos cuenta abierta deban incluirse en la casilla 0027 cuyo literal comienza por "Intereses de [...]". Tal pronunciamiento engrosa la Doctrina Tributaria Casilla 0027 encuadrada en los RCM (Rendimientos de Capital Mobiliario), peeeero... no todos los RCM tienen que aterrizar necesariamente en la BIA (Base Imponible del Ahorro), pues algunos RCM podrían aterrizar en la BIG (Base Imponible GENERAL), como por ejemplo los que se incorporen a la casilla 0051 cuyo literal comienza por "Otros rendimientos del capital mobiliario [...]"  y habilita hueco para constatar la reducción ya practicada: Todas las casillas de los RCM (conforme Modelo 100 IRPF 2024): Vale, hemos hecho nuevos amigos, pero el ring no hay combate entre ellos. Los combates serían entre el banco y cada uno de nosotros (a quienes nos han gratificado por tener como nuevos clientes a nuestros nuevos amigos).Yo no veo, para nada, que esto sea propio de incluir en la casilla 0027. Lo veo, tal cual ha expuesto la AEAT en la referida respuesta vinculante: ganancias patrimoniales (como los regalos de boda, etc.) no derivadas de la transmisión de elemento patrimonial alguno.¿La excepción? Pues si un banco con IBAN ES volcó a la AEAT la gratificación que recibí por hacer de mis desconocidos amigos nuevos clientes suyos, me atendré en mi IRPF, por no discutirlo, a lo que hayan volcado, y también por el importe que tampoco será una millonada.Nunca lo discutiría ante la entidad, pero opino que prácticas bancarias como esta por practicar retenciones en la recompensa por llevarles nuevos clientes, no tienen cabida en los RCM. Los servicios jurídicos de los bancos demuestran, es un hecho, que se pasan por el forro la requetemencionada V1771-24.Respecto a lo mío con Bfor, siendo que recibí los 20+60 euros en dic-24, en IRPF 2024 presentado en 2025, tuve que meditar si los metía los 80 en ganancias patrimoniales o en ninguna casilla. Nunca me sobrevoló la 0027. Piensa mal, y acertarás.Por planes con tus amigos, diría que el único que está en línea con la AEAT es N26.
Charly17 28/01/26 15:10
Ha respondido al tema BFORBANK - Llévate hasta 230€
Hay promos, como por ejemplo las que dan un determinado % de cashback por utilizar la tarjeta de crédito, que no tienen retención fiscal en origen (bruto = neto, pues retención = 0) y algunas entidades, como la gallega, ya indican en las BB.LL. que tienen la consideración de ganancias patrimoniales ; en este caso, no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, y por tanto irán a la Base Imponible General, no a la Base Imponible del Ahorro. Cuando dicen "sujeta" (al IRPF) hay que leerlo como que "no está exenta" de declarar, pero ello no implica que el banco tenga que practicar retención fiscal alguna. Hay otras ganancias patrimoniales que sí llevan retención en origen, como las ganancias por el reembolso de participaciones en fondos de inversión, y otras que no la llevan, como las ganancias por venta de acciones; aunque en estos 2 casos (fondos de inversión y acciones) las ganancias irán a la Base Imponible del Ahorro puesto que, aquí sí, proceden ambas de la transmisión de elementos patrimoniales.Es un mundo 🌍 🪐 todo esto, y además no todos los bancos españoles manejan el mismo criterio. Por ejemplo, además de los gallegos, los vascos tampoco retienen por cashback al usar su tarjeta de crédito, y en cambio los de 0pen sí que han retenido en su prima abonada por primera apertura de cta. corriente (Promoción "60€ con tu Cta. Corriente", en jun-25): Los importes pagados por las pr0m0s amig0, por ejemplo, ya se pronunció recientemente (en jul-24) la Agencia Tributaria que las gratificaciones tienen la consideración de ganancias patrimoniales, sin que proceda practicar retención fiscal por parte del pagador y, como serían ganancias no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, engrosarían la base imponible general (no la de ahorro). https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1771-24Bfor no ha retenido nada a nadie, ni a españoles ni tampoco a franceses, por las primas de bienvenida que nos pagaron. De declararse (decisión muy de cada cual) serían ganancias patrimoniales no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, como las pr0m0s amig0 a las que expresamente se refirió la AEAT en su Resolución arriba enlazada.
Charly17 27/01/26 21:07
Ha respondido al tema Tarjeta Aqua más BBVA ,devolución 5% , hasta 100 euros
Es raro, sí, aunque mucho mejor para ti, sin duda.Habiéndote asignado la subcategoría que comentabas, Impuestos y tasas, no le veo mucho sentido que "Impuestos" -por un lado- pudiesen quedar excluidos y "tasas" -por el otro lado- estuviesen incluidas en la promo 2%, pero a saber qué criterios finales manejan...
Charly17 27/01/26 20:55
Ha respondido al tema Tarjeta Aqua más BBVA ,devolución 5% , hasta 100 euros
Pues vas a tener razón, sí. Gracias por aviso.Di por hecho, sin revisar, que los pagos excluidos serían los mismos en las 3 promos por CB. Al revisar, efectivamente, en la promo 2% expresamente se indica que quedan excluidos los impuestos, tributos y multas, cuando nada de esto se indica en las promos 5% y 8%; esta última, en teoría, sería la única que no excluye pagos a empresas de morosidad. Aquí las 3, pero no sé si hubieran podido cambiar recientemente alguna de estas bases en lo referentes a exclusiones: Aunque esto no me encajaría con lo que aportó hoy @rubenas :www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/6230305-tarjeta-aqua-mas-bbva-devolucion-5-100-euros?page=167#respuesta_7166171Pues le han devuleto el 2% también por el pago de unas tasas autonómica, de modo que no le habrían excluido ese pago 🤷🏼 pese a encuadrarlo en la subcategoría "Impuestos y tasas"
Charly17 27/01/26 18:55
Ha respondido al tema Tarjeta Aqua más BBVA ,devolución 5% , hasta 100 euros
Amplío, ya puestos...Estas serían las 10 categorías que contemplan, con sus respectivas subcategorías:
Charly17 27/01/26 18:16
Ha respondido al tema Tarjeta Aqua más BBVA ,devolución 5% , hasta 100 euros
Buena señal, gracias, pues veo que esa subcategoría, "Impuestos y tasas" efectivamente pertenece a la categoría "Administraciones públicas":
Charly17 27/01/26 18:08
Ha respondido al tema Nueva app BBVA + promo 6% (max. 20€)
Exacto. Ya tienes controladísima la promo👌🏼Y, efectivamente, para el caso que planteas, te valdría con hacer la última aportación entre el 1 (mejor el 2) y el 7 de abril, ambos inclusive. Sería el CASO 2: