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Contenidos recomendados por Carlos9

Carlos9 22/12/22 22:13
Ha respondido al tema Atrapado en BBVA ¡Ayuda!
Actualmente, en principio, y desde la entrada en vigor de la MIFID II, muchas entidades financieras no van permitir comprar esas obligaciones subordinadas a un minorista. En su momento, la normativa lo permitía.Ahora que están en cartera dichas obligaciones subordinadas, ¿se pueden transmitir? Mi opinión es que esa persona tiene derecho a transmitirlas (venderlas o trasladarlas a otra entidad financiera). Si ahora es un instrumento complejo (en su momento parece que no) que menos que le dejen venderlas!Lo mejor es presentar  la oportuna reclamación y si la entidad financiera no quiere saber nada del tema que sea la CNMV la que se pronuncie.
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Carlos9 22/12/22 13:52
Ha respondido al tema Atrapado en BBVA ¡Ayuda!
Las obligaciones subordinadas Eroski cotizan en AIAF SEND y se pueden vender sin ningún problema en dicho mercado y traspasar a cualquier otra entidad financiera. https://www.bolsasymercados.es/bme-exchange/es/Mercados-y-Cotizaciones/Renta-Fija/Ficha-Emision/Os-Eroski-Sb-Vble-Perpetua-ES0231429004Si la entidad financiera no quiere tramitar la venta ni permite su traspaso, presenta la oportuna reclamación ante el defensor del cliente de la entidad y posteriormente CNMVhttps://www.cnmv.es/Portal/inversor/Como-Reclamar.aspx
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Carlos9 06/12/22 23:03
Ha respondido al tema FLATEX, broker on line de Renta Fija. ¡Hans soy Pepe, voy “pa” Alemania, tío!
Según las tarifas publicadas, el 0.10% anual:https://konto.flatex.de/formularcenter_bank/public/1300100.pdfTraducción de google:  El monto de la comisión de custodia se calcula mensualmente en base al valor de mercado de los valores en custodia determinados al cierre de cada mes y con unaPorcentaje valorado en 1/12 del 0,1% IVA incluido. la facturación deTasa de custodia que se cargará en la cuenta de compensación posteriormentefin de trimestre Si realizas en la cuenta más de 500 operaciones en el último año, no te cobran la custodia. 
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Carlos9 05/11/22 16:02
Ha respondido al tema CaixaBank se queda la herencia?
Si no consigues localizar el valor de las acciones, y quieres solucionar este tema, no te quedará más remedio que inventarte el valor. Dado que el impuesto de sucesiones está prescrito, no tiene repercusión económica en el documento que vayas a presentar.Ojo: ten en cuenta que tendrá repercusión fiscal ahora cuando se vendan esas acciones.
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Carlos9 17/08/22 16:24
Ha respondido al tema Activobank desaparecerá
Tienen que darte de baja en 24 horas: artículo 32 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera Presenta la oportuna reclamación ante el Defensor del Cliente:https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/consultasreclama/comorealizarrecl/?
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Carlos9 11/05/22 15:28
Ha respondido al tema Cancelar antigua hipoetca del banesto
Un apoderado de Banco de Santander (Banesto) debe firmar una escritura de cancelación ante notario, así de simple, y complejo.Lo mejor, ir iniciando las reclamaciones:https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/consultasreclama/comorealizarrecl/
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Carlos9 13/04/22 18:30
Ha respondido al tema Vivid me cierra la cuenta.
Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo Directiva (UE) 2018/843 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva (UE) 2015/849 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifican las Directivas 2009/138/CE y 2013/36/UE 
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Carlos9 28/03/22 15:32
Ha respondido al tema Prestamos entre particulares - Préstamos entre familiares
Los préstamos, con carácter general, pueden ser sin intereses.La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en su artículo 6.5, establece:" Se presumirán retribuidas, salvo prueba en contrario, las prestaciones de bienes, derechos o servicios susceptibles de generar rendimientos del trabajo o del capital " La prueba en contrario puede ser un contrato de préstamo (sin intereses), presentado para liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Comunidad Autónoma (sujeto pero exento).Un caso especial es el de empresa-socio, dado que hay normativa legal específica, que impide que el préstamo sea sin intereses, según el artículo 18 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (operaciones vinculadas):"Las operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas se valorarán por su valor de mercado. Se entenderá por valor de mercado aquel que se habría acordado por personas o entidades independientes en condiciones que respeten el principio de libre competencia" 
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