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Participaciones del usuario Betico_45 - Seguros

Betico_45 02/01/10 12:55
Ha respondido al tema Si el solicitante del seguro es mayor que el propietario del coche. ¿La póliza es legal?
Arpem, lo pone clarisimo en su pagina web: LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS DICEN... El planteamiento interno del Consejo de Administración de cualquier compañía aseguradora a la hora de tomar decisiones podría desarrollarse así. "Si nuestra compañía asegura a una persona como conductor, es para que conduzca dicha persona, y no otra, porque en ese caso, le haríamos el seguro a esa persona, con otras tarifas, con otros precios, y sobre la base de otros riesgos. Si el vehículo va a ser conducido por varias personas, deberán figurar todas ellas en la póliza, o en su defecto, aquella que represente el mayor riesgo, es decir, menor edad, menos años de carnet de conducir y peor historial, o lo que es lo mismo, la persona que tenga que pagar MÁS prima, puesto que será el riesgo mayor. Por lo tanto, solo vamos a cubrir al conductor/es EXPRESAMENTE declarado/s en las Condiciones Particulares de la póliza. Y, cuando se produzca un accidente, si el coche es conducido por otra persona que no sea EXPRESAMENTE la declarada en la póliza, pues NO se pagará absolutamente nada, ya que estaremos ante un engaño, por haber conducido el coche una persona diferente de la autorizada, es decir, es un caso claro de "mala fe", y como tal está reflejado en las Condiciones Generales del contrato. Ahora bien, si hacemos esto, muchas personas se van a dar de baja en la compañía, porque es habitual que su coche lo utilice el cónyuge, o los hijos aparte del conductor declarado, o puede que incluso los padres. Pues en este caso, no hay más remedio que aceptar a todas estas personas como posibles conductores: cónyuge, padres e hijos, además del declarado. Eso sí, siempre que ninguno de ellos tengan, (por ejemplo), menos de 25 años de edad y/o menos de 2 años de carnet. (Esto va en función de compañías, ya que también se utiliza el nivel de 27 años de edad y 5 de carnet de conducir, y otros más severos). También se produce otra disyuntiva, en el caso de que el coche sea conducido por una persona que no es ni el conductor habitual, ni su cónyuge, o hijos o padres, y que dicha persona tenga el consentimiento del propietario del vehículo. En tal caso, se aceptarán los siniestros SOLO si dicha persona tiene un riesgo menor que el conductor declarado, es decir, igual o mayor edad, igual o más años de conducir, e igual o mejor historial de siniestralidad. Si esto no se produce, volveremos a estar en el caso de mala fe en el contrato, y por tanto, no se pagará ni un solo euro." Todo este planteamiento alrededor de la forma de pensar de las compañías de seguros es lo que ocurre en la práctica. EL USUARIO PIENSA... Partiendo del caso de una persona "responsable", esto es lo que debería pensar ante la situación que se plantea: "Para empezar, el seguro lo pongo a mi nombre, y yo seré el conductor declarado en la póliza, ya que no quiero sobresaltos ni problemas. Si el coche se lo tengo que dejar a otra persona, comprobaré en la póliza si está cubierto, porque en caso contrario, si hay un siniestro, la aseguradora NO me pagará un solo euro, por ello: Si cualquier persona me pide el coche, y yo estoy dispuesto a dejárselo, antes de nada tengo que tener claro que debe tener al menos mi edad, la misma o mayor antigüedad de carnet que yo, e igual o mejor historial de siniestralidad que yo. Si mi cónyuge o hijos quieren coger el coche, antes de nada tengo que tener muy claro que tienen que tener mas de X años de carnet, y mas de Y años de edad (lo que estipule la póliza). Eso sí, si no estoy casado "legalmente", mi pareja no es mi cónyuge legal, sino que debo tratarla como a cualquier otra persona, por lo que si no tiene las condiciones indicadas antes, tendré que hacer constar expresamente a mi "cónyuge no legal" como conductor en la póliza". Esta es la forma de hacer un buen planteamiento para no encontrar problemas con la compañía aseguradora.
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Betico_45 02/01/10 12:35
Ha respondido al tema Si el solicitante del seguro es mayor que el propietario del coche. ¿La póliza es legal?
Yo tengo la poliza 10 de Mapfre y me pone lo mismo, lo unico que esta poliza tiene una cobertura adicional que dice: Responsabilidad civil del hijo menor de edad conduciendo sin carné: Cubre la responsabilidad civil del hijo menor de edad del tomador, como conductor cuando carezca del correspondiente permiso de conducir. Esta entidad reprueba la conducción sin carné, y recuerda que la cobertura no se extiende a la sanción de multas
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Betico_45 02/01/10 10:27
Ha respondido al tema ¿Tributa un seguro de Invalidez Absoluta ligado a una hipoteca?
TRIBUTACION EN CASO DE INVALIDEZ Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ( IRPF ) - En caso de prestaciones por invalidez percibidas en forma de capital por quienes tengan un grado de minusvalía igual o superior al 65%, el beneficiario de esta cobertura tributará en el impuesto como rendimiento de capital sujeto a retención del 18%. - El anticipo de Graves Enfermedades tributará cómo rendimiento de capital practicando la reducción, en función del tiempo transcurrido entre la contratación de la garantía y la percepción de la prestación. - Cuando en la póliza del contrato de seguro se establezca que el beneficiario de la indemnización a satisfacer por la aseguradora es la entidad de crédito, para destinarla a la amortización del préstamo hipotecario, será la propia persona física, tomador del seguro, la que deba tributar por dicha indemnización por cuanto la misma se destina a la liberalización o reducción de su deuda hipotecaria. Así pues, en estas condiciones, el hecho de que el beneficiario sea la entidad financiera acreedora no alteraría la calificación y tributación de la indemnización en la medida que se destinaría a la amortización del préstamo. El importe a integrar en la base imponible de la persona física vendrá determinado por el importe de la prestación satisfecha a la entidad financiera. Por otro lado, la indemnización destinada a la amortización del préstamo se incluiría en la base de la deducción por adquisición de vivienda habitual, que podría aplicar la persona física deudora en la cuota de su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre que se cumplieran los requisitos exigidos por la normativa vigente.
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Betico_45 31/12/09 17:15
Ha respondido al tema Si el solicitante del seguro es mayor que el propietario del coche. ¿La póliza es legal?
Es la ley, pero nadie la cumple, despues no quejaremos, pero a pagar seguro si el accidente lo tiene un menor de 25 años no incluido en la poliza. Te pongo lo que claramente me dijeron en mapfre: Para usar el vehículo con todas las garantías legales debe comunicar a la aseguradora el grado máximo de riesgo, es decir declarar un conductor habitual con dos recargos. A partir de la obligación legal lo demás es asumir riesgos. El riesgo que asume es que en caso de siniestro la aseguradora le puede reclamar al tomador del seguro la parte proporcional del siniestro no cubierta. esto no significa ni mucho menos que Ud tuviese que pagar a posteriori el seguro, si no que si Ud, por no declararlo se ahorra un 40 por ciento en la póliza, y el siniestro es de 100.000 euros la aseguradora pudiera reclamarle el 40 por ciento de esos 100.000 euros. esto judicialmente
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Betico_45 31/12/09 15:18
Ha respondido al tema Si el solicitante del seguro es mayor que el propietario del coche. ¿La póliza es legal?
Cuando contratas un seguro de automovil por ley hay que poner cual es el conductor habitual, sea cual sea el tomador. Tambien hay que poner condcutores ocasionales, sino has una prueba en contratar seguro auntomovil por internet, y en todas las compañias te hace las siguiente preguntas:otros condcutores? tiene hijos menores de 25 años? Una cosa que el 99,99% de la gente no cumple, entre ellos yo, es que en un momento determinado dejes el coche a alguien,menor de 25 y dos años de carnet, eso lo hace todo el mundo, que no conocer la ley no excusa cumplirla, y sabes que la poliza de tu coche es para conducir un mayor de 25 años, si lo dejas a uno menor, sabes que incumples el seguro por agravamiento del riesgo. En mi poliza con mapfre, el conductor habitual soy yo y no tengo puesto a nadie mas, lo unico que en mi poliza dice Responsabilidad civil del hijo menor de edad conduciendo sin carné: Cubre la responsabilidad civil del hijo menor de edad del tomador, como conductor cuando carezca del correspondiente permiso de conducir. Esta entidad reprueba la conducción sin carné, y recuerda que la cobertura no se extiende a la sanción de multas
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Betico_45 29/12/09 00:30
Ha respondido al tema Asisa, aresa y adeslas
Hay una cosa que me extraña, que es que en adeslas aunque sea un seguro colectivo no te pidan cuestionario medico. Yo tengo mapfre caja salud por el colegio de farmaceuticos y me sale 39 euros mes sin copago y seguro dental y si me pidieron informe del accidente de trafico que tuve. Yo me la haria en adeslas, por coste y es buena compañia tambien. saludos
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Betico_45 28/12/09 18:52
Ha respondido al tema Duda en la comparativa de seguros
Ni me va ni me viene, pero vaya profesional de corredor que te ha dado esa respuesta. Que las condiciones generales "no valen" solo las particulares, buen tipejo.
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Betico_45 26/12/09 15:09
Ha respondido al tema Asisa, aresa y adeslas
Su poliza lo dice claro, leete el articulo 2 de su condiciones generales: http://www.mutua-mad.es/webSalud/condgen/CondicionadoGeneralSaludA5.pdf
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