Sí, precisamente por ser mi padre usufructuario legal de esa vivienda consideramos normal que él se hiciera cargo de todos los gastos anteriores a la venta, incluidos los efectos fiscales. Y en cuanto a los gastos de la venta, son exclusivamente esos que citaba antes; el notario y el registro los pagó el comprador, como es habitual. En cuanto a los gastos que hubiera podido suponer la anterior compra de ese inmueble, no lo tengo muy claro, ya que mi hermano y yo nos hicimos propietarios por herencia, por tanto la última transmisión es la que banda, a mi entender, a efectos del valor de adquisición.
En cualquier caso tu consejo me parece bueno y ahora lo tengo todo más o menos claro. Muchas gracias por tu respuesta.
Saludos. Como veo que este hilo está dedicado a consultas breves sobre incrementos del patrimonio, me animo a plantear mi duda, que intentaré exponer sin enrollarme mucho.
El año pasado hemos vendido un piso que pertenecía a mi padre, viudo, y a sus dos hijos. La participación de cada uno en la propiedad está bien documentada, eso no es problema. En realidad mi duda es ante todo sobre si son deducibles los gastos que nos ha causado la venta: factura de la agencia inmobiliaria y el impuesto municipal sobre los terrenos (que como sabéis es un pastón xD).
Por si es posible una estimación, así a vuelapluma, de lo que nos costará eso en el IRPF, os comento que la anterior transmisión patrimonial de ese piso fue en 1994, y el incremento sobre el valor, si descontamos esos gastos, serían unos 70.000€
Aparte me ha surgido otra duda, derivada de esa operación, y que no había considerado hasta ahora. Durante muchos años, Hacienda imputó la propiedad de ese piso exclusivamente a nuestro padre, y al ser su vivienda habitual y única, no tenía consecuencias en su IRPF ni en el de sus hijos. Pero ahora, al declarar entre los 3 proporcionalmente el resultado de la venta, estamos reconociendo implícitamente que el piso era propiedad de todos y no sólo de mi padre. ¿Pensáis si es probable que hacienda ahora nos reclame por no haber declarado esa propiedad? La verdad es que sería un fastidio, y yo desde luego ni siquiera había pensado en ello.
Muy bien, pues muchas gracias a todos los que os tomáis la molestia de responder a las dudas en este hilo. Cuando tenía más tiempo para participar en estos foros, yo también intentaba ayudar a otros usuarios siempre que podía.
Así que tengo que esperar nada más que 5 añitos para compensar una minusvalía que acabo de sufrir ahora mismo xDDD
Muchas gracias, Empty, yo ya estaba llegando a esa misma conclusión después de pensarlo un poco: le presta uno con toda su buena voluntad algo de pastuki a Mariano y mira cómo te lo agradece 0¬0
No hay que tener prisa por tributar. Lo que es yo, me temo que para cuando venda las acciones ya no me acordaré de que en su día generaron derechos que ya vendí. Y Hacienda tampoco lo recordará xDD