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Jubilación anticipada en la Policía Local - Jubilación Anticipada - Jubilación Anticipada

3 respuestas
Jubilación anticipada en la Policía Local - Jubilación Anticipada - Jubilación Anticipada
Jubilación anticipada en la Policía Local - Jubilación Anticipada - Jubilación Anticipada
#1

Jubilación anticipada en la Policía Local - Jubilación Anticipada - Jubilación Anticipada

   Buenos días.
           Soy agente de la Policía Local y tengo casi 32 años cotizados en total. Mi edad actual son 58 años. Obtuve el certificado de servicios prestados en el Ayuntamiento, donde se acredita el tiempo de cotización indicado y pedí cita previa en la Seguridad Social para que me dijeran cuando podré acceder a la jubilación (con y sin pérdida de haberes), teniendo en cuenta que los miembros de las Policías Locales tenemos acceso a la jubilación anticipada. Pues bien, en la cita me preguntaron cuando me pretendía jubilar (cuando ese era precisamente el objeto de mi consulta) y les dije, por poner un ejemplo, que el día que cumplía 62 años. Me dijeron que ya me enviarían un informe y por fín lo he recibido, pero en él se indica lo siguiente: "edad real o bonificada: 67 años". "Cotizaciones acreditadas: 42 años y 178 días". Pero... ni siquiera el día que cumpla 67 años (el 10/09/2033) llevaré tanto tiempo cotizado! Así que no solo no  me han aclarado nada, sino que estoy aún más confundido y no se donde acudir para que alguien me diga cuando puedo jubilarme, con y sin pérdida de retribuciones. Agradecería enormemente una respuesta.
            Muchas gracias!!
#2

Re: Jubilación anticipada en la Policía Local - Jubilación Anticipada - Jubilación Anticipada

 tienes 58 años y casi 32 años cotizados en total. Pero aquí lo importante es saber: 
 
  • ¿Cuál es tu edad legal de jubilación? Si naciste en 1966, tu edad ordinaria de jubilación es 67 años, salvo que tengas los 38 años y 6 meses cotizados necesarios para adelantarla a los 65 años.

Si todos tus 32 años cotizados fueran como Policía Local, podrías aplicar el coeficiente reductor de 0,20:

  • 32 años trabajados x 0,20 = 6 años y 4 meses de reducción.
  • Tu edad de jubilación ordinaria de 67 años se reduciría a 60 años y 8 meses.

 
Es posible que el informe que recibiste no haya tenido en cuenta correctamente el coeficiente reductor ni los años específicos como Policía Local. Este problema puede surgir porque:

  • No se especificó claramente tu puesto de trabajo durante toda tu carrera.
  • La Seguridad Social utiliza datos genéricos para calcular la jubilación ordinaria si no se aportan detalles adicionales.
 


♥♥♥
 
#3

Re: Jubilación anticipada en la Policía Local - Jubilación Anticipada - Jubilación Anticipada

Los datos que facilitas no son correctos, si leemos el Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración local, nos dice que en su 

Artículo 2.  Reducción de la edad de jubilación. 1. La edad ordinaria exigida para el acceso a la pensión de jubilación conforme al artículo 205.1.a) y la disposición transitoria séptima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, con respecto a quienes se refiere el artículo 1 se reducirá en un periodo equivalente al que resulte de aplicar a los años completos efectivamente trabajados como policía local el coeficiente reductor del 0,20. 2. La aplicación de la reducción de la edad de jubilación prevista en el apartado anterior en ningún caso dará ocasión a que la persona interesada pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior en 5 años a su edad ordinaria de jubilación, o en 6 años en los supuestos en que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización, sin cómputo de la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias, por el ejercicio de la actividad a que se refiere el artículo 1. 3. La anticipación de la edad de jubilación por aplicación de los coeficientes reductores a que se refiere el apartado 1 se condicionará tanto a la necesidad de tener cubierto el periodo de carencia de 15 años que se exige para acceder a dicha prestación como los 15 años de cotización como policía local necesarios para poder aplicar el coeficiente.
Por ello, si edad de jubilación podrá reducirse 5 años, es decir, podrá jubilarse a los 60 años, en el año 2026, si cumple los requisitos de:
1.- llevar 25 años trabajados en la policía local, los cumple, Si
2.- si lleva cotizados durante si vida laboral 38 años y 3 meses, los cumple ?
En caso afirmativo podrá jubilarse en el año 2026 al cumplir los 60 años,
En caso negativo, deberá esperar, a los 61 años y 10 meses
Según el INSS la policía local no tiene jubilación anticipada, sino una jubilación ordinaria con coeficientes reductores.
Espero sea de interés 


#4

Re: Jubilación anticipada en la Policía Local - Jubilación Anticipada - Jubilación Anticipada

Gracias por la corrección y tu amplia respuesta

Te comienzo a seguir por si leo después dudas de jubilación y pensiones

♥♥♥