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Plazo para declarar intereses plazo fijo al SEPE. - Subsidio

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Plazo para declarar intereses plazo fijo al SEPE. - Subsidio
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Plazo para declarar intereses plazo fijo al SEPE. - Subsidio
#1

Plazo para declarar intereses plazo fijo al SEPE. - Subsidio

Hola buenos días, soy perceptor de este subsidio mayores de 52 años  ,tengo una duda .
He  tenido   intereses  de  dos depósitos  bancarios  el 18  y 20 de  julio , hoy  mismo 20 de julio   he solicitado en el SEPE a través de la web, cita  para declarar  los intereses de ambos depósitos.Me han dado cita para el 11 de agosto.Mi duda es si me pueden sancionar  ,por  la tardanza  en presentar   los intereses de ambos depósitos  el 11 de agosto  , desde el día 20 de julio.Por otro lado   no me parece, que me puedan sancionar, ya que la asignación de cita es automática, no la he elegido yo.
Gracias    de antemano y saludos.

#2

Re: Plazo para declarar intereses plazo fijo al SEPE. - Subsidio

Solo se está obligado a comunicar situaciones determinantes  que supongan la suspensión o extinción.
Quiero decir con esto que si la ganancia junto con la suma de otras rentas no superan los límites no es necesario comunicar nada.
En el caso que haya superación tienes de plazo hasta la siguiente DAR.
#3

Re: Plazo para declarar intereses plazo fijo al SEPE. - Subsidio

A efectos de plazos para notificar, en su caso, ésta u otra situación que se quiera comunicar, aunque le dieran cita para más tarde incluso, UD tiene el resguardo de que ha solicitado cita con fecha de hoy. No es culpa del administrado que la cita sea tan tarde.
Saludos,
#4

Re: Plazo para declarar intereses plazo fijo al SEPE. - Subsidio

1.- Se considera que ha sido atendido el día que solicita la cita, no el día que acude a la oficina, así que por ese lado sin problema.
2.- No tiene obligación de comunicar aquellas situaciones que no sean determinantes de suspensión o extinción del subsidio como le dice Angelneu, por lo que no hay ningún plazo para comunicar una situación que no sea causa de extinción o suspensión.
3.- No existe ninguna falta (ni leve, ni grave ni muy grave) regulada en la LISOS, por comunicar con retraso situaciones que no sean determinantes de suspensión o extinción, por lo que aunque alguien quisiera sancionarle, no podría.
4.- Esos plazos fijos empezaron a dar rendimiento (a efectos del SEPE) en el momento que los contrató, por lo que en caso de ser causa de suspensión o extinción, ya debería haberlo comunicado y no haber esperado a cobrar el dinero.
5.- El plazo para comunicar una situación determinante de suspensión o extinción, es desde que se da la situación hasta que se haga la siguiente declaración anual de rentas o reanudación.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#5

Re: Plazo para declarar intereses plazo fijo al SEPE. - Subsidio

Aclarar que el asunto de la citas y los plazos que hace referencia @franjgr en el punto 1 no solo es en el SEPE,  sino que también es así para cualquier organismo público, ya sea estatal, autonómico o local. 
Guía Básica