Pues según la Ley General de la Seguridad Social (artículo 275.4), el patrimonio que no tiene un interés explicito tendrá un interés presunto del interés legal del dinero (3,25% en 2023), esto no es nuevo sino de siempre.
Si su hermano tiene dinero en fondos de inversión, acciones o patrimonio inmobiliario, que no tenga un interés explicito y el 3,25% de ese patrimonio, sumado a las rentas que tenga, supera el límite de 810 euros al mes, podría enfrentarse a la perdida del subsidio y la exigencia de la devolución de lo cobrado de más, si en algún momento el SEPE se entera.
Si no supera rentas no hay ningún problema, no es obligatorio declararlo.