#16
Re: EL contrato fijo discontinuo y el subsidio para mayores de 52 años.
No ha habido ningún cambio desde marzo de 2019.
Estar trabajando como fija discontinua no es problema, el problema es, como dice Wediehard, que lo que da derecho a cobrar del SEPE es finalizar un contrato con situación legal de desempleo, por lo tanto si deja el trabajo no tendrá situación legal de desempleo y no podrá cobrar del SEPE tampoco y si la despiden tendrá dos años de paro cobrando el 70% de lo cotizado en este trabajo antes de acceder al subsidio.
No obstante, el artículo 274.4 de la Ley General de la seguridad social dice que si la persona cumple los requisitos para un subsidio antes de tener 52 años y permanece inscrito como demandante de empleo hasta el cumplimiento de la edad, exceptuando los períodos de trabajo, podría acceder a este subsidio. Por lo tanto, si desde la última vez que cobro paro o subsidio o trabajo 90 días y finalizó el contrato con situación legal de desempleo ha permanecido apuntada, a excepción de estos años trabajando, podría acceder al subsidio con el cumplimiento de los 52 años y compatibilizarlo con el contrato de fijo discontinuo.
Esto, claro está, si en el momento de hacer los 52 cumple los requisitos para la jubilacion salvo la edad y tiene 6 años cotizados a desempleo.
Estar trabajando como fija discontinua no es problema, el problema es, como dice Wediehard, que lo que da derecho a cobrar del SEPE es finalizar un contrato con situación legal de desempleo, por lo tanto si deja el trabajo no tendrá situación legal de desempleo y no podrá cobrar del SEPE tampoco y si la despiden tendrá dos años de paro cobrando el 70% de lo cotizado en este trabajo antes de acceder al subsidio.
No obstante, el artículo 274.4 de la Ley General de la seguridad social dice que si la persona cumple los requisitos para un subsidio antes de tener 52 años y permanece inscrito como demandante de empleo hasta el cumplimiento de la edad, exceptuando los períodos de trabajo, podría acceder a este subsidio. Por lo tanto, si desde la última vez que cobro paro o subsidio o trabajo 90 días y finalizó el contrato con situación legal de desempleo ha permanecido apuntada, a excepción de estos años trabajando, podría acceder al subsidio con el cumplimiento de los 52 años y compatibilizarlo con el contrato de fijo discontinuo.
Esto, claro está, si en el momento de hacer los 52 cumple los requisitos para la jubilacion salvo la edad y tiene 6 años cotizados a desempleo.
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos