hay que comunicar los ingresos que supongan superar el límite del 75% del SMI mensual, ya que conllevaría la suspensión del subsidio, al menos de manera temporal hasta que se vuelva a estar por debajo del límite.
En este caso, entiendo que lo cobrado del seguro se considera un ingreso
extraordinario, igual que lo que pueda haber recibido en Herencia; en tal caso, si el resultado de dividir entre 12 esos ingresos extraordinarios, sumados a otras rentas regulares (distintas del subsidio) imputable al mes, superan ese límite, tendría que comunicarlo y se suspendería el subsidio un mes. El riesgo es ver suspendido el subsidio definitivamente si no lo hace.
En este caso, si no hay ningún bien en herencia ni otros ingresos mensuales, no superaría el límite, pues lo imputable al mes serían 1200/12=100 euros.