Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Cobro puntual y subsidio

7 respuestas
Cobro puntual y subsidio
1 suscriptores
Cobro puntual y subsidio
#1

Cobro puntual y subsidio

Buenos días.  Mi consulta es: Mi marido cobra el subsidio de mayores de 55. El tiene un seguro de decesos del que es el tomador, tenía  a su madre en el seguro y falleció,  como no se usó  todo en el sepelio, le han devuelto 1200 €. Tiene que comunicarlo al sepe? Es que he leído en varios sitios que hay que comunicar cualquier entrada de dinero. Es cierto? Gracias.

#2

Re: Cobro puntual y subsidio

hay que comunicar los ingresos que supongan superar el límite del 75% del SMI mensual, ya que conllevaría la suspensión del subsidio, al menos de manera temporal hasta que se vuelva a estar por debajo del límite.

En este caso, entiendo que lo cobrado del seguro se considera un ingreso extraordinario, igual que lo que pueda haber recibido en Herencia; en tal caso, si el resultado de dividir entre 12 esos  ingresos extraordinarios, sumados a otras rentas regulares (distintas del subsidio) imputable al mes, superan ese límite, tendría que comunicarlo y se suspendería el subsidio un mes. El riesgo es ver suspendido el subsidio definitivamente si no lo hace.

En este caso, si no hay ningún bien en herencia ni otros ingresos mensuales, no superaría el límite, pues lo imputable al mes serían 1200/12=100 euros.

#3

Re: Cobro puntual y subsidio

Gracias, se computan solo sus ingresos? Yo tb cobro subsidio. Gracias

#4

Re: Cobro puntual y subsidio

actualmente se computan solo los ingresos del beneficiario para el subsidio de 52 años, antes eran de toda la unidad familiar, pero lo anuló el Tribunal Supremo y ya está modificada la normativa para adaptarla a esa sentencia.

#5

Re: Cobro puntual y subsidio

Gracias por contestar tan rápido. Entonces no importa que lo comunique? Es que si lo miran por mes .. ese mes supera el SMI.

#6

Re: Cobro puntual y subsidio

pero tendría que comunicar que es un ingreso extraordinario, y en ese caso se aplica la regla que he comentado antes: se toma un doceavo de la cantidad. Si lo comunica como ingreso regular, por el importe completo imputado a un mes, entonces sí le suspenden el subsidio.

Esto viene explicado en el propio formulario, al final, si lo lees, explica cómo incluir las rentas percibidas en un pago único: dividiendo entre 12.

https://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/declaracion_rentas.pdf

 

#7

Re: Cobro puntual y subsidio

Entonces por lo que veo, basta que lo comunique cuando haga la declaración anual de rentas, que le toca en enero. Es así? O debe comunicarlo antes?

#8

Re: Cobro puntual y subsidio

si en las cuentas que echéis con esta regla de tomar solo 1/12 de los ingresos extraordinarios (seguro de decesos, herencia...) sumados a las rentas regulares (intereses bancarios, alquileres...) no se pasa en ningún mes del 75% del SMI, entiendo que efectivamente puede dejar para la declaración anual el informar de los 100 euros.