Subsidio 55 años y cálculos carencia rentas..
Buenos días:
He empezado a cobrar el subsidio de + de 55 años y leyendo sobre el cálculo de las carencias de rentas, planteo las siguientes dudas:
1.- Si tengo unas obligaciones que pagan cupón 1 vez al año.. por ejemplo 12/2018, cobro cupón de 1.200 que divido por 12 y sale 100 e por mes...
¿Debo imputar los 100 e sólo al mes de diciembre ó también a los 11 anteriores ó posteriores ???...
¿Debo informar al Sepe del cobro de los 1.200 aún no superando el 75% del S.M.I. ??..
2.- Si vendo unas Acciones ó Fondos con pérdidas que ya poseía antes del subsidio debo informar ??.. El importe de la venta en pérdidas se considera rentas ??
3.- Las acciones que pagan dividendo su importe se imputa como rendimiento...pero repartido entre los días por mes que se a generado desde el último pago ?? No ??..
Es decir de una acción si el último cobro fué el 20/04 y el siguiente pago es el 05/07..el importe lo repartiré en 04-(10) días, 05-(31) días, 06(30)días, 07 (5) días ??..
Muchas Gracias !!!