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Mi reclamación de accidente de tráfico

49 respuestas
Mi reclamación de accidente de tráfico
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Mi reclamación de accidente de tráfico
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#31

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

Gracias por tu largo speech.

Vendes seguros, eres un comisionista. No pasa nada, pero no te des un patina de independencia que no tienes.

Por fortuna, ya estoy en manos de abogados externos. Vaya diferencia...

Les he comentado lo que me has escrito y me han dicho que son verdades a medias.


#32

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

Si alguien quiere más información, que me escriba porque veo que aquí en público hay mucho comentario interesado y desconozco porque se ofenden...

No obstante, seguiré comentando en este hilo cómo evoluciona todo, pero estoy satisfecho con las personas que me han atendido y desde luego cobrarán por su trabajo, pero han hecho más en un día que el abogado del seguro en todo este tiempo.

Os voy contando.

Fer.
#33

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

Menos mal que has hablado, yo me raye viva al principio cuando empezé a leer este hilo del foro y solo pregunté que si era normal que me vieran el médico contrario de seguro contrario ya una vez dada de alta  y que yo desde el principio me puse con abogado y claro al decir que cobran a comisión pues me raye más todavía porque el mío no , mi abogado me dijo que mi aseguradora es buena y no tengo que dar ni un duro . Pero creo que emos echo bien en coger abogado ya nos vamos contando cómo nos van 🤣🤣🤣🤣🤣 
#34

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

Y yo pensando que la gente que nos hablan por aquí son abogados me meo de risa que pava soy
#35

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

No pasa nada porque nos den su opinión sobre seguros y accidentes de tráfico, pero que no nos traten como idiotas. Es muy atrevido asegurar que las compañías aseguradoras son objetivas en sus prestaciones. Todos hemos tenido experiencias con seguros del hogar, del coche, de la comunidad,...es increíble la alegría con la que habla alguna gente.

En fin, yo sigo con mis recuperación del accidente de tráfico y asesorado por abogados externos, ¿que tendré que pagarlos? Me parece bien que la gente cobre por su trabajo, yo cobro por el mío.

Un saludo!
#36

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

Si no pasa nada por dar su opinión 🤣🤣🤣 ya verás que ahora tus abogados van a mirar solo por ti y a la aseguradora que le den . Ahora una vez dado de alta lo más seguro que te vea el médico del seguro contrario para valorarte que a mí ya me lo han echo 😜. Pero que lo tuyo va para largo con lo que dices que tienes lo más seguro necesitas muchas sesiones de fisio
#37

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

El TS confirma la sanción impuesta al Colegio de Abogados de Zaragoza por recomendación colectiva de honorarios. 

Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 1142/2023, 18 Sep. Rec. 5336/2021 .


El TS ha estimado el recurso de casación interpuesto por la Letrada de la CA Aragón contra la sentencia del TSJ (LA LEY 200519/2021) que anuló la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia de Aragón que impuso al Colegio de Abogados de Zaragoza una sanción de 21.236,46 euros por infracción del art. 1 LDC 2007 (LA LEY 7240/2007) consistente en una recomendación colectiva de precios dirigida a sus colegiados materializada en la elaboración y difusión del documento “Criterios 2011”.
Frente a lo postulado por el TSJ, el Supremo considera que la elaboración de este documento no está avalada por la DA 4.ª de la Ley de Colegios Profesionales (LA LEY 193/1974), según la cual los Colegios podrán elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados.
Recuerda que la propia Sala mantiene que una interpretación sistemática del art. 14 de la Ley 2/1974, de Colegios Profesionales (LA LEY 193/1974), que dispone que los Colegios Profesionales no podrán establecer baremos orientativos ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios, salvo lo establecido en la DA 4.ª (LA LEY 193/1974), con lo previsto en esta disposición, que sólo admite establecer criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados, a la luz de la jurisprudencia del TJUE sobre la libre prestación de servicios, conduce a sostener que la prohibición establecida en dicho art. 14 constituye una regla de alcance general, incluyéndose en la prohibición tanto el establecimiento de baremos, catálogos o indicaciones concretas que conduzcan directamente a la cuantificación de los honorarios de los abogados, como la formulación de recomendaciones más amplias, directrices o criterios orientativos que no alcancen tal grado de concreción.
Sigues insistiendo en lo mismo, de verdad no entiendo porque confundes.





#38

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

Dios por más que lo leo no me entero de nada 🤣🤣🤣🤣🤣🤣🤣🤣 
#39

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

Que no pueden existir tarifas orientativas según esa sentencia.
#40

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

No es pretencioso. Es real. Es como todo... ley de grandes números. La mayoría de las ocasiones es así. ¿Qué existen casos que no? Sin duda. Pero la existencia de unos casos, no puede establecerse como una "generalidad". En todas las facetas de la vida existen casos positivos y negativos pero, como se dice vulgarmente, la existencia de algún garbanzo negro no tiene que conllevar que tires el cocido.
#41

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

Llamalo "X" y no tarifas orientativas.... exagerando el ejemplo, tu puedes contratar un abogado que te cobre 1 millon de euros por poner una demanda. ¿Es legal? Sí.... ¿Te van a pagar esa factura en la compañía de seguros hasta el límite? NO porque van a decir que el coste de esa prestación es desproporcionado...Vamos no pueden existir tarifas orientativas pero la realidad es que existir, existen.
#42

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

No, te va a decir que el límite de prestación por utilizar abogado particular son 3000€ y eso es lo que te van a dar, ni colegio de abogados ni baremo, presentas factura de 1000000€ y te dan 3000€.
Y se acabo.

#43

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

No es así pero vamos.... muchas compañías lo establecen en su contrato ese aspecto de en base a los criterios orientativos del colegico abogados... en fin.... copio lo que dice la sentencia y análisis de la misma.... como verás, efectivamente, prohibe los criterios orientativos porque van en contra de la libre competencia pero admite y mantiene el concepto de citerio orientativo.

 
La sentencia examina el alcance de la prohibición establecida en la Ley sobre Colegios Profesionales sobre el establecimiento de baremos, catálogos o indicaciones concretas que conduzcan directamente a la cuantificación de los honorarios de los abogados, y destaca que la excepción que contempla al permitir la elaboración de criterios orientativos “a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados”, debe aplicarse en términos estrechos.

“Lo que allí se permite por vía de excepción —señala la sentencia— no es que el Colegio profesional establezca a esos limitados efectos cualquier clase de normas, reglas o recomendaciones, incluidos los baremos o indicaciones concretas de honorarios, sino, únicamente, la elaboración de “criterios orientativos”; expresión ésta que alude a la formulación de pautas o directrices con algún grado de generalidad, lo que excluye el establecimiento de reglas específicas y pormenorizadas referidas a actuaciones profesionales concretas y que conduzcan directamente a una determinada cuantificación de los honorarios”. 

#44

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

Con lo bonito, y extenso, que es el castellano y los maltratos que se le dan.

No soy un "comisionista". Por pura definición de la RAE.

Y te copio que es un mediador de seguros, su definición según la ley:

actividad de asesoramiento, propuesta o realización de trabajo previo a la celebración de un contrato de seguro, de celebración de estos contratos, o de asistencia en la gestión y ejecución de dichos contratos, incluyendo la asistencia en casos de siniestro

Definición incompatible con la de comisionista.

Así que estoy seguro que puedes encontrar otra palabra más adecuada.

La ley también habla de honorabilidad e independencia cuando se trabaja con más de una aseguradora. Pero te doy la razón en que la independencia es compleja, me alineo con Unamuno y la opinión de que uno es y depende de sus circunstancias.

Así que como comprenderás no me doy pátinas de esa independencia en la que no creo lo justo. Todos somos esclavos de nuestros clientes, en función de la necesidad de cada uno. Así que cuando la "independencia" flojea, como la de cualquier mediador de seguros, lo hace en favor de su cliente. El asegurado.

Pero entiendo que esto no puede entrar en la cabeza de alguien que un asesor al que pagas (de manera indirecta) es un comisionista. Perdonado.

Está bien que tu abogado después de leer tales "amenazas", no se atreva a negar lo que digo, y no tenga más remedio que reconocer que es verdad. A medias... si te parece después de soltarle tu la pasta me da la razón al 100% 😂

Y como no vas a notar diferencia! Es que no cobran lo mismo el que tu contratas y el que te ha puesto la compañía. Insisto, somos esclavos de nuestros clientes... y su dinero... y en función de la necesidad.

Hoy escribo en mi newsletter sobre esto, y termino con esta conclusión para que no haya duda:  

No digo que no haya que contratar abogados nunca.

Digo lo contrario. Que no hay que contratarlos siempre.

En muchas ocasiones serán imprescindibles.

Así que espero que en tu caso sea de esos que era bueno acompañarse de uno.
#45

Re: Mi reclamación de accidente de tráfico

Los abogados tienen una cantidad de leyes a las que atenerse según el caso, que lo habitual, si no son muy especialistas es que sepan menos que los mediadores de seguros.

Recuerdo como en sala asistiendo como perito judicial, tuve que rectificar a los dos abogados de ambas partes, porque en sus preguntas/ataques se basaban en la ley de contrato de seguro, pero haciéndolo mal. En media hora, a los dos, y un tema que se tenían trabajado.

La semana pasada fui a una formación, a recibirla, que daba un abogado enviado por el Colegio, sobre responsabilidad civil y seguros, a los 5 minutos tuve que corregirla porque estaba diciendo lo contrario a lo que dice la ley. Exactamente lo contrario. Y estaba para enseñar.

Pero esto es algo normal, todos cuando nos salimos de lo que sabemos en profundidad, en una conversación (más en una charla de horas) podemos decir incorrecciones. 

Es lógico.

Nos pasa a todos.

Y por terminar, el abogado de la compañía no tira para ningún lado. Porque no hace nada importante. Como el tuyo. Solo actuarán para modificar las cosas, si al final (muy al final) hay una denuncia.