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Pregunta sobre plazos según Ley 50/1980

3 respuestas
Pregunta sobre plazos según Ley 50/1980
Pregunta sobre plazos según Ley 50/1980
#1

Pregunta sobre plazos según Ley 50/1980

Muy buenas, me gustaría si alguien me puede resolver esta duda. Según la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro se especifica lo siguiente:

"Se entenderá que el asegurador incurre en mora cuando no hubiere cumplido su prestación en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro o no hubiere procedido al pago del importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro."

Después de tres años esperando que mi seguro me solucione un incidente que tuve con mi vehículo (del cual tengo por escrito que la otra parte es la culpable), y estando a la espera de juicio, me dicen desde el seguro que este párrafo de la ley solo me aplica si tengo seguro a todo riesgo, y no tercero ampliado como yo tengo. ¿Es eso cierto? ¿Sólo se aplica si el seguro es a todo riesgo? 
Gracias
#2

Re: Pregunta sobre plazos según Ley 50/1980

En el caso de un todo riesgo estarían obligados al pago independientemente de la responsabilidad en el accidente y por eso si computarían los plazos. Como se está discutiendo la responsabilidad la compañía no se considera obligada al pago en tanto que no haya sentencia. Es posible que hayan consignado alguna cantidad en la cuenta del juzgado en espera de resolución. 
#3

Re: Pregunta sobre plazos según Ley 50/1980

Hola,

En absoluto. Se aplica a todos los seguros, independientemente de la "modalidad" o "variante" que se tenga contratada.

En este caso, excepto consignación de cuantía en el Juzgado, si la sentencia es condenatoria (es decir, se le impone al seguro la obligación de satisfacerte determinada cantidad), sobre esa cantidad deben abonarte los intereses moratorios previstos en la Ley, debiéndose computar desde la fecha de ocurrencia del siniestro, al haber transcurrido el plazo de 3 meses que se les otorga para finalizar amistosamente y con acuerdo los partes declarados. Así lo hará constar el Juez, con toda probabilidad, en la Sentencia y además, de oficio.

Un saludo,
#5

Re: Pregunta sobre plazos según Ley 50/1980

Muchas gracias por vuestras respuestas.