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Plazo de reclamación por vicios ocultos.
Buenos días, lanzo una pregunta sobre la que parece haber discrepancias.
El plazo de reclamación de vicios ocultos en compra de vivienda de segunda mano es de 6 meses. Si el comprador se ha comunicado mediante whassaps y llamadas con el vendedor informando del vicio dentro de esos 6 meses ¿se interrumpe dicho plazo?
OPCION A: Es plazo de prescripción, por lo tanto cualquier comunicación interrumpe el plazo.
OPCION B: El plazo es de caducidad y no de prescripción, por lo que un burofax o comunicación no interrumpe el plazo y cualquier demanda judicial debería estar dentro del mismo.
El plazo de reclamación de vicios ocultos en compra de vivienda de segunda mano es de 6 meses. Si el comprador se ha comunicado mediante whassaps y llamadas con el vendedor informando del vicio dentro de esos 6 meses ¿se interrumpe dicho plazo?
OPCION A: Es plazo de prescripción, por lo tanto cualquier comunicación interrumpe el plazo.
OPCION B: El plazo es de caducidad y no de prescripción, por lo que un burofax o comunicación no interrumpe el plazo y cualquier demanda judicial debería estar dentro del mismo.