¿Podría alegar el banco-aseguradora defecto de forma en la oposición de renovación y no anular?
¡¡Hola a tod@s!!
Os pongo en situación a ver qué opináis al respecto. Mi tío ha notificado de forma fehaciente en su oficina bancaria del Santander su deseo de no prorrogar un seguro de vida que en su día contrató allí (es la única póliza de seguro que tenía con el banco). Ha entregado un escrito en la oficina bancaria (con copia sellada) con más de un mes de antelación expresando claramente su oposición a la renovación del seguro de vida, poniendo nombre del tomador, NIF, nº de póliza, fecha de vencimiento, firma y adjuntando fotocopia del DNI. Hasta aquí todo parece acertado, pero es que ha puesto en aseguradora "Aegon Santander Seguros Generales" cuando lo correcto es "Aegon Santander Vida".
Falta ya menos de una semana para que el seguro finalice. ¿Pensáis que le pueden pasar el cobro de una nueva anualidad alegando que el escrito se dirige a una aseguradora incorrecta?
Muchas gracias por la atención.
Un saludo.