Si tienes el recibo de pago estás cubierta, siempre y cuando cubra el período en el que has tenido el siniestro, comprúebalo por si acaso, solo por descartar supuestos.
Dicho esto, entrega una carta firmada en la sucursal en la que te hicieron el seguro, que te sellen copia para ti, con fecha de entrada, en la cual expongas ( y esto te lo hago gratis, que es un escrito que nos hizo la abogada cuando en la asociación que estoy nos pasó una cosa parecida) con la salvedad de que no hemos tenido siinestros durante la vigencia del contrato:
Nos ponemos en contacto con Vd., en calidad de abogados de la XXXXXXXX, y siguiendo instrucciones de la misma, a fin de recordarle, lo ya expresado telefónicamente referente a la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada con ustedes y con clave de autorización de la D.G.S.: XXX
Pues bien, dicho seguro como ya nos ha expresado está anulado por
Seguros XXXXXX bajo su petición, cuando por su parte ya se había procedido al cobro de la póliza
mediante el cargo de la cantidad adeudada en nuestra cuenta corriente de la entidad XXXX. Como ya telefónicamente nos ha comentado ha sido un error por su parte y serán ustedes los que en caso de siniestro se hagan cargo de la responsabilidad que ello conlleva.
Siguiendo el articulado de la Ley de Contrato de Seguro el art. 1 de esta Ley obliga al asegurador mediante el cobro de la prima a dar cobertura del daño producido al asegurado dentro de los límites pactados. El tomador del seguro ha cumplido con su obligación de pagar la prima pactada en el contrato, razón por la cual el asegurador tiene la obligación de dar cobertura a los eventuales daños que se produzcan dentro de los límites de la póliza.
Esta póliza era una renovación, por lo que mediante cargo en cuenta se pagó como habitualmente, no existiendo por ninguna de las partes notificación escrita de conclusión del contrato de seguro , prorrogando por el contrario, así su vigencia.
Por el seguro de responsabilidad civil el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado, conforme a derecho.
Salvo pacto en contrario, el asegurador asumirá la dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado, y serán de su cuenta los gastos de defensa que se ocasionen. El asegurado deberá prestar la colaboración necesaria en orden a la dirección jurídica asumida por el asegurador.
La presente comunicación sirve de requerimiento previo a la interposición de las acciones legales pertinentes para el caso de no proceder a satisfacer en caso de siniestro las coberturas de la póliza contratada, anunciándole la interposición de las mismas a fin de obtener la satisfacción completa por nuestra parte de dichas coberturas legales, y en su caso, el reintegro de los gastos procesales que la reclamación pueda ocasionar a nuestro cliente.
Se adjunta copia de justificante de pago del seguro.
En tu caso deberás cambiar los datos para adecuarlo a tu situación, y como has tenido un siniestro, ponles que sinó hacen frente al mismo en el plazo de una semana, por ejemplo, te verás obligada a poner la pertinente denuncia en el juzgado.
Denuncia, que si es todo como has comentado, deberías ganar sin mayores problemas, necesitarás abogado, y posiblemente con condena en costas. Pero hazlo ya,
Saludos