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Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar

8 respuestas
Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar
Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar
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#1

Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar

Hola, he leido varios post, y quiero dar las gracias a todos los que participan en ellos despejando las dudas de los que lo realizan, dicho esto os expongo mi caso a ver que os parece.
Tengo un seguro de hogar echo con segurcaixa, bueno el tema es que por accidente tengo una baldosa del comedor, y una de la cocina rota, tengo un cobertura de daños esteticos de 1800 euros, di parte al seguro, y vinieron los albañiles le echaron unas fotos y me dijero que buscarian algo lo mas parecido posible pero que igual despues de 8 años iva a ser imposible, bien les comente que yo no queria algo parecido, que tenia la cobertura de daños esteticos y que queria que se me arreglara, quedandose como dios manda, no haciendo una chapuza, si tenian que cambiarme todo el comedor y la cocina pues que lo hicieran, hoy me han llamado para preguantarme cuantos metros cuadrados tiene la cocina y el salon (me parece ya de poca profesionalidad tener yo que contestar a eso maxime cuanto estuvieron ellos en mi casa) pero bueno le doy unas medidas aproximadas y me comentan que se lo diran al seguro para que lo autorize, bien mi pregunta es la siguiente,¿ tiene el seguro un barremo de lo que cuesta cada metro cuadrado de quitar y poner nuevo en mano de obra del albañil? , ¿y el material nuevo quien lo elige? , ¿puedo pedir que me sea abonado el total de la reparacion y yo repararlos por mi cuenta? estamos todo el dia trabajando fuera de casa, hasta los sabados medio dia y dejar las llaves a personas que no conozco de nada para que entren en mi casa y hagan la reparacion pues es algo no se nos pasa por la cabeza, tambien di parte de un embellezedor de la puerta del comedor que se rompio por abajo y me dijero por telefono que eso no me lo cubrian que si queria mandaban a un profesional pero yo tenia que pagar la reparacion, ( me quede muy sorpendido pues considero que deberia de tener cobertura para un pequeño accidente asi) muchas gracias por vuestra ayuda, un cordial saludo.

#2

Re: Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar

Estimado Daniel3:
Vaya por delante una valoración inicial que no creo que te guste: que yo sepa Segurcaixa no dispone en sus pólizas de cobertura ALL RISK (todo riesgo) sino que se trata de una póliza de riesgos nominados o multirriesgo. Ello significa que una rotura de baldosas que no esté vinculada a una garantía concreta del multirriesgo no será pagada.
Como la garantía de daños estéticos es complementaria y accesoria a otras que son las que determinan su entrada en escena, entiendo que tampoco verás un céntimo de los 1.800 € que indicas.
Quede claro que indicas que se rompieron "por accidente" sin determinar la causa exacta pero conociendo el producto de segurcaixa no me imagino por dónde podrías lograr cobertura. Por ello te adelante el probable desenlace de todo el tinglado. Si al final es ese será doblemente penoso que te hayan generado falsas expectativas. Espero equivocarme.
En el mercado asegurador hay pólizas all risk disponibles por lo que te recomiendo que renuncies a pensar que "todos son iguales" y acudas a los profesionales que si disponen de herramientas eficaces para cubrir tus necesidades.
No obstante, te aclaro que el art 18 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro establece que TÚ eliges quien repara tus daños y que el envío de profesionales por parte del seguro será viable solo si TÚ lo consientes. Es tu derecho.
Por cuanto al material con que se debería hacer el trabajo, el art 26 de la misma Ley nos recuerda que el seguro no puede ser objeto de enriquecimiento injusto, por lo que el asegurador DEBE sustituir los bienes dañados por otros de la misma calidad pero DE TU ELECCIÓN (¡es tu casa!); si existe una mejora en las calidades, tu pagas la diferencia y punto.
Por cuanto a lo del embellecedor: necesitas un todo riesgo, si quieres ver estas cosas cubiertas y ello se puede resolver con o sin franquicia.
Finalmente, comentarte que los servicios de reparaciones concertados por las aseguradoras normalmente vienen acompañados de filtros previos: facturan barato al asegurador pero lo hacen regularmente lo cual les interesa así que es poco probable que hagan el burro en tu casa porque en ese caso el asegurador corta el grifo y se quedan sin cliente mayorista. Sin poner la mano en el fuego por nadie puedes estar razonablemente tranquilo de que no te tocarían nada en casa.
Un abrazo,

#3

Re: Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar

Hola, muchas gracias por contestarme Avante, me han dicho del seguro que vendra el perito a ver los daños, haber que me dice y te comento, saludos.

#4

Re: Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar

Hola de nuevo, mira te comento a ver que te parece, he hablado con el perito, me ha dicho que hoy vendra, le he comentado lo de que en vez de repararlo por el seguro, queria que me indemnizaran, me ha comentado que bien que no hay problema que me ingresarian el dinero en cuenta, y que una vez que lo reparara me llamarian para venir y comprobar que realmente se ha echo la reparacion, si yo cierro el parte del siniestro, ¿tienen que venir a mi casa a cercionarse de que realmente lo he cambiado y no me he quedado con el dinero? y otra cosa son 2 siniestros uno el del comedor y otro el de la cocina, ¿tengo derecho a daños esteticos por separado por los dos siniestros? o los daños esteticos serian el total para los 2 siniestros, la verdad que aunque lentos parece que van a solucionarme el problema, Avante muchas gracias por tu opinion, me esta siendo de gran ayuda y es que los que como yo no tenemos ni idea de cuales son nuestros derechos, y se oyen cada cosa por ahi que es de juzgado de guardia, un abrazo.

#5

Re: Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar

En este caso el procedimiento es:
1- solicitar presupuesto de reparación POR PIEZA (uno por comedor y otro de cocina). Consejo: presupuestos cerrados, sin sorpresas de última hora, de acuerdo con materiales equivalentes en calidades a los actuales y solo por los metros comprometidos.
2- Como el asegurador te indica que se trata de dos siniestros distintos, el importe garantizado en daños estéticos es POR SINIESTRO; por tanto, se dobla el límite propuesto pero no como puedes transferir el exceso en uno a carencia en otro ¿ok?
3- solicita que se te ingrese el importe mínimo conocido por siniestro que tocaría ser la base imponible y antes de hacer la obra. En esta fase no firmes ningún finiquito definitivo, sino solo de acuerdo con el "importe mínimo conocido" que es un término legal.
4.- Una vez ejecutada, solicita que verifiquen que se ha realizado según lo comprometido y que te liquiden lo que falta que, legalmente, será el IVA.Si se indemniza la totalidad, entonces y solo entonces, firma los finiquitos finales por los que declaras que todo está resuelto y conforme.

Me gustaría, por curiosidad, que me indicaras en base a qué cláusula o cobertura te cubren daños por baldosas rotas. Por lo que recuerdo de Zurich no tiene cláusula de todo riesgo y por ello te sugiero que repares solo cuando recibas la primera liquidación en tu cuenta.

El asegurador tiene derecho a verficar que el trabajo se ha hecho puesto que en caso contrario puede exigirte la devolución del importe, incluso judicialmente. Normalmente en las pólizas de daños se establece un plazo máximo de dos años para realizar el trabajo dado que dicho plazo es el de prescripción de acciones para este tipo de seguros.

A ver si hay un buen final, por esta vez.

Y de las conversaciones de bar, ni caso. Aparte, recomiéndales que acudan a un buen profesional y no tendrán tanto motivo de queja.

Abrazos,

#6

Re: Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar

Hola, lo que me dices

solicita que se te ingrese el importe mínimo conocido por siniestro que tocaría ser la base imponible y antes de hacer la obra. En esta fase no firmes ningún finiquito definitivo, sino solo de acuerdo con el "importe mínimo conocido" que es un término legal.

¿esto seria por ejemplo si son 1000 euros + iva, deberian ingresarme los 1000 euros, primero y una vez que este acabado venir y comprobar que se ha reparado y entonces liquidarme el iva?

te lo digo por que he hablado por telefono el seguro es segurcaixa y me han comentado que debo de adelantar yo todo el dinero y que cuando tenga hecha la reparacion, se pasara el perito para comprobar que realmente se ha efectuado y entonces ingresarme el dinero, cosa que yo le hes dicho que no estoy dispuesto a hacer por que no dispongo de tal cantidad, a lo que me han comentado que entonces lo repare por mediacion de los albañiles que tienen ellos, claro me veo entre la espada y la pared, yo lo voy a reparar pero no quiero dejar las llaves de mi casa a gente que no conozco y encima yo no voy a pode estar presente mientras se realizan los trabajos reparacion, pues tengo mi trabajo que me lo impide, respecto a lo que me comentas de la cobertura de las baldosas sera por el por una cobertura de daños esteticos de todas formas si quieres te escaneo las condiciones del seguro y te las envio, muchas gracias por todo y haber si al final se resuelve todo de una manera satisfactoria, un abrazo.

#7

Re: Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar

Estimado Daniel3:

En la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro encontramos la siguiente perla en formato artículo dieciocho:

"El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por el conocidas.
Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado."

Fíjate que en el primer párrafo para empezar utiliza la palabra OBLIGADO respecto a la actitud que debe presentar el asegurador respecto de la indemnización. A continuación te dice que tiene que hacerlo "AL TÉRMINO DE LAS INVESTIGACIONES Y PERITACIONES" lo cual, como puedes ver no dice ni mú de que tenga que estar reparado. Para seguir dice que eso se hará "EN CUALQUIER SUPUESTO" es decir, sin excepción, "DENTRO DE LOS CUARENTA DÍAS", es decir, del primero hasta el cuarenta (no el cuarenta y uno...) tras la declaración de siniestro. Al menos deberá indemnizar el importe mínimo conocido que es el importe que a esa fecha se conoce. Como todavía no has incurrido en reparación no se ha devengado IVA por lo que DEBEN liquidarte la base imponible.
Verás que el segundo párrafo se dedica íntegramente a dejar clarito que solo se podrá sustituir la indemnización por la reparación SI TU LO CONSIENTES. Lo cual no cambia que siguen obligados a indemnizar.
Por ello tu eliges a quien quieres que te repare. Ellos pagan lo que seguro que te deben que es la base imponible mediante la firma de un finiquito por el importe mínimo; cuando esté reparado, verifican y acaban de completar el pago con el IVA contra un finiquito total con renuncia expresa a demanda, etc.
Yo de tí, mañana les mandaba un burofax requiriendo el pago del importe mínimo conocido coincidente con la base imponible por cada uno de los siniestros, conforme a lo establecido en el art 18 LCS 50/1980 dado que ha transcurrido el plazo indicado en dicho artículo (si ya han pasado los 40 días, claro). A continuación recuérdales que si exceden dicho plazo deberán pagarte los intereses que regula el art 20 de la misma Ley.

Asimismo puedes recordarles que deben cumplir si o sí con esta Ley puesto que en el art 2º se establece su carácter IMPERATIVO.
("Artículo 2.Las distintas modalidades del contrato de seguro, en defecto de Ley que les sea aplicable, se regirán por la presente Ley, cuyos preceptos tienen carácter imperativo, a no ser que en ellos se disponga otra cosa. No obstante, se entenderán válidas las cláusulas contractuales que sean mas beneficiosas para el asegurado.")

Si la cosa se tuerce, informa y te comentamos cómo reaccionar sin que te cueste un duro (ni un céntimo).

Por favor, hazme caso y la próxima vez que se te ocurra contratar un seguro hazlo solo con gente que te cuide, que sepa lo que hace y a quien le guste su profesión. Solo así tendrás el resultado esperado de un seguro. Un buen mediador, por experiencia, es tu mejor aliado en caso de desastre.
Un abrazo,

#8

Re: Cobertura de daños esteticos en un seguro del hogar

Hola, estoy esperando que venga el perito a ver los daños de la cocina y ya una vez que pase y me diga en lo que se me valora e informe a mi seguro haber si es posible el ingreso en mi cuenta de la cantidad que el perito dictamine, aunque me extraña lo siguiente, el perito vino a ver los daños en el comedor y al comentarle de que queria repararlo por mi cuenta, me comento de que si tenia un presuspuesto de mi albañil se lo pasara y que si lo veia bien me lo aceptaba, ante lo cual le comente de que el me valorar los daños, y que cuando supiera la cantidad entonces yo veria si por ese dinero me lo podia hacer el albañil mio, ¿no es un poco raro que me solicite el un presupuesto, cuando lo que debe de hacer el es valorar los daños y asignar una cantidad por la reparacion, que mas da que lo repare los albañiles de la compañia que el mio? muchas gracias y un abrazo..

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