Asegurar continente siendo inquilino
No es raro encontrarse con locales comerciales alquilados en los que el propietario acuerda o exige al inquilino que incluya en su seguro de comercio un capital de continente para ahorrarse esa prima.
Mis dudas:
1) El interés asegurable puede existir pero ¿hay/se debe/se puede incluir una cláusula en el seguro especificando que un % del capital es por el continente y otro % por las obras de reforma que en teoría es lo que debe asegurar nada más un inquilino?
2) ¿No es la tramitación del siniestro mucho más complicada?
3) ¿Es legal?