Hola. He estado en contacto con Caridad durante este tiempo (de nuevo gracias por la indicación) y le voy a mandar los papeles esta semana a Cantabria, donde está pasando unos días.
El caso es que nos liamos con el tema de los intereses a reclamar. Ella me cubrió el impreso contando todos los intereses hasta vencimiento del bono. Entiendo que no es así. Yo creo que se contarían desde el 2 de marzo de 2012 (porque el 1 pagaron cupón), y hasta el 1 de marzo de 2013 (cuando impagaron y se les puede considerar insolventes). No obstante, ambas fechas me dan dudas:
-La inicial, porque así les estaría exigiendo el cupón corrido que pagué, o sea los intereses de marzo a octubre 2012. Entendiendo que me subrogué en los derechos del bonista anterior. Esto me parece lo justo, porque el formulario recoge incluso las comisiones soportadas, y me parece que el cupón corrido tiene más justificación de exigirse, que la comisión que haya pagado cada uno, la cual no es culpa de SIC. Pero me queda una pequeña duda de si sólo debería consignar el valor de los intereses desde que el bono es mío. Qué hiciste en tu caso?
- En la fecha final he entendido, al igual que Caridad, que sea la del último cupón vencido, 1 de marzo de este año. No obstante, cabrían otras 2 opciones: a) considerar que me deben los intereses hasta hoy. b) Considerar que no deben intereses desde que se declararon insolventes, o sea antes del vencimiento del cupón a 1 de marzo.
Qué opinas? Qué criterio seguiste?
Muchas gracias.