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10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

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10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
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10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
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#2833

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

Yo he ido esta mañama a bankia y el director me ha comentado que este mes lo cobraremos, y que nos harian el canje a finales de abril, primeros de mayo y supuestamente nos lo pasarian directamente las acciones a la cartilla. Tambien me ha comentado que la quita no se sabe seguro si sera el 13%, depende de el frob

#2834

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

lo mismo q me dijeron a mi

#2836

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

Buenas, un saludo a todos, soy nuevo por aquí, y ando un poco desesperado. Iré al grano. Mi padre tiene puestos en el tema este la friolera de 90000 euros, si, para tirarse de los pelos. No voy a entrar en detalles de todo el tema a no ser que sea necesario, ya que mi padre anda algo desesperado por el desconocimiento este y no sabemos que va a pasar.

Os pido por favor que alguien me aconseje por donde empezar, porque mi padre fue a su banco de toda la vida a preguntar por este tema y le ponen cara de poker, y en mi casa solo sabemos "trabajar" y no sabemos movernos por este mundillo. Necesito algo de ayuda, algunas repuestas, ¿va a perder su dinero? ¿una parte? que parte? ¿estamos a tiempo de reclamar? ¿donde se reclama? no sabemos que hacer, mi padre esto lo llevaba en secreto como unos ahorros para sus hijos y ahora nos encontramos con toda la historia esta.

Gracias de antemano, saludos.

#2837

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

LEED Y MEDITAD PORQUE ESTO TIENE MUCHA MIGA

I. RESUMEN

Se hace constar expresamente que:

(i) Este resumen debe leerse como introducción al Folleto,

(ii) Toda decisión de invertir en los Valores debe estar basada en la consideración por
parte del inversor del Folleto en su conjunto.

Perfil del inversor: Bancaja ha clasificado las obligaciones subordinadas como instrumento financiero complejo de riesgo medio.

"Cotización: Dado que los suscriptores desembolsarán el importe de los valores en alguna de las distintas fechas disponibles, se solicitará la admisión a negociación de los valores en AIAF Mercado de Renta Fija con posterioridad a última fecha de desembolso y se asegura su cotización en un plazo inferior a un mes desde dicha fecha.

De conformidad, con los procedimientos aprobados por la Entidad en desarrollo de la Ley 24/1988, del Mercado de Valores, en su redacción vigente y el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión, en la distribución de este producto, Bancaja ha calificado esta emisión como instrumento financiero complejo de perfil de riesgo medio, lo anterior determina, que con carácter previo a la contratación e el periodo de suscripción se informará a los clientes que:

• Deben cumplimentar el test de conveniencia asociado al producto para valorar el conocimiento y experiencia y en el caso de clientes a los que se preste el servicio de asesoramiento de inversiones el test de idoneidad.

• Está a su disposición tanto el Folleto de Base de Emisión de Valores de Renta Fija registrado en la Comisión Nacional del Mercado de valores con fecha 11 de diciembre de 2008, complementado por los Suplementos al Folleto Base registrados en la CNMV con fecha 29 de enero de 2009 y 24 de marzo de 2009, y deben leerse en conjunto con el mencionado Folleto de Base y su suplemento, así como con el Documento de Registro inscrito en los registros oficiales de la CNMV con fecha 11 de diciembre de 2008.
• Con anterioridad a la contratación de la emisión, se hará entrega al cliente del Resumen informativo de la emisión registrado en CNMV, que deberá ser firmado por el cliente.

• Un copia del Resumen informativo firmados por el cliente, y de la orden de suscripción de la emisión se custodiará por la entidad.

Sindicato de Obligacionistas: Se designa y acepta para el cargo de Comisario del Sindicato de Obligacionistas de la presente emisión a D. Pedro Miguel Baixauli Ridaura con domicilio a estos efectos en Valencia, avenida Cardenal Benlloch nº 67.

En el caso que cualquiera de las agencias de calificación crediticia que han calificado la Emisión o califican al Emisor rebajasen la calificación crediticia (rating) de la Emisión, del Emisor o de cualquier otra emisión del Emisor de naturaleza análoga a la Emisión durante el periodo de suscripción en curso. En este caso, se abrirá un periodo de revocación a favor de los inversores de dos días hábiles a contar desde la publicación por el Emisor de un suplemento a las presentes Condiciones Finales comunicando el descenso en el rating de la Emisión, del Emisor o de cualquier otra emisión del Emisor de naturaleza análoga a la Emisión. En dicho periodo de revocación, los inversores que así lo deseen, podrán revocar las solicitudes de suscripción presentadas en el periodo de suscripción en el que se comunicó la bajada del rating correspondiente.

2. Normativa aplicable: La Emisión se efectúa de conformidad con la legislación
española que resulte aplicable al Emisor y a los mismos. En particular, se emitirán de conformidad con la Ley 211/1964, de 24 de diciembre que regula la emisión de obligaciones, Ley 24/1988 de 28 de julio, del Mercado de Valores, Real Decreto 1310/2005, que desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos, la Ley 13/1985, de 25 de mayo, sobre coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros, Ley 13/1992, de 1 de junio, de recursos propios y supervisión en base consolidada de las entidades financieras, Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero de recursos propios y demás legislación vigente.
La Emisión se ha realizado al amparo del Folleto Base de Emisión de Valores de Renta Fija del Emisor registrado en CNMV el 11 de diciembre de 2008, que se ha elaborado siguiendo los modelos previstos en el Reglamento (CE) nº 809/2004 de la Comisión, de 29 de abril de 2004, relativo a la aplicación de la Directiva 2003/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a la información contenida en los folletos, así como al formato, incorporación por referencia, publicación de dichos folletos y difusión de publicidad.

34. Representación de los inversores: Sindicato de Obligacionistas

3. ACUERDOS DE EMISIÓN DE LOS VALORES Y DE CONSTITUCIÓN DEL
SINDICATO DE OBLIGACIONISTAS.

De conformidad con el epígrafe 4.10 del Folleto de Base al amparo del que se realiza la presente emisión de valores, y según las reglas y Estatutos previstos en él en relación con la constitución del Sindicato de Obligacionistas, para la presente emisión de valores se ha procedido a la constitución del Sindicato de Obligacionistas denominado Sindicato de Obligacionistas de la 10ªEmisión de Obligaciones Subordinadas de Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, cuya sede social se fija a estos efectos en Valencia, avenida Cardenal Benlloch nº 67.
De la misma forma, se ha nombrado Comisario del Sindicato de Obligacionistas a D. Pedro Miguel Baixauli Ridaura quien tendrá las facultades que le atribuyen los Estatutos incluidos¡ como Anexo a las presentes Condiciones Finales y que ha aceptado el cargo.

4. ACUERDOS DE ADMISIÓN A NEGOCIACIÓN
Se solicitará la admisión a negociación de los valores descritos en las presentes “Condiciones Finales” en AIAF Mercado de Renta Fija con posterioridad a la última fecha de desembolso (6 de julio de 2009) y se asegura su cotización en un plazo inferior a un mes desde dicha fecha.
Las presentes Condiciones Finales incluyen la información necesaria para la admisión a cotización de los valores en el mercado mencionado anteriormente

5. REGLAMENTO DEL SINDICATO DE OBLIGACIONISTAS

Se adjunta como anexo a las presentes Condiciones Finales el Reglamento del Sindicato de Obligacionistas

El pago de intereses se suspenderá en el supuesto de que la Entidad de crédito haya presentado perdidas en el ejercicio anterior al de devengo de intereses.

#2838

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

¿Crees que ahora se podría constituir ese sindicato? Por fin veo una respuesta efectiva. El dejarnos manipular por quienes nos han quitado el dinero no es práctico.

Desde mi punto de vista debemos emprender acciones por la vía penal que además es gratis y no necesita abogado contra quienes nos estafaron vendiéndonos un producto disfrazado. Eso se llama estafa y está contemplado en el código penal. Desde ahí se puede pedir responsabilidad civil. Y es una posibilidad de recuperar nuetro dinero por otra vía.

Yo por mi parte sigo buscando a estafados por BANCAJA de Moratalaz para apoyarnos como testigos

#2839

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

Barbera, vamos todo un despropósito, lo han incumplido todo, es eso?, si lo ponemos todo en la demanda, al juez lo vamos a marear, esto es para mear y no hechar gota, ahora me estoy dando cuenta que el fulano bankiano, me cancelo anticipadamente el plazo para meternos esta maravillosa emisión, menos mal que los directores no sabian lo que hacían, que si llegan a saberlo....

#2840

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

Yo he pedido la documentación que, por cierto, no me dieron en su momento, pero ni caso.

Seguro que están esperando para hacerme otra jugada y encima tengo una hipoteca con ellos por lo que no puedo quitarles las cuentas.

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