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10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

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10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
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10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
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#1137

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

Entonces... Por lo que estoy leyendo... ¿Cualquier quita superior al 7% es rentable la demanda?

#1138

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

Hola buenas tardes a todos,

Estoy de acuerdo con Petermoth. De hecho la actitud de algunas personas, empecinadas en no querer oir consejos y transmitiendo miedo y negatividad a los demás (...tú verás lo que haces, ...si demandas perderás más dinero, etc, etc...) ha provocado que casi ni entre por este foro.

Cada uno es muy libre de hacer lo que quiera, pero dando información objetiva e intentando no transmitir pesimismo a los demás.

Yo ya dejé muy clara mi posición: La única vía para recuperar el dinero es la JUDICIAL (demanda CIVIL), intentando conseguir la nulidad del contrato de la DS. Mi consejo, y lo repito por enésima vez, es coger toda la documentación y acudir a un buen abogado experto en banca (basicamente con experiencia en SWAP's, ya que sobre PP/DS hay poca jurisprudencia (imagino que muchas demandas en trámite pero pocas resueltas)). Yo recomiendo buscar abogados que trabajen a comisión sobre lo recuperado.

Mi abogado tieme casi lista la demanda, nos falta el peritaje, que estará listo esta semana. La presentaremos a primeros de noviembre.

Respecto al peritaje es opcional, pero puede ayudar bastante al juez para resolver favorablemente la sentencia. Pensad que un juez de Primera Instancia ve casos de todo tipo y que quizás lo máximo que podrá dedicar a tucas es media hora, un peritaje económico, bien desarrollado, BREVE (10-12 folios, no más) y sin tecnicismos (el Juez no tiene porqué saber de Economía) le puede clarificar bastante el tema. Yo considero el peritaje como una inversión de cara al éxito del proceso.

Que cada uno haga lo que quiera (..o pueda) respecto a todo esto.

Respecto al foro, voy entrando muy esporádicamente (la actitud de algun@ forer@ me cansa bastante). Si alguien necesita algo que me contacte por privado.

#1139

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

Hola Vicefran,

La imposición de las costas judiciales la determina el JUEZ. En nada tiene que ver que el informe de la CNMV sea favorable o desfavorable.
Tú acudes a juicio con la demanda (preparada por tu abogado), toda la documentación pertinente y (muy aconsejable) el peritaje económico (si puede ser facilitado por un Economista Censor jurado de Cuentas)
Una vez resuelve el juez tienes tres posibilidades:
- Ganas (normalmente se incurren las costas al contrario (recuperarías lo invertido en tu abogado, perito, procuradores, etc). (El dinero gastado en ansiolíticos y/o tilas y valeriana no te lo devuelven...).
- Pierdes, y el juez te imputa las costas.

- Pierdes, y el juez no imputa costas a ninguna de las partes.

En cualquiera de los casos existe la posibilidad de presentar un Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial, para lo que la parte perdedora dispone de 20 días hábiles, si pasa ese plazo y, por la razón que sea, no ha presentado Recurso, la Sentencia se considera firme.

Y, respecto a la provisión de fondos me parece muy extraño que no la pidan. ENtiendo que igual su abogado trabaja a comisión y solo cobra si gana, pero,¿Los Procuradores y los gastos que genera presentar una demanda vía civil quién los asume? ¿APACBANK?.La Justicia no es gratis.
Informate muy bien sobre estos aspectos, y pide el contrato al abogado que vaya a recurrir con TODOS estos detalles aclarados, que luego la sorpresa puede ser desagradable.

Suerte.

#1140

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

Hola Geles,

Creo recordar que ya te lo comenté hace tiempo pero, por si acaso, te lo vuelvo a repetir:

En caso de declarar la nulidad del contrato de DS tiemes que reintegrar el 100% del capital abonado por la Entidad en concepto de intereses, PERO la ENTIDAD te tiene que abonar, desde la fecha de celebración del contrato hasta la fecha de la Sentencia una cosa que se llama INTERÉS LEGAL DEL DINERO, y que viene estipulado por LEY (¿quién habla de plazo fijo?), y, desde la fecha de la Sentencia hasta que la Entidad te abone el capital contratado, el ILD más 1 punto (denominado INTERÉS DE DEMORA). Estos tipor de interés se modifican anualmente. En la Web:
http://www.reicaz.com/normaspr/tablasdi/tbldiner.htm

Puedes consultar los tipos vigentes en cada año.
Como verás la perdida será pequeña, ya que en el 2009 regía un ILD del 5,5 % (La DS abonaba un 7,25%), en el 2010, 2011 y 2012 el ILD está fijado en el 4%, con lo que el diferencial es algo mayor hasta julio del 2011 (en que se dejaba de pagar el 7,25 para pasar a Euribor+3,90) con lo que el diferencial es mínimo a partir de esa fecha.
Respecto al Procurador, éste cobra en función del capital reclamado, en:

www.cgpe.es/doc/Arancel/ArancelProcuradores.doc

Web del Colegio de Procuradores de España, encontrarás la tabla con los tramos y los importes.

Antes de dar una información que pueda desanimar a los demás hay que contrastarla.

#1141

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

La demanda es rentable en función del capital que tengas invertido, y de las posibilidades de éxito que tengas. Nadie sabe cómo quedará el tema de la quita, así que todo lo que se pueda decir aquí es humo y hablar del sexo de los angeles.

Cada caso es un mundo, así que mi consejo es que acudas a un buen abogado experto en temas económicos y que analice tu caso (muchos no cobran la primera visita). Después, con lo que él te diga, ya será el momento de valorar si interesa o no demandar (valorar costes de abogado, procuradores, peritaje (recomendable pero no necesario), etc), y la posibilidad de asumir costas judiciales en caso de perdida de la demanda.
Yo creo que para importes superiores a 25000 Euros interesa acudir a la demanda (siempre que tengas posibilidades de ganar, eso te lo dira tu abogado). Para importes menores si se estableciese un arbitraje creo que sería mejor opción.

Saludos,

#1142

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

Jajajá!!! Buenísimo!!

Citado por Mister Cross en el foro de DS de Catalunyaaixa (os recomiendo pasaros por él):

Curiosa teoría económica que se ha anunciado en Estados Unidos. El
tipo se llama Marc Faber. Es analista de inversiones y empresario.

En junio de 2008, cuando el Gobierno Bush estudiaba lanzar un proyecto
de ayuda a la economía americana, Marc Faber escribía en su boletín
mensual un comentario con mucho humor:

"El Gobierno Federal está estudiando conceder a cada uno de nosotros
una suma de 600,00 $.
Si gastamos ese dinero en Walt-Mart, ese dinero va para China.
Si gastamos el dinero en gasolina, va para los árabes.
Si compramos un ordenador, el dinero va para la India.
Si compramos frutas, irá para México, Honduras o Guatemala.
Si compramos un buen coche, el dinero irá para Alemania o Japón.
Si compramos tonterías, se va para Taiwan, y ningún centavo de ese
dinero ayudará a la economía americana.
El único medio de mantener ese dinero en USA es gastándolo con putas o
cervezas, considerando que son los únicos bienes todavía producidos
aquí.Yo, estoy haciendo mi parte..."

Respuesta de un economista ESPAÑOL, igualmente de buen humor:

"Estimado Marc:

Realmente, la situación de los norteamericanos es cada vez peor. Y
lamento informarle que la Budweiser fue, recientemente, comprada por
la brasilera AmBev. Por lo tanto, le quedan solamente las putas.

Ahora, si ellas (las putas), decidieran mandar su dinero a sus hijos,
le advierto que esos dólares vendrían casi en su totalidad hacia el
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS DE MADRID, donde existe la mayor
concentración de hijos de puta del mundo".

Gracias Mister Cross!!, me has hecho reir un buen rato, y te aseguro que me hacía falta!!

#1143

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

En el asunto de las costas también hay que recordar que no solo existe tu abogado y tu procurador sino también los de la parte contraria, si se pierde el juicio y te condenan a pagar las costas quizas tu abogado y procurador vayan a comisión o te cobren poco pero el abogado y procurador contrarios no perdonaran.

#1144

Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja

Por experiencia propia he tenido algunos juicios, cuando ganas no hay problema porque el contrario paga las costas de los dos abogados y los dos procuradores, pero si pierdes y te condenan a costas tienes tu que pagarles a los cuatro.

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