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Deuda subordinada de cajastur

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Deuda subordinada de cajastur
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Deuda subordinada de cajastur
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#489

Re: Deuda subordinada de cajastur

1,11 euros es el resultado de dividir la valoración que le dieron los expertos (1.113 millones) entre el número de acciones que tenían las cajas y algunos inversores que entraron (1.000 millones). Pero aquí la "salida a bolsa" es diferente a otras salidas a bolsa, donde lo habitual es hacer una campaña de publicidad para que los inversores compren acciones a un precio determinado, (lo que se llama una OPV). Por lo tanto cuando hay una OPV hay un precio de salida (el precio al que los anteriores dueños venden las acciones que ellos ya tenían o al que se ampia capital normalmente con una prima de emisión).
Pero en Liberbank no hay venta de las acciones al público en general, lo que hay es un canje con los que tienen los híbridos, y esos serán los nuevos accionistas, que podrán vender las acciones al precio que las compren o quedárselas y venderlas en el futuro cuando lo necesiten o cuando piensen que la cotización es buena.
Salidas a bolsa de las primeras hay que recordar Criteria (que después se ha convertido en Caixabank) y Bankia. La primera no ha sido muy mala, la segunda fatal.

#491

Re: Deuda subordinada de cajastur

Efectivamente, al no cotizar todavía no han publicado los resultados de 2012. Las cotizadas tienen como plazo el mes de febrero.
Pero creo que tendrán que dar el balance al 31.12.2012 en el folleto de emisión de las acciones.
Date cuenta que ahora lo que han hecho es un anuncio, pero sujeto a la autorización por la CNMV del folleto de emsión de los valores, en el que deben aparecer los últimos balances.
Está anunciado que ese folleto se debe publicar antes del 14, ya que mientras que no se publique no se podrá empezar el plazo de aceptación de la oferta.

#492

Re: Deuda subordinada de cajastur

Muchas gracias Jaloke. Desconocía ese artículo. Pensaba que de los 1100 y pico millones habría que descontar las pérdidas del ejercicio 2012 por dotación de provisiones y por las aplicadas en las que se hubieran quedado cortos, etc. Me queda mucho más claro con tu respuesta :-)

Muchas gracias a asdebastos también por sus aclaraciones

#493

Re: Deuda subordinada de cajastur

Yo sigo teniendo dudas con los bonos convertibles en acciones, esta vez prefiero informarme muy bien y no pecar de inocente y fiarme de lo que me cuenten en el banco pensando que, por ser según ellos "buen cliente", puedo depositar mi confianza en los consejos que me den pensando que van a buscar la mejor solución para mí. Dejando de lado que en el caso de liberbank, ahora mismo mi confianza en ellos es cero.
Pues buscando sobre el nuevo producto que nos quieren colocar me encontré con este artículo, no se si objetivo o no, por eso pregunto a gente que pueda estar más informada sobre el tema, en el que se describe en su primera parte algunas características de los bonos convertibles que creo que no se comentaron y me gustaría saber si son ciertas.
Aquí esta el artículo completo:
http://laeconomiadelosconsumidores.adicae.net/?articulo=644
Y aquí el parrafo donde se explican las características que me generan dudas:
"El contrato que el ahorrador suscribe con el banco guarda dos sorpresas que en las oficinas consultadas no se nombran. Por un lado, existen condiciones para que el cliente reciba sus cupones periódicos de intereses. Los bancos sólo pagarán los intereses si poseen suficiente beneficio distribuible en cada año, si la evolución económica y financiera así lo aconseja y si la situación de los fondos propios es la adecuada. Dicho de otro modo, la rentabilidad prometida no está garantizada. Por si fuera poco, habitualmente las entidades financieras imponen una prima en el momento del canje de las acciones. Esto significa que en el momento de convertir el bono en acciones se valora la acción de la entidad por un precio superior al de su cotización. Entonces, se reciben menos acciones de las que correspondería."

No se si lo estaré interpretando mal, si estan hablando de un producto distinto y no me empano o qué, pero esa parte no me da muy buena espina..

#494

Re: Deuda subordinada de cajastur

Con independencia que a mi personalmente Adicae no me gusta (en el fondo "viven" de que los ahorradores son siempre perjudicados, y por ello siempre apuestan por afiliarte y demandar, lo que significa cuotas y honorarios), en ese párrafo del artículo lo que exponen es cierto.
Realmente cuando tienes un bono convertible (y fundamentalmente los necesariamente convertibles) tienes las características de las acciones (de hecho te han dado acciones de forma retardada), es decir cobras dividendos (si hay beneficio) pero aquí sabes que durante un tiempo esa retribución está prefijada, soportas pérdidas si la entidad se liquida, pero no tienes derechos políticos (voto ni derecho preferente de suscripción).
Si es CoCo, la única diferencia con el necesariamente convertible es que al final de la historia te puedes encontrar con el dinero y no con las acciones, a voluntad de la empresa, pero eso no lo sabes al principio, ellos pueden elegir una cosa o la otra.
Ojo, que algunas subordinadas también suspenden o eliminan el pago del cupón si no existen beneficios.
Para saber concretamente las condiciones de la suspensión del pago de intereses hay que ir a los folletos de emisión.
El de esta nueva emisión de bonos todavía está pendiente de registrar en la CNMV. Por eso todavía no pueden aceptar órdenes de canje.

#495

Re: Deuda subordinada de cajastur

Lo de la prima de emision esta claro que no, habra que leerse lo que publique la CNMV, pero en el hecho relevante hablan de la media de los 15 dias anteriores al canje o algo asi (no lo tengo ahora mismo a mano)

#496

Re: Deuda subordinada de cajastur

cuando podremos conocer con exactitud la "quita" que impondrá el FROB sobre la deuda subordinada de cajastur?. Yo creo que seria necesario saber la magnitud del tijeretazo antes
de optar por aceptar el canje.Quizás por eso no nos lo digan,porque nos quieren conducir cual manada borreguil al canje.Para los que o vamos muy cargados quizas la perdida sea perfectamente asumible.(compensando con los cupones percibidos hasta la fecha).

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