CAM deja de pagar pref.. ya se suponía pero...
A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
A los efectos previstos en el artículo 82 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del
Mercado de Valores, Banco CAM, S.A.U. comunica el siguiente
HECHO RELEVANTE
De acuerdo con los apartados 0.1.2 y 0.2.1 del folleto de la emisión de Deuda
Subordinada Especial, con fecha de registro del 11 de noviembre de 2003 y
código ISIN ES0214400048, el pago de los intereses estará condicionado al
supuesto de que la cuenta de resultados de la Entidad no haya presentado
pérdidas en el ejercicio anterior. Como consecuencia de los resultados publicados
por Banco CAM correspondientes al ejercicio 2011, no se efectuará al abono de
los intereses previsto para el 15 de febrero de 2012.
Asimismo, de acuerdo con los apartados 0.1.2.2.6, 2.4.1.2.1 y 2.10 del folleto
de emisión de Participaciones Preferentes Serie A, con fecha de registro del 15 de
marzo de 2001 y código ISIN KYG1793R1020 y del folleto de emisión de
Participaciones Preferentes Serie B, con fecha de registro 17 de mayo de 2002 y
código ISIN KYG1793R1103, el pago de la remuneración está condicionada a la
existencia de Beneficio Distribuible suficiente, según se define en el apartado
2.10.1.b.1 de ambos folletos. Considerando los resultados publicados por Banco
CAM correspondientes al ejercicio 2011, no se procederá a realizar el abono de
intereses de las emisiones anteriores previsto para el próximo 15 de febrero de
2012.
Alicante, 14 de febrero de 2012