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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

PREFERENTES BANKIA: CARTA DE EUROPA, DE LA QUE DE GUINDOS NO DICE NI "PÍO".
Reproduzco en el blog, la carta recibida por el Sr. de Guindos, el día 17 de julio del presente 2013, en la que se le pedía que informase a la Unión Europea de las medidas tomadas, para la devolución de nuestros ahorros. Como hasta ahora han sido nulas o deficientes, creo que debemos poner en conocimiento de todos los españoles, la postura tomada por Europa en nuestro favor y la de De Guindos en favor de la Bankia insaciable, a la que continua ayudando y permitiendo. Debemos divulgarla hasta la extenuación, hasta que llegue al último rincón de la geografía española y que traspase los Pirineos e invada Europa, o estamos perdidos con esta gentuza.

Hay que mandar, e-mail, colgarlo en TODAS LAS REDES SOCIALES...¡¡Que todo el mundo sepa el toque que ha recibido De Guindos, desde Europa y, que se lo pasa por el forro. No basta con que lo leáis y os deis por enterados, no. Hay que actuar en nuestra defensa, si queremos que nos devuelvan lo robado, hay que decírselo a todo el mundo. En la Tele, en la Radio, En la Prensa de papel y digital, y si se puede..., colgar papelitos anunciándolo en las patitas de los pajaros.

¡Que nadie quede sin saber lo que hace De Guindos, en contra de los ahorradores españoles!

http://estafapreferentesbankia2009.blogspot.com.es/search?updated-min=2013-01-01T00:00:00%2B01:00&updated-max=2014-01-01T00:00:00%2B01:00&max-results=50

#34178

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

***XX!!???++çÇÇÇç (sin más comentarios)

#34179

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Carta publicada en primera página en periódico digital mediante tuit que he enviado. Es un periódico on-líne sobre Preferentes y productos tóxicos al que podéis suscribiros de forma gratuita. El periódico lo envían al correo diariamente

El periódico se llama PREFERENTES, DEVOLUCIÓN INTEGRA

#34180

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Gracias Silvia por extender la noticia de la carta por todos los medios posibles. ERES UNA MUJER COJONUDA!!!
A ver si obligamos de alguna manera a este "CARBON" a que dé la cara. Y por favor a los demas ¡¡ANIMO!! y colocarlo donde podais, porque aunque os parezca que no va a ningun sitio ¡NO ES CIERTO! les llega todo absolutamente todo lo que hagamos..............OS LO ASEGURO!!!

#34182

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Hola a todos, voy a permitirme comentar la sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca. Desde mi ignorancia, puedo decir algunas tonterías, cosa que sabréis disculpar, pues son debidas a mi falta de conocimientos y no a mi mala fe.

Desde el principio, me ha dado la impresión, que los jueces de la AP de Salamanca desconocían la verdadera naturaleza de las PPs, al menos las emitidas por Caja Madrid. Tengamos en cuenta que estas varían enormemente si están emitidas por una entidad saneada (Santander, BBVA), o por una prácticamente quebrada como estaba por aquellas fechas Caja Madrid. Por lo tanto el tratamiento debe de ser completamente diferente.

Añadir a esto que la presión sobre los directores y comerciales, no debía ser ni mucho menos idéntica. En Caja Madrid, se jugaban su existencia. Esto queda más que demostrado con los correos que recientemente han aparecido de Miguel Blesa.

También quiero poner un toque personal al asunto, el afectado era un portero de 76 años en una finca urbana, por lo tanto una persona con conocimientos básicos, no un lince experto en inversiones como Bankia quiere hacer creer. Presumo que esos ahorros serian el fruto de muchos años de trabajo y sacrificios, ya que el salario no sería como para hacerse rico, ni mucho menos inversor cualificado. Mi madre de 86 años, de joven vivió unos años con una tía, también portera de una finca, en aquellos años no se disponía en la mayoría de las fincas de ascensor , cuenta entre otras anécdotas, como algunos “señores”, dejaban las bolsas de las compras en las porterías para que las subieran las porteras, cosa que ella misma hacia en muchas ocasiones, y como algunos de esos “señores”, en lugar de darle una pequeña propina, para evitarse esta, no solo no se molestaban en darles las gracias, sino que además le acusaban de haberles estropeado las compras. Cuento esto, para que sepamos, como y con cuantos esfuerzos y sacrifico reuniría este señor sus ahorros, para que Blesa, y otros listillos pudieran ir de cacerías y darse la vida padre a su costa.

A) La orden de compra se firmo el 26 de junio de 2011, la CNMV, ha dicho por activa y por pasiva que las compras en el mercado interno eran irregulares, (recordemos que por aquellas fechas se hacían en este mercado, fue el 11 de noviembre de ese año cuando la CNMV, les hizo cerrar el mismo), estas se hacían a un valor superior al real, favoreciendo con ello a los vendedores y a la entidad, en detrimento de los compradores. Luego ya desde el primer momento este señor fue engañado (estafado), colocándole un producto a un precio que no era real.

B) Bankia dice, que no presto asesoramiento, ¿Qué iba a decir?. Normal, un ex portero de finca se desayuna todos los días con la lectura del Financial Times, Expansión, Cinco Días, etc., seguramente conocía al dedillo todas las emisiones de PPs, por eso su gran interés en comprar las de Caja Madrid. Algunos mal pensados entre los que me incluyo, creemos que en caso de tener el mas mínimo conocimiento acerca de las PPs, de Caja Madrid, lo último que se le hubiera pasado por la imaginación hubiera sido comprar las mismas. Por eso los inversores especializados, compraron tantas. (creo recordar que ni una sola). Por esto no es aventurado deducir que sin el asesoramiento de la entidad, que actuaba en su propio interés, no iba a permitir que se quedaran sin vender, y se descubriera el pastel, ni este señor ni nadie hubiera comprado una sola PPs, mucho menos en el mercado interno.

C) Que el comprador estaba en pleno uso de sus facultades. Lo cual no implica, ni por asomo que tuviera conocimientos financieros, mas allá de haber comprado, con el producto de sus ahorros, no lo olvidemos, en una sola ocasión anterior PPs, de Endesa. Dice el dicho que una flor no hace primavera, cabria añadir, en este caso, que comprar en una ocasión PPs, no convierten a una persona en inversor, ni experto en PPs.

D) Información facilitada con carácter previo. Más de un juez ha reconocido que la información prestada en los folletos o tríptico, (quiero pensar que se refieren a ese documento), no puede ser entendida por una persona con cocimientos medios, menos aun por quien tan solo dispone de conocimientos básicos.

F) El empleado le había “ilustrado”, se ilustra en los colegios y en las instituciones de enseñanza, en las entidades financieras, a la “ilustración” se le llama asesoramiento.

G) Se negocian en un mercado organizado y secundario. Nueva mentira, es allí donde las debería de haber adquirido, y donde la CNMV, unos meses después les obligo a venderlas, pero a este señor se las vendieron en un mercado interno, irregular y manipulado. Ya la CNMV, por esas fechas, había advertido a las entidades acerca de las deficiencias de dicho mercado. En el mismo folleto de emisión ponía que antes de un mes estarían cotizando en el mercado secundario, y dos años después no lo hacían, ¿ a que era debido?, se trataba de interés de los compradores o de los vendedores y emisores.

H) Quiero presumir que la información facilitada se referirá al tríptico, o al esquema de los siete folios, información que una persona con conocimientos básicos, comprende a la primera, y sin ningún tipo de ayuda ni aclaración. Presumo que alguno de estos jueces hubiera tenido serias dificultades para entender gran parte de la misma.

I) El adjetivo preferente no significa privilegio. Es el único lugar, al menos que yo sepa, que preferente, no indique una situación de prioridad, sino justo lo contrario, indica exactamente que no se goza de ningún derecho y se esta a la cola de todo, tan solo por delante de los accionistas, pero como Caja Madrid no tenia, quería decir que se era el último en todo. Esto no es retorcer el significado de la palabra, es exactamente utilizarla para equivocar a sabiendas a la otra parte, haciendo que centre su atención en una cosa cuando la realidad es completamente distinta.

J) Se enumeran los riesgos. Obviando los más importantes, la manipulación de las cuentas y que la entidad está en realidad quebrada.

K) Los riesgos son entendidos. Por un ex portero, ni de coña, con perdón, no los hubiera entendido ni un inversor medianamente cualificado.

L) Había comprado con anterioridad PPs de Endesa. La diferencia es que se trata de una compañía seria y bien gestionada, y no una entidad mal dirigida y en la quiebra mas absoluta como Caja Madrid.

M) Tenia Obligaciones de Caja Madrid. Seguramente compraría las Obligaciones asesorado por el mismo comercial o director.

Tenia acciones. Compradas un mes después de las PPs, en julio de 2011. Gran negocio como se ha demostrado, acciones que en realidad valían nada más y nada menos que un 95% menos de su precio de venta. Las cuentas de 2011, estaban completamente falseadas, dando unos beneficios de 300 millones de euros, cuando en realidad arrojaban unas pérdidas de 3.000 millones, una pequeña diferencia de casi nada.

N) El empleado le informó. ¿De que de la situación de quiebra de la entidad?, ¿Qué tipo de información le proporciono? ¿La que interesaba al cliente o la que le convenía a la entidad?.

#34183

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

O) Acudía a su banco a pagar recibos, realizar ingresos, reintegros, etc. ¿Y quién no lo hace?¿qué tiene que ver el tocino con la velocidad?¿por qué pague recibos ya está capacitado para entender el funcionamiento de los mercados financieros?.

P) En el primer año recibió beneficios o intereses. Serian cupones, y del primer año nada de nada. Como dijo Manuel Conthe, en una de sus muchas ocurrencias, no vale lo mismo una oveja preñada que una oveja parida. Las PPs, se vendían a cupón corrido, lo cual quiere decir que no se pagaban los cupones del tiempo transcurrido, o sea que si compro el 26 de junio de 2011, solo cobraría desde ese día hasta el 7 de julio, en que se pagó el siguiente cupón, después cobraría en octubre, enero y abril, en que se dejaron de pagar los cupones; o sea de de un año nada, nueve meses y unos días.

Q) Cuando dejo de percibir “intereses”, reclamo. Les traiciona el subconsciente, ellos mismos lo asimilan a un plazo fijo, igualito como hacían los comerciales en las entidades, para colocarlo mejor a los incautos. Cualquiera de nosotros reclamamos al encontrar una deficiencia en el producto adquirido, nadie puede presuponer que no tendrá el funcionamiento adecuado, hasta que este no se produce.

R) CC 1266. 1º que derive de hechos desconocidos por el obligado voluntariamente al contratar (no podía saber que la entidad estaba quebrada), que no sea imputable a quien lo padece (la quiebra no es imputable al comprador de PPs), y que exista un nexo causal entre el mismo y la finalidad que se pretendía en el negocio jurídico concertado (ocultar la quiebra de la entidad con la captación de nuevos recursos).

S) Para que el error en el objeto, al que se refiere el párrafo primero del artículo 1.266 del Codigo Civil, pueda ser determinante de la invalidación del respectivo contrato (en el aspecto de su anulabilidad o nulidad relativa) ha de reunir estos requisitos fundamentales: a) que sea esencial, es decir, que recaiga sobre la propia sustancia de la cosa, o que esta no tenga alguna de las condiciones que se le atribuyen, y aquella de la que carece sea, precisamente la que, de manera primordial y básica, atendida la finalidad del contrato, motivo la celebración del mismo; y b) que, aparte de no ser imputable al que lo padece, el referido error no haya podido ser evitado mediante el empleo, por el que lo padeció, de una diligencia media o regular, teniendo en cuenta la condición de las personas no solo del que lo invoca sino de la otra parte contratante, cuando el error pueda ser debido a la confianza provocada por las afirmaciones o la conducta de esta (SSTS, de 6 de junio de 1953, 27 de octubre de 1964 y 4 de enero de 1982), es decir que el error sea excusable, entendida esa excusabilidad en el sentido ya dicho de inevitabilidad del mismo por parte del que lo padeció,
¿Cómo iba a saber el comprador que la entidad estaba quebrada? ¿Qué diligencia media o regular podía emplear el ahorrador para conocer las cuentas verdaderas de la Caja?

T) ….en la idea de que cada parte debe informarse de las circunstancias y condiciones que son esenciales o relevantes para ella en los casos en que tal información les es fácilmente accesible y que la diligencia se aprecia además teniendo en cuenta las condiciones de las personas.
A un portero no le es fácilmente accesible la información respecto a una entidad bancaria, mucho más si tenemos en cuenta su condición

U)…así es exigible mayor diligencia cuando se trata de un profesional o de un experto, siendo, por el contrario, menor, cuando se trata de una persona inexperta que entra en negociaciones con un experto…..
En este, y todos los casos el profesional o experto seria el comercial de la entidad, y no el cliente portero, simple trabajador, ama de casa, etc.
Documento que es claro, terminante y transparente pues expresa los riesgos que existen al contratar participaciones preferentes.
El documento no dice una sola palabra acerca de la situación contable de Caja Madrid. Cualquiera entiende, y es de suponer que los mismos jueces de la Audiencia de Salamanca, que no existen los mismos riesgos de estrellarse, si se viaja en un avión con todas las partes funcionando bien, que en otro con un funcionamiento defectuoso, estando además investigado por los organismos de control al respecto. Es cuando se oculta este funcionamiento deficiente cuando se está corriendo un riesgo innecesario, que en caso de conocerlo, nadie hubiera jamás corrido.

V)….pues en las relaciones con los bancos hay que ser cauto por la posibilidad de que incluyan clausulas o estipulaciones que siempre irán a su favor. (incluso ocultación de su verdadera situación económica, cabria decir). Con una diligencia media o regular el actor hubiera percibido los inconvenientes que presentaban las preferentes. (Volvemos a lo mismo, no se corre el mismo riesgo volando en un avión con un funcionamiento correcto que en uno averiado, y no hay opción alguna para que un simple pasajero pueda conocer este extremo por mucha diligencia media o superior que pueda emplear).

W)…. Pues con Caja Madrid había tenido relaciones financieras anteriores….¿Cuando? El mantener una cuenta abierta para ingresos y pagos, no significa relaciones financieras, las obligaciones las adquirió un año antes, el tener un solo producto anterior y asimilarlo a relaciones financieras es forzar demasiado el argumento, y las acciones tan solo un mes después, hay que ver como le salieron ambos negocios, siendo nuevamente engañado ¿acaso en algún momento se le informo de la verdadera situación de la entidad?

X) …proteja a quien ha padecido el error, en cuanto este no merece esta protección por su conducta negligente… ( a buenas horas un simple ex portero iba a tener acceso a las verdaderas cuentas de la entidad, iba a interpretar correctamente el contenido del folleto de la emisión, o a saber las investigaciones de la CNMV).

Y) …cada parte debe informarse de las circunstancias y condiciones que son esenciales o relevantes…. Una parte lo tiene muy fácil, traigamos a colación nuevamente los correos que han aparecido recientemente, esta sabia el cómo y porque sacaba al mercado entre sus clientes ahorradores las PPs ( estaba en la ruina, y no los querían los institucionales), la otra no tenía ni la más remota idea, además sus medios para acceder a esta información eran nulos.

Z) Para terminar, en mi opinión, que no tiene valor alguno, aparte de expresar mi malestar y rechazo ante una sentencia que en nada comparto ni comprendo, considero que en este caso los jueces han meado fuera de tiesto (con perdón).

#34184

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

¿Se te han acabado los comentarios o el abecedario? Si es por esto último, puedes seguir con el griego, el chino o el sánscrito. ¡¡¡Vaya pedazo post te has marcado¡¡¡ Enhorabuena.

La lástima para el demandante es que tú no seas miembro de la Audiencia Provincial de Salamanca, porque has rebatido con lógica, acierto y meridiana claridad todos los razonamientos jurídicos de la sentencia. Viendo este tipo de fallos (nunca mejor dicho lo de fallo), da que pensar si algunos jueces están preparados para desempeñar su función, que se supone que es aplicar las leyes e impartir justicia.

Un saludo.

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