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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#10897

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Leete el post 10866, yo creo que clarifica, en parte, el asunto. Saludos. Incluyo esta pequeña broma ya que con el partido de hoy, los madridistas lo tenemos claro..... ( de jorobado quiero decir)

#10898

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Si ya lo leí esta mañana pero me gustaría que lo confirmaran, si es cierto lo que dice el articulo, una vez aprobado el decreto quedaría agotada la vía judicial así que tendríamos que darnos prisa.

#10899

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Incluyo un enlace pero fijaros en el último párrafo.
http://economia.elpais.com/economia/2012/08/23/actualidad/1345715926_390409.html
"Bruselas y el Banco de España negocian un trato específico para los clientes de estas entidades en el que tendrían que asumir pérdidas en un primer momento y, de forma opcional, podría recuperar el resto de su inversión mediante el cobro de intereses durante varios años si mantienen el título por el que se canjearían las preferentes. La nueva norma es clara: las entidades que reciban ayudas públicas deberán recomprar las participaciones preferentes a un precio “que no puede exceder el valor de mercado”, aunque “teniendo en consideración las primas o descuentos que sean conforme con la normativa de la UE en materias de ayudas del Estado”, un asidero legal al que enganchar la fórmula extraordinaria que se negocia para los clientes de las entidades nacionalizadas."

#10901

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Según mis fuentes, lo que presuntamente pretenden sería una EXPROPIACIÓN ILEGAL. Pero está por verse que eso se pueda incluir finalmente en el Decreto-Ley. Yo, sinceramente no me creo que puedan llegar a todo esto, porque sería agrandar aun más la Estafa, y además qué necesidad tienen de llegar a tanta calamidad?? Me parece inverosímil. En todo caso, no está de más asesorarse rápidamente sobre los pasos a dar en los próximos días-semanas. Hasta que no se concrete las condiciones del cnnje y se ejecute yo creo que tendremos tiempo para demandar para conseguir la NULIDAD DE CONTRATO, sea por vicio del consentimiento o tal vez por otros motivos, no lo descartéis. Preguntad bien a los abogados, y que se dejen de presumir de si han ganado o dejado de ganar casos en el pasado. Que os den explicaciones claras y los pasos a seguir a corto plazo. Existe el asesoramiento antes de decidir con quien demandar.

#10902

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Dice un abogado en otro foro: (Ya os podéis imaginar quien es el abogado y en qué foro)

Buenas tardes a tod@s:

Mañana, en el habitual y odiado Consejo de Ministros de lo Viernes, el Gobierno tiene previsto aprobar nuevas medidas que afectarán a los propietarios de participaciones preferentes.

Los rumores que circulan en el sector y las informaciones aparecidas en prensa no señalan nada nuevo en el horizonte respecto a las posibilidades de Canje, que ya muchos y desde hace tiempo veníamos apuntando como muy perjudiciales para los clientes afectados.

Sin embargo sí que habrá que analizar las nuevas atribuciones del FROB respecto a la posibilidad de que este pueda liquidar entidades financieras, y/o modificar las condiciones de dichas participaciones en las entidades intervenidas.

Respecto de la posibilidad de ACUDIR A LA VÍA JUDICIAL, sería totalmente inconstitucional privar a los afectados de la tutela judicial efectiva, es decir, de la posibilidad de acudir a la vía jurisdiccional para demostrar el error en el objeto, vicio de consentimiento y por tanto nulidad de la orden de suscripción que le llevase a recuperar el nominal invertido más el interés legal del mismo (4%).

Por fortuna vivimos en un estado aparentemente democrático, social y de derecho. Por fortuna, nuestra Carta Magna consagra derechos fundamentales justiciables ante los tribunales. Uno de ellos es esa mencionada tutela judicial.

El Decreto podrá variar las perspectivas de sus participaciones si las conservan o canjean, pero jamás podrá privarles de la posibilidad de acudir a los tribunales. Aún en caso de liquidación y concurso de la entidad financiera siempre sería más favorable tener una sentencia que tener dichas participaciones debido al orden de prelación en el cobro dentro de un hipotético concurso (que en el caso concreto de Bankia sigue pareciéndome poco probable).

A pesar de ello quiero manifestarles: Primero, que una vez publicado dicho Decreto haré un análisis público del mismo en este foro si siguen permitiéndome expresar mis opiniones (profesionales) con libertad como hasta ahora.
Segundo, y esto ya es opinión personal, creo que ninguno de ustedes debería quedarse quieto un segundo mientras ve como el Gobierno, al que quizá incluso de manera desdichada votaron, les deja absolutamente desamparados y legisla en su contra mientras su entidad de referencia Bankia, se beneficia de todo su dolor, y en muchos casos desgracia, después de haberles despachado con mentiras desde que contrataron estos productos y hasta el día de hoy. Les pido que no olviden.

Es, a día de hoy, el poder constituyente, el pueblo y la manifestación de consenso que hizo la ciudadanía haya por el año 1978 promulgando nuestra Carta Magna el único garante, junto al poder judicial, de sus derechos.

Sólo un juez y la ley podrá darles amparo, como nos temíamos.

Les extracto el ART 24.1 de la Constitución Española, ya que este derecho fundamental e inviolable quizá sea lo único que pueda darles paz estos días. Asesórense y huyan de las mentiras sin olvidar quienes son los accionistas y anunciantes de los grandes grupos de comunicación.

Artículo 24 (Constitución Española)

1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

En mi último comentario respondo a la cuestión sobre la privación de la vía judicial para los tenedores de preferentes, para decirles que eso, es totalmente Inconstitucional, a la luz del Art 24.1 de la Carta Magna. Y que por tanto, a la espera de la redacción del Decreto, apuesto 1000 maravedíes a que el mismo no contravendrá la norma suprema del ordenamiento jurídico. Otras cuestiones si merecerán un análisis pormenorizado que me comprometo a hacer público también en este foro.

Ánimo, y un cordial saludo. [email protected]

El abogado es Israel Alvarez y el foro por si os interesa alternar con Rankia:
http://www.helpmycash.com/preguntas/2516/participaciones-preferentes-bankia-caja-madrid/page/69/

Esperemos que por nuestro bien lleve razón.

Saludos y suerte a todos en el camino que elijamos o nos dejen elegir.

#10904

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Hola Juani, este es el enlace que querías poner; viene el comentario al que haces referencia de Antonio Barahona, i.e. la "disposición final decimosexta", y el enlace y texto al RD Ley (el mismo que hace unos minutos nos recuperaba también Peter525). un saludo

http://estafapreferentesbankia2009.blogspot.com.es/2012/08/amiga-maria-isabel-casero.html

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