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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

A QUÉ NOS ENFRENTAMOS????
A estas alturas... todos lo tenemos claro.

http://www.eleconomista.es/mercados-cotizaciones/noticias/908296/12/08/La-CNMV-avala-a-la-banca-en-Lehman-pero-se-queja-de-falta-de-informacion.html
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Reclamación

El reclamante, un ahorrador que acudió a su oficina habitual de Bankinter en busca de asesoramiento sobre renta fija internacional, acabó invirtiendo en participaciones preferentes de Lehman Brothers, con un cupón del 7,25% hasta 2010, pero cuyo rendimiento a partir de ese año se calculaba de acuerdo con una fórmula basada en los tipos de interés de la deuda pública. Es decir: se trataba de un producto estructurado, con una rentabilidad variable durante 25 de sus años de vida, aunque según su reclamación nunca fue informado de este aspecto.

En su hoja de alegaciones, Bankinter aseguró que había proporcinado la documentación pertinente al inversor antes de que se cerrase la operación. Sin embargo, y aunque se comprometió a aportar dicha documentación al regulador, nunca llegó a hacerlo.

La CNMV, por tanto, admite en su resolución que no puede probarse que dicha información fuera entregada al cliente... pero ni siquiera así da la razón al inversor. Según el regulador, el banco sólo tiene la obligación de facilitarla en caso de que el cliente la solicite, y dado que esa solicitud en cualquier caso se realizaría de manera verbal, no encuentra la manera de darla por comprobada. Basándose en esto, dictamina que no puede determinarse actuación irregular por parte de Bankinter. Esta opinión choca con la del Servicio de Reclamaciones del Banco de España en su informe del primer trimestre.

Incluso, el folleto registrado en la CNMV de una emisión de participaciones preferentes indica en su primer párrafo que "cualquier decisión de inversión en valores preferentes
debe estar basada en la consideración de este folleto como un todo, incluidos los documentos a los que se hace referencia". Ni el folleto ni los documentos fueron entregados al inversor.

No es la única incoherencia que los abogados del cliente encuentran en la resolución de la CNMV. La ley del mercado de valores (http://www.actuarios.org/espa/Legislacion/Ley%2024-1988%20Mercado%20Valore.pdf) tras su modificación en 2003, establece que las órdenes de compra "deberán ser claras y precisas en su alcance y sentido, de forma que tanto el ordenante como el receptor conozcan con exactitud sus efectos".

Un argumento que la propia CNMV repite en su resolución, al afirmar que "la única función" del documento es "poner de manifiesto de manera inequívoca el deseo del cliente de adquirir un determinado valor".

#890

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

RECLAMACION CNMV
http://www.anaf.es/cgi-vel/anaf3/pweb8.pro?s=303711&e=1&id=2037
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Atención al inversor: reclamaciones CNMV

Servicio de reclamaciones: tramita y responde sus quejas y reclamaciones.
Trimestralmente la CNMV difunde un Informe sobre Consultas y Reclamaciones, en el que se recogen las principales conclusiones y criterios establecidos por la CNMV a raíz de las consultas y reclamaciones presentadas por los inversores. Para elaborar este informe se tienen en cuenta las cuestiones más relevantes, bien por la frecuencia con que son planteadas por los inversores o por el interés del tema.

La CNMV atiende las quejas o reclamaciones de los inversores cuando éstos consideren que sus inversiones se han podido ver perjudicadas por la conducta de personas o entidades sometidas a la supervisión de la CNMV
1. Si éste es su caso, debe reclamar en primer lugar ante el Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Cliente de la entidad. Si no está de acuerdo con la respuesta recibida o han transcurrido más de 2 meses sin que se haya resuelto su reclamación, podrá acudir a la CNMV.

2. La reclamación se presentará por escrito, mediante carta dirigida a:

Oficina de Atención al Inversor - Servicio de Reclamaciones

Paseo de la Castellana, 19. 28046 MADRID

Paseo de Gràcia, 19, 4ª Planta. 08007 BARCELONA

A continuación se indican los contenidos que es necesario incluir en la reclamación, para que pueda ser adecuadamente valorada por la CNMV. Como alternativa, si lo desea puede descargarse y utilizar este formulario, en formato PDF, para reclamar ante la Oficina de Atención al Inversor.

3. Deberá contener los siguientes extremos:

Identificación del interesado o reclamante: nombre y apellidos, D.N.I., domicilio para notificaciones y teléfono.

Identificación de la entidad reclamada y oficina en la que se han producido los hechos.

Motivo o causa de la reclamación.

Declaración de que los hechos no han sido o están siendo objeto de litigio, arbitraje o análisis en ninguna otra instancia administrativa y judicial.

Acreditación de haber reclamado con anterioridad ante el Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Cliente de la entidad. Se justificará documentalmente que han transcurrido dos meses sin haber obtenido respuesta, o en su caso se aportará copia de la misma.

Lugar, fecha y firma.

Cualquier documento o dato que se considere conveniente para respaldar la reclamación.

4. Si los asuntos que se plantean en el escrito de reclamación son competencia de la CNMV, se recaban en primer lugar los argumentos o alegaciones de la entidad reclamada. En caso contrario la reclamación se trasladaría al organismo competente, o bien se indicaría al inversor a qué instancia debe dirigirse.

5. La CNMV resuelve las reclamaciones en un plazo máximo de 4 meses, mediante un informe no vinculante que se envía al reclamante y a la entidad reclamada. En el mismo se recogen las conclusiones del caso, se expresan las recomendaciones que se consideran oportunas y se valora si la entidad reclamada ha ajustado su comportamiento a las normas de los mercados de valores. En su caso, se asesora sobre los derechos del inversor y los cauces legales existentes para su ejercicio.

6. Cuando de una reclamación se concluye que la conducta seguida por la entidad no ha sido conforme con las normas de los mercados de valores se toman las medidas necesarias para que sea corregida. Por otra parte, si se advierten indicios de conducta sancionables la CNMV aborda las actuaciones supervisoras que resulten necesarias.

7. En cuanto al alcance del Servicio de Reclamaciones, debe tenerse en cuenta que la CNMV no puede otorgar indemnizaciones ni reconocer las pretensiones económicas de los reclamantes, ya que LOS RESARCIMIENTOS COMO CONSECUENCIA DE LAS RELACIONES MERCANTILES PRIVADAS DEBEN SER ESTABLECIDOS POR LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA.

#892

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Roalma: Estuvimos varios del foro y nos encontramos frente a Banco España. Había bastante gente, aunque de bankia todavía pocos.Yo no soy buena con lo de sacar aproximaciones , pero fijo que había entre más del 1500 personas. Pero ya irán cayendo. El reportaje es para el sábado 10 y de todas formas lo pasaron por casi todas las cadenas, corto, pero lo pasaron. Yo lo vi en telecinco .Un saludo.

#893

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

¿Alguien ve los informativos de Tele 5?

Rectifico: ¿alguien que no vea habitualmente la cadena ve los informativos de Tele 5? :D :D

De todas formas algo es algo. Peor es no salir. Y peor es que siguiésemos saliendo los 10 que fuimos a la primera. Por cierto que si hay alguien de Segovia, Avila, periferia de Madriz, o sitios cercanos, os propongo o solicito que a la próxima marcha os vengáis en algún autobús de línea o tren, si es posible cercanías. Cuantos más seamos mejor.

Y mientras tanto... no sé cómo lo he hecho pero me he tranquilizado y voy a esperar movimientos. Y a ver si aplico lo que tengo en la cabeza: algún cartelillo para buzonear e incluso ¡un póster! como los que está montando BKIA. Muy parecido.

Pero ya digo: aparte de haberme calmado un poco (que se lo recomiendo a todos los que estemos pendientes de algo, sobre todo a los de las PPr del 2009), tengo que hacer algunas cosillas que me atañen a mí. Y a la vez no quiero dejar de lado esos 'cartelitos' o 'folletos'.

#895

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Anamatos discrepo contigo. Yo sí contacté con muchos afectados de Bankia lo que ocurre es que no nos identificamos con carteles y no hacemos ruido. Tengo la sensación que los afectados de La Cixa están más unidos y hacen más ruido. Personalmente, y con tu permiso(Anamatos)me voy a apropiar de uno de tus slogans y hacer un buen cartel para identificarme en la próxima mani.

#896

Re: Caca Laietana advierte que fusión de Bankia y La Caixa generaría mucho paro.

A mi no me gustan los chicles pero no por ello enviaría al paro a los trabajadores de la fábrica de chicles.... seguís con objetivos equivocados, los de arriba se lucrarán más todavía, anda que le importan los de abajo gente como tu, como yo o cualquiera que puebla este foro... llega un momento que desvaríais.

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