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Subir alquiler - Arrendamiento

7 respuestas
Subir alquiler - Arrendamiento
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CÓDIGO AMIGO

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#1

Subir alquiler - Arrendamiento

buenas, el contrato de alquiler finalizó hace casi dos años, en Agosto de 2024, pero quiero actualizar el precio, puedo hacerle un nuevo contrato con el precio actualizado? se puede actualizar? 
#2

Re: Subir alquiler - Arrendamiento

Tienes que dar un poco más de información. Si el contrato venció en 2024... quieres decir que el inquilino ha estado en la vivienda sin contrato desde entonces? Si la vivienda ha estado vacía o has estado viviendo tú, en qué comunidad autónoma estás (Cataluña por ejemplo tiene su propia normativa por ser muchas localidades consideradas como zonas tensionadas), etc...
#3

Re: Subir alquiler - Arrendamiento

Hola, el contrato venció en Agosto 2024 y desde entonces ha seguido viviendo en él, soy de Cádiz. Ahora como está caducado quiero hacerle uno nuevo con nuevas condiciones y precio pero me dicen que el inquilino tiene derecho a estar en él hasta los 5 años sin subirle el precio
#4

Re: Subir alquiler - Arrendamiento

Ok. En ese caso, el contrato no venció en Agosto. Quiero decir, los contratos de larga duración como vivienda habitual del inquilino, aunque en el contrato ponga "contrato de 12 meses" por la LAU, esos 12 meses son prorrogables hasta 5 años si el inquilino así lo estima conveniente. No sé por qué muchas inmobiliarias siguen haciendo creer a los propietarios que son contratos de 12 meses y después el propietario decide si proseguir tras los 12 meses, cuando en realidad, los contratos de larga duración de vivienda habitual son prorrogables hasta 5 años (7 si son personas jurídicas) si el inquilino así lo desea.

En este caso, y dado que el contrato parece que se firmó después de Mayo de 2023 cuando entró la nueva ley de vivienda, puedes aplicarle subidas anuales en función del IPC o del IRAV, siempre y cuando el contrato indique que se aplicarán subidas anuales (aunque diga del IPC, tendrás que aplicarle el IRAV pues es más bajo). Normalmente será el IRAV pues tiene que ser el índice más bajo de ambos. Si al año (en 2025) no le comunicaste la subida según el IRAV y al siguiente año (2026, suponiendo que ya han pasado más de 2 años desde la firma) tienes que comunicarle que le vas a subir el IRAV acumulado. No recuperarás lo que no te ha pagado de las subidas anteriores pues no se lo notificaste, pero sí lo podrás cobrar y exigir desde que se lo comuniques.
#5

Re: Subir alquiler - Arrendamiento

buenas, cuando el inquilino firmó el contrato el precio era de 525, pero en estos años y tal como yo especifiqué en el contrato le subí conforme al IPC por lo que ahora está pagando 560.
Pero yo lo que quiero es que, como el contrato caducó, hacerle uno nuevo con precio actualizado.
#6

Re: Subir alquiler - Arrendamiento

Ok. En realidad, si el inquilino conociese la nueva Ley de Vivienda, no te habría aceptado la subida del IPC pues es más alta, y habría exigido el IRAV únicamente.

En cualquier caso, si es un contrato de larga duración de vivienda habitual, el contrato no ha caducado como dices pues tiene una vigencia de 5 años (aunque el contrato no lo diga explícitamente.... con que diga que es un arrendamienta de vivienda habitual supeditado a la LAU, implica que son 5 años si es una persona física y 7 si es jurídica) por lo que no te queda más que respetar dichos 5 años a no ser que el inquilino decida marcharse antes.
#7

Re: Subir alquiler - Arrendamiento

Muchas gracias. Bueno tendré que esperar entonces. Cuando llegue el momento, los 5 años, un mes antes o cuatro, no sé, tengo que comunicarles que desalojen el piso. no es asi?
#8

Re: Subir alquiler - Arrendamiento

Así es. No recuerdo pero si que tienes que avisar con varios meses. Hazlo por escrito y si no hay buena relación hazlo con burofax y así te aseguras que tienes prueba de haber realizado la comunicación.