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Existe alguna forma de bajar el pago del IRPF?

5 respuestas
Existe alguna forma de bajar el pago del IRPF?
Existe alguna forma de bajar el pago del IRPF?
#1

Existe alguna forma de bajar el pago del IRPF?

Hola , he comprado una casa ruinosa como inversión. Ahora despues de una buena reforma quiero venderla y veo que el pago del IRPF para mí tramo sería del 23% . 

El pago sería exento si fuese casa habitual, que no es mi caso pero tb si mejora la eficacia energética que si es mi caso.

Alguien sabe que papeles habría que presentar y de cuanto sería la cuantía exenta de IRPF.

Gracias 
#2

Re: Existe alguna forma de bajar el pago del IRPF?

Tal vez obtengas mejor información en foro de fiscalidad
#3

Re: Existe alguna forma de bajar el pago del IRPF?

Hola,

Primero de todo: la consulta del tramo que correspondería se hace por ganancia patrimonial -beneficio-, no por valor de venta. Y segundo, una vez que se está dentro de uno, no se aplica un 23% directamente, si no que este es el tipo marginal. Es decir, para ganancias entre 50.000€ y 200.000€, por los primeros 50.000€ se paga un total de 10.380€ y, por el resto, el 23% que indicas. Quizás ya lo supieras, pero por cómo has expuesto tu caso he supuesto que no, para aclararlo.

Segundo, la deducción por mejora energética -DA 50ª LIRPF- está vinculado al hecho de que sea la residencia habitual o que esté arrendada para la misma finalidad o en expectativa -debiéndose formalizar el contrato antes del 31/12/2025- y, por tanto, sólo es aplicable mientras que se siga manteniendo la titularidad del inmueble.

Tercero, las obras de ampliación y mejora -cualesquiera que sean estas- y que no hayan sido solo de mera conservación y reparación se pueden sumar al precio de la adquisición verdaderamente satisfecho, con la consecuente disminución de la ganancia patrimonial y el IRPF a abonar por dicho concepto.

Un saludo,
#4

Re: Existe alguna forma de bajar el pago del IRPF?

Hola, te agradezco muchísimo tu tiempo porque no, no sabía que era lo que me has comentado. Me has sido de mucha ayuda . 

Una última cuestión, la última!!! Si vendo la casa y previamente me empadrono en ella como vivienda habitual...cuando venda parte quiero darlo en la hipoteca que ya tenemos mi marido y yo en vivienda habitual , esto sería deducible? Entiendo que no es tan sencillo ni rápido y que tiene que haber unos plazos y demás.

Gracias de nuevo! 
#5

Re: Existe alguna forma de bajar el pago del IRPF?

El empadronamiento no implica ser vivienda habitual. Para ello es necesario residir realmente durante tres años.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Existe alguna forma de bajar el pago del IRPF?

Hola,

Si se vendiese la vivienda habitual y el importe obtenido en dicha venta se reinvirtiese en la adquisición de una nueva vivienda habitual, la ganancia patrimonial obtenida por la venta de la primera de ellas estaría exenta, es decir, no habría que pagar nada en concepto de IRPF por el ingreso obtenido en esa transmisión. Por tanto, primeramente, lo que indicas no existe tal y cómo comentas. Y además, en tu caso, no te serviría de nada: admitiendo que validen ese "cambio de empadronamiento" -luego te detallo más acerca de este aspecto-, te irías a vivir a una vivienda que ya es de tu propiedad. Por lo que no te sería aplicable dicha exención.

Ahora bien, si tienes derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual -esto es, que adquiriste verdadera vivienda habitual antes de 2013-, el importe obtenido en la venta de esta "segunda" vivienda, aunque debas declararle y tributar por él en el IRPF, si se utiliza para amortizar la hipoteca de tu actual y verdadera vivienda habitual, aumentará la base sobre la que se calcula dicha deducción. Por tanto, obviamente no puedes "empadronarte y cambiar de residencia habitual", porque si no pierdes esta deducción ya que la misma está en régimen transitorio -a extinguir por quienes ya la disfrutaban- y no se puede aplicar a viviendas adquiridas ahora.

Y por último, el Certificado de Empadronamiento, cuando se trata de utilizarse como justificante ante la Administración Tributaria para justificar la residencia habitual y así tener derecho a cualesquiera beneficios fiscales, en absoluto lo admiten como una prueba válida. El argumento que esgrimen -que no es el mío, simplemente expongo- es que declarar ante el funcionario local que se vive en un determinado domicilio no prueba nada, ya que Hacienda dispone de otros datos (p.ej.: consumos) que permiten desmentir dicho justificante si no se vive en él y el empadronamiento se emplea como método "fraudulento" para "rebajar la factura fiscal".

Así que, resumeiendo: el importe obtenido en la venta debe tributar, tienes muy pocas posibilidades de que no sea así, y te interesa más que esto sea así para que lo que amortices en tu hipoteca actual lo puedas incluir para aumentar la deducción vinculada a tu actual residencia, si tienes derecho a ella.

Espero que así te haya quedado claro,
Un saludo.