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Registro de la Propiedad y cobro de transmisión por fusión entidades bancarias

3 respuestas
Registro de la Propiedad y cobro de transmisión por fusión entidades bancarias
Registro de la Propiedad y cobro de transmisión por fusión entidades bancarias
#1

Registro de la Propiedad y cobro de transmisión por fusión entidades bancarias

Minuta Registro de la Propiedad
Minuta Registro de la Propiedad


Hoy día 01/06/2022 he pagado  minuta en el Registro de la Propiedad por cancelación de hipoteca. 
Mi duda es que me cobran por transmisión por fusión 3 veces, y tengo dudas de que esté correcto. 
Mi hipoteca data del año 2004, y en abril de 2007 hicimos el último pago en Caja Murcia, aunque no hicimos anotación alguna hasta hoy día, año 2022.
Creo recordar que fue en el año 2010 cuando se formalizó la primera fusión con Marenostrum, y en la actualidad está con Caixabank, en el intermedio no sé si hubo más fusiones porque dejé de ser cliente en 2017.
Si yo cancelé la hipoteca con CAJA MURCIA, pueden cobrarme las transmisiones por fusiones posteriores?

Tengo de plazo 15 días para reclamar la minuta del Registro, ¿podéis ayudarme a aclarar el asunto?

Gracias


































































#2

Re: Registro de la Propiedad y cobro de transmisión por fusión entidades bancarias

https://www.ga-p.com/publicaciones/transmision-de-hipotecas-entre-entidades-bancarias-y-aranceles-del-registro-de-la-propiedad/

No entiendo mucho de eso, pero según la jurisprudencia del Tribunal Supremo....o eso entiendo de todo este rollo legal.....que si la fusión es por saneamiento de entidades financieras, y este parece tu caso, no te corresponde a ti esta parte de la factura. Pero si fuera por fusión digamos "normal" entonces no sería lo mismo.

  https://www.ocu.org/dinero/hipotecas/noticias/gastos-fusion-injustos   La OCU Entiende exactamente lo mismo ....que esta parte es a cargo del banco, pero claro ¿cómo.se la van a cobrar? Lo.mas fácil es cobrarla a quien solicita la cancelación!!!!!
#3

Re: Registro de la Propiedad y cobro de transmisión por fusión entidades bancarias

Gracias W, Petersen, ese enlace y otros más he estado leyéndolos esta tarde, he llegado a la conclusión de que no me corresponde pagar por las fusiones, pero que en los recursos ante los organismos de los propios Registros no van a reconocerme nada, tendría que ir a un Contencioso-Administrativo en vía judicial, que se alargaría probablemente hasta llegar al Tribunal Supremo.
#4

Re: Registro de la Propiedad y cobro de transmisión por fusión entidades bancarias

No pierdes nada por recurrir al colegio!!!!!! El no ya lo tienes ahora .... como mucho puedes "perder el tiempo".