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Donación vivienda padre y tios en Madrid

4 respuestas
Donación vivienda padre y tios en Madrid
Donación vivienda padre y tios en Madrid
#1

Donación vivienda padre y tios en Madrid

Saludos, tengo una duda con un problema de herencia y espero que alguien pueda orientarnos en como resolver esta situacion.

Se trata de una vivienda, la cual pertenecía a mis abuelos. Paso por herencia a mis tíos y madre. A día de hoy, todos están de acuerdo en darme la propiedad a mi, y nos gustaría saber cual sería la forma mas ventajosa y sencilla para resolver esta situación. Ninguno de ellos quiere venderme su parte, por lo que entiendo que en principio se trataría de una donación.

¿Seria posible que mis tíos le dieran la propiedad a mi padre, como copropietario y yo heredase posteriormente de él?

La vivienda se encuentra en Madrid, y tiene un valor de unos 100.000€.

Muchas gracias y un saludo 
#2

Re: Donación vivienda padre y tios en Madrid

La forma mas ventajosa es por compraventa, o extinción del condominio en uno de los titulares (tu madre/padre) y posterior donación o herencia a ti.
En ambos casos es necesaria la entrega de dinero en contraprestación. Si no la hay, hablamos de donaciones, muy gravosas fiscalmente entre hermanos, e igualmente entre tíos-sobrinos, se paga lo mismo si se la donan a tu madre que a ti directamente, con el agravante de que si lo hacen a tu madre luego habría una segunda transmisión hacia ti.
Y si heredas de tus tíos, al menos hay un mínima deducción que te permite reducir la base, que no existe en donaciones.

Un saludo

#3

Re: Donación vivienda padre y tios en Madrid

Si en Madrid la donación es para vivienda habitual entre padres e hijos y hermanos esta exenta o bonificada al 100%.

Creo recordar que en la página de la comunidad hace referencia a este hecho.

Saludos 
#4

Re: Donación vivienda padre y tios en Madrid

 Efectivamente, Madrid es de las pocas CA que bonifican también a los colaterales:

Novedades a partir de 2019:

  • Reducción por adquisiciones inter vivos:
Se establece una reducción del 100 por ciento de la donación recibida, con un máximo de 250.000 euros, para donaciones entre parientes pertenecientes a los grupos I y II de parentesco, así como entre colaterales consanguíneos de segundo grado (hermanos) cuando el destino de la donación sea:

La adquisición de la vivienda habitual del donatario.
La adquisición de acciones y participaciones sociales en sociedades o cooperativas.
La adquisición de bienes, servicios y derechos para el desarrollo de una empresa individual o de un negocio profesional.

  • Bonificación en adquisiciones inter vivos y mortis causa entre parientes del grupo III:
A partir del 1 de enero de 2019, las herencias y donaciones adquiridas por el hermano, tío o sobrino del causante o donante estarán bonificadas en un 15 por ciento de la cuota en el caso de que el sujeto pasivo sea un pariente consanguíneo de segundo grado y del 10 por ciento en caso de que sea de tercer grado. 

Un saludo

#5

Re: Donación vivienda padre y tios en Madrid

Rectifico pues mi mensaje anterior, si hay algo de bonificación al recibir de tus tíos (10% de la cuota en Madrid), algo es algo.

Un saludo