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Precio máximo alquiler de vivienda Vpo. Comunidad de Madrid

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Precio máximo alquiler de vivienda Vpo. Comunidad de Madrid
Precio máximo alquiler de vivienda Vpo. Comunidad de Madrid
#1

Precio máximo alquiler de vivienda Vpo. Comunidad de Madrid

He vivido en mi piso calificado como vivienda de protección oficial (Vpo) en la Comunidad de Madrid  (en adelante CAM) durante más de 10 años, y al aumentar la familia se me ha quedado pequeño. Ahora vivo de alquiler y  a su vez mi piso Vpo lo he alquilado también. Antes de alquilarlo, al ser Vpo, consulté en noviembre de 2018 y en febrero de 2019 en Información de vivienda de la Comunidad de Madrid (Avda.Asturias - Madrid) los trámites que debía realizar y el precio al que podía alquilar mi piso. Quería que el arrendamiento estuviera dentro de la legalidad y no como casi todos los arrendamientos de vivienda de Vpo que se realizan fuera de la legalidad.  En las dos ocasiones que pedí información me indicaron las condiciones que debía cumplir, entre ellas estaba la inclusión de determinadas cláusulas, el depósito de la fianza en la CAM, así como el importe máximo del arrendamiento. Para fijar ese importe máximo me entregaron dos documentos, uno el que establecía determinados precios por metro cuadrado y otro, sólo aplicable a aquellas viviendas que se hubieran acogido a las medidas de financiación  del Real Decreto 801/2005. MI vivienda esta acogido a ese R.D. Este documento entregado por la CAM, titulado “Precio de Venta Real Decreto 801/2005” incluye las fórmulas de cálculo de precio máximo en venta, así como la fórmula de cálculo de precio máximo de alquiler, el 5,5 % del precio de venta, es el precio máximo indicado para arrendamiento anual.

En febrero de este año 2019, encomiendo a una empresa especializada en alquiler de viviendas, la búsqueda de inquilino, manifestándoles que al tratarse de vivienda Vpo tiene sus limitaciones en el precio. Esta empresa, también se dirige a la CAM para averiguar el precio máximo que se puede aplicar. Y a ella, también se le informa, y se le entrega, documento para el cálculo del importe máximo de la viviendas acogidas al Real Decreto 801/2005” como es el caso. En resumen en tres ocasiones la Comunidad de Madrid nos entrega la fórmula para el  cálculo de la renta máxima permitida.

Quiero remarcar, por su importancia, que el documento es entregado en las tres ocasiones por la CAM y tiene el membrete de Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, y que además, hasta mayo de 2019 ha figurado en la web de la Comunidad de Madrid.

A finales de febrero firmamos contrato de arrendamiento. Como todo lo quiero hacer legalmente, procedo a hacer el depósito de la fianza en la CAM y presento en el plazo correcto el contrato para el visado por la Consejería de Vivienda.

En julio de 2019 recibo respuesta a la petición de visado, diciendo que el importe del arrendamiento no se corresponde al máximo permitido. Ignorando ahora los tres documentos entregados, y la publicación de su web, así como lo que manifiesta el RD 801/2005.  Cuando voy a pedir explicaciones sobre el asunto, me indican que han cambiado el criterio y desde junio sólo consideran correcto los precios máximos de renta por metro cuadrado vigentes según RD 14/2008 y Orden 116/2008. La diferencia entre un cálculo y otro es pequeña pero la cuestión es de principios.

El nuevo criterio es muy discutible. Pero lo que no pueden hacer es que a aquellos que ya han sido informados sobre los precios máximos con su criterio anterior, se les considere ahora como “infractores”. Si el criterio cambia en junio, sería aplicable a aquellos contratos firmados a partir de junio. La Oficina de Información de la Vivienda en Avda. de Asturias, ha seguido informando con los antiguos criterios hasta Mayo de 2019 inclusive y su propia web también.

Voy a recurrir este atropello por parte de la Administración, y ruego que si alguien está en mi caso me lo indique, ya que no creo que sea el único afectado.

#2

Re: Precio máximo alquiler de vivienda Vpo. Comunidad de Madrid

Hola, no se si leerás esto pero me interesa saber como acabó el asunto. Quiero alquilar y creo que tengo tu mismo escenario de base.

Yo tengo préstamo convenido y soy del 801/2005 y he visto la modificación de precios según:
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/vivienda/precios_max_no_decreto_801_2005.pdf

Pero no veo si para el alquiler es el 5% o el 5.5% o el 4% (esto último lo he visto en http://www.madrid.org/wleg_pub/secure/normativas/contenidoNormativa.jsf?cdestado=P&nmnorma=4957&opcion=VerHtml#no-back-button)

Añado que tengo que estar 30 años vinculado y en el enlace anterior solo hablan de 25 y 10 años.

Gracias,