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¿Cómo se descalifica una Vivienda de Protección Oficial (VPO)?

¿Cómo se descalifica una Vivienda de Protección Oficial (VPO)?

Cuando compras una vivienda de protección oficial (VPO) sabes que incluye ciertas limitaciones, especialmente a la hora de vender o alquilar. Para eliminar estas restricciones, debes saber cómo y cuándo puedes descalificar tu vivienda de protección oficial y así liberarla para comercializarla libremente.

¿Qué significa descalificar una vivienda de protección oficial (VPO)?

La descalificación de una vivienda de protección oficial (VPO) es un trámite legal mediante el cual esta pierde su condición protegida, lo que te permite vender o alquilar la vivienda en el mercado libre.

Tipos de descalificación de VPO

Si eres propietario de una vivienda de protección ofical (VPO), seguramente sabrás que no todas mantienen este régimen de forma permanente, sino que existen situaciones específicas que permiten cambiar el estatus. La elección entre un tipo u otro dependerá principalmente de tus circunstancias particulares y de cómo cumplas con las obligaciones establecidas en la normativa. A continuación, te explicamos cada una de estas modalidades para que tengas claro qué implica cada opción y cuáles son sus consecuencias.
Descalificación voluntaria
Es la opción más común y la más utilizada por los propietarios, ya que permite liberar voluntariamente la vivienda de las restricciones propias de la VPO.
Descalificación por sanción
Es impuesta por la administración cuando incumples alguna de las condiciones establecidas en el régimen de protección oficial.

¿Quién puede solicitar la descalificación de una vivienda VPO?

Solo los titulares de la vivienda pueden solicitar la descalificación, siempre que se cumpla alguno de estos casos:

  • Ha transcurrido el plazo establecido en el Plan de Vivienda (normalmente 30 años).

  • Se opta por una descalificación voluntaria anticipada, cumpliendo con los requisitos específicos que establece la administración.

Requisitos para descalificar una vivienda VPO

Para liberar tu vivienda protegida, es necesario cumplir estos requisitos:

  • Haber cumplido el pazo indicado en la calificación de la vivienda (generalmente 30 años, dependiendo de la normativa específica).

  • Haber amortizado totalmente o realizado una novación del préstamo cualificado que se concedió para adquirir la vivienda.

  • Devolver todas las ayudas económicas, bonificaciones o exenciones recibidas, incluyendo los intereses correspondientes.

Documentación necesaria para descalificar una vivienda VPO


  • Solicitud oficial de descalificación.

  • Justificante del pago de tasas administrativas.

  • Fotocopia del DNI o CIF del titular o titulares.

  • Número del expediente de calificación definitiva o, en su defecto, la cédula de calificación.

¿Dónde se solicita la descalificación de una vivienda de protección oficial?

La administración competente para tramitar tu solicitud es la comunidad autónoma que calificó originalmente la vivienda. Debes dirigir tu solicitud a la consejería competente en materia de vivienda de dicha comunidad. La solicitud puede presentarse en: 

  • La administración  general del estado.

  • Las oficinas de las comunidades autónomas.

  • Entidades de la administración local con convenio específico.

  • Oficinas de correos.

  • Representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

¿Hay que devolver las ayudas recibidas al descalificar una vivienda VPO?

Sí. Si solicitas la descalificación antes de que transcurra el plazo completo (normalmente 30 años), debes devolver todas las ayudas públicas recibidas (del estado, comunidad autónoma y ayuntamiento), incluyendo los intereses legales correspondientes. 

Si ha transcurrido el plazo completo, no tendrás que devolver estas ayudas.

¿Cuánto cuesta descalificar una vivienda VPO?

El coste depende de las ayudas que hayas recibido, ya que tendrás que devolverlas con sus intereses legales. Además, debes abonar una tasa administrativa por el trámite, cuyo importe varía según cada comunidad autónoma.

Normativa aplicable a la descalificación de viviendas VPO


  • Real Decreto 2114/1968, Reglamento de viviendas de protección oficial.
  • Real Decreto 3148/1978, sobre política de vivienda.
  • Real Decreto 727/1993, sobre precios de VPO de promoción privada.

Además, cada vivienda está regulada por la normativa específica del Plan de Vivienda vigente en el momento de su calificación.

Preguntas frecuentes


¿Te pueden quitar un piso de Protección Oficial?

Sí. La administración puede retirar la calificación de protección oficial mediante una descalificación por sanción si incumples alguna de las condiciones establecidas en la normativa vigente.

¿Cómo saber si ha prescrito una vivienda VPO?

Debes revisar la calificación definitiva o consultar directamente en la Consejería de Vivienda de tu Comunidad Autónoma para conocer la fecha exacta en la que finaliza la protección.

¿La descalificación de VPO es automática tras 30 años?

En algunos casos sí lo es, aunque normalmente se recomienda verificarlo y solicitar un certificado oficial de descalificación a la administración competente.

¿Puedo vender mi vivienda VPO sin descalificarla?

No. Para vender la vivienda en el mercado libre primero debes completar el proceso de descalificación.

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  1. #5
    12/05/20 12:31
    Gracias por tan completo artículo!

    Me surgen tres preguntas, por si algún rankiano me puede dar respuesta:
    - Supongamos que quiero vender una VPO (que no se pueda vender por no cumplir lo explicado en el artíulo) y que comprador y vendedor estamos de acuerdo: ¿Quién pararía la operación -pues entiendo que se trataría de una ilegalidad- al ver en el Registro que la vivienda es de VPO: el banco, el notario, nadie...?
    -Supongamos que tengo una VPO cuya protección dura 30 años pero que me permite solicitar la descalificación tras 5 años. Como hay que devolver las ayudas recibidas más intereses generados, ¿lo mejor sería tramitar la descalificación al año 5 y un día, o mejor al cumplirse 25 años -por ejemplo-? (supongamos que desde el principio sé que no voy a esperar los 30 años). Salvo que la "penalización" de devolver las ayudas vaya decreciendo a medida que queden menos años de protección, parece que lo más "conveniente económicamente" es proceder a la descalificación cuanto antes (y así pagas menos intereses que suelen estar referenciados a unos tipos -legales- más altos que los del mercado)?
    - ¿Cuando solicitas la descalificación -para por ejemplo ponerla en venta libre-, estás expuesto a que la Administración ejecute su derecho de tanteo y retracto y por lo tanto te quedes sin la vivienda? ¿O solicitada la descalificacion, obtendrás una respuesta y según la cual -por ejemplo la arriba indicada- puedes decidir si seguir adelante o no?

  2. Nuevo
    #4
    31/03/20 01:19

    Hola buenas noches,
    Alguien sabe si compro una vivienda VPO quedando esta en segunda transmisión y transcurridos mis cinco años justificando que ha sido mi vivienda habitual, ¿tengo yo que devolver las ayudas que obtuvo el primer comprador al descalificarla?

    Soy de Sevilla por cierto, un saludo!

  3. Nuevo
    #3
    17/04/19 01:05

    Hola tengo una duda... vivo en un piso de vpo de alquiler con opcion a compra a las 10 años... a los 10 años pierde la propiedad de vpo?? Tambien desde hace 3 años soy propietario de otra vivienda... me podria comprar la de vpo si a los 10 años la descalifican? Gracias un saludo

  4. #2
    14/12/18 19:00

    Tengo un problema con mi trámite de descalificación de mi piso en Valencia. La Consejería de Vivienda me pide entre otros documentos, una "Certificación expedida por la entidad bancaria en la que fue formalizado el préstamo cualificado, de los Primeros Compradores, en la que conste cuantía de la subsidiación percibida por semestres naturales y otros ítems.
    Solicité en tres oficinas distintas del banco la certificación y me la negaron en las tres, poniendo de pretexto que yo no era la persona que recibió el préstamo es decir yo no era el PRIMER COMPRADOR.
    Cuando vuelvo a Consejería con esa respuesta me dicen que sin el certificado no habrá continuidad en el trámite y perderé el tiempo y dinero en tasas que ya pagué. ¿Es posible esto?

  5. #1
    28/05/15 16:16

    Y a todo esto que sabiamente expones, comentar que también estamos al albur de lo que decidan los políticos de turno.

    En Castilla la Mancha hace 8 años que no se puede descalificar voluntariamnete ninguna VPO; aún cumpliendo todos esos requisitos.

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