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Duda acerca de aceptar la herencia a beneficio de inventario - guia herencia

4 respuestas
Duda acerca de aceptar la herencia a beneficio de inventario - guia herencia
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Duda acerca de aceptar la herencia a beneficio de inventario - guia herencia
#1

Duda acerca de aceptar la herencia a beneficio de inventario - guia herencia

Buenas tardes. Tengo dudas acerca de la condición de aceptar una herencia a beneficio de inventario. Cuando se considera que se ha realizado la declaración de herederos? Si bien he leído existe un plazo de 30 dias para aceptar la herencia a beneficio de inventario desde la comunicación de herederos.¿ Cuando se consideraria que estoy llamada a heredar para que comience a contar ese plazo de 30 dias? ¿ ¿ Se puede rechazar la herencia posteriormente si ya la has aceptado a beneficio de inventario? Y por ultimo. ¿Se ha de abonar el impuesto de sucesiones. Pero, previamente se ha de haber hecho el inventario o se tiene que abonar independientemente este hecho o no el inventario? Muchas gracias por su atención.

#2

Re: Duda acerca de aceptar la herencia a beneficio de inventario - guia herencia

Si no tienes en tu poder parte de la herencia ni has hecho ninguna gestión como heredero, el plazo empieza a contar desde que alguien te requiera para aceptar o repudiar la herencia.

Una vez aceptada a beneficio de inventario, no se puede repudiar.

El Impuesto de Sucesiones se ha de liquidar en el plazo de seis meses, lo mismo si se ha hecho el inventario a efectos de herencia o no. Para liquidar el impuesto hay que aportar un inventario valorado pero no tiene por qué ser el mismo que se haga para la aceptación de la herencia a beneficio de inventario. Lo digo porque el inventario fiscal puede estar sujeto a futuras modificaciones si aparecen bienes o deudas pero no creo que el otro pueda modificarse.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Duda acerca de aceptar la herencia a beneficio de inventario - guia herencia

Vivir en el domicilio donde reside el difunto que forma parte de la herencia. ¿Estariamos hablando de que la herencia esta en mi poder? Otra cosa. ¿ Si heredo participaciones de una sociedad limitada a beneficio de inventario y esa empresa tiene deudas con hacienda. ¿ Heredaria esas deudas? Es que segun he leido las deudas con hacienda se heredan aunque aceptes a beneficio de inventario.Mua agradecida Juan por tus respuestas

#4

Re: Duda acerca de aceptar la herencia a beneficio de inventario - guia herencia

Yo interpreto que vivir en una vivienda que forma parte de la herencia, implica que esa parte está en tu poder. Por tanto, la aceptación a beneficio de inventario debes hacerla en el plazo de 30 días naturales desde que conozcas tu condición de heredero que supongo que fue el día del fallecimiento.

Si heredas unas participaciones de una sociedad mercantil, no heredas las deudas de la sociedad con Hacienda. Si el volumen de las participaciones implica que te haces con el control de la sociedad, podrías ser responsable ante Hacienda, no por heredar las deudas sino por una posible responsabilidad subsidiaria.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Duda acerca de aceptar la herencia a beneficio de inventario - guia herencia

Muchas gracias Juan. Eres un encanto