Dacion de pago
Buenas tardes;
Mi consulta es la siguiente.
Mi marido y yo somos inquilinos,hace un año y medio mas o menos nos enteramos que el casero no paga la hipoteca. Nosotros vivimos en una planta baja y el casero son sus dos hijos y mujer en la planta de arriba (es una casa) divida en dos partes independientes.
La deuda de este señor asciende a unos 600.000€ . En octubre 2017 nos renovó contrato por un año porque claro...le interesa seguir cobrando. Según el y su abogado están negociando la dación de pago,lo que significa que si se la conceden,nosotros nos tendriamos que ir.
Su mujer esta fija en en trabajo su hijo mayor trabaja,el cobra una pensión y ademas tiene un par de empresas en las que figura como administrador sin animo de lucro,aunque obviamente cobra por ello.
Este mes o el que viene nos tiene que decir si le conceden la dación de pago.
Mi pregunta es....Con una deuda tan grande y la mujer e hijo trabajando,el cobrando pensión y el alquiler que cobra por nosotros es posible que se la concedan??
No se sabe cuando el banco se quedara con la casa,en Octubre se nos acaba el contrato y no encontramos nada....los alquileres están por las nubes. Según el en Octubre si no le dan la dación de pago nos hace un contrato nuevo de tres o cinco años y una ves que el banco se quede la casa nos tiene que absorber con las mismas condiciones.
Esperó haberme explicado bien 😄
Gracias!