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ITP sobre precio de compra o valor real?

35 respuestas
ITP sobre precio de compra o valor real?
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ITP sobre precio de compra o valor real?
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#16

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Bastante tendrá que ver una autopista con el impuesto de transmisiones... no puedes mezclar así las cosas y quedarte tan tranquilo, eso del 20% que dices no es aplicable en transmisiones, e informar a la gente en ese sentido es muy irresponsable  (una vez mas) por tu parte. Ahora vendrás otra vez con lo del Tribunal Constitucional y la confiscación, y la prevaricación de los funcionarios...

De paso, decir que a los bancos y a los compradores de pisos a bancos bancos y sus inmobiliarias, se les comprueba el valor y se les giran sus complementarias, a ver si te crees que por serlo se libran de tener que acreditar el valor real de los bienes que compran o venden, se les pide lo mismo que al resto de contribuyentes, y a los compradores de sus pisos, idem.

 

Un saludo

#17

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Buenas tardes; 

Creo que no me has entendido bien.

Lo que he querido decir es que los valores que se decreten por ley de una cosa no son artículos de fe.

La administración hace cálculso y a veces se equivoca. Lo de las autovías, es un ejemplo de que adquiere responsabilidad por haberse equivocado en más del 20 %.

Eso le pasa lo mismo a un profesional que valora una obra en más o menos del 20 %, que puede tener repercusiones penales.

Lo que el Tribunal Constitucional ha dicho, con esas senencias, es que no se puede gravar capacidad que no se tiene. 

Ahora bien, el dinero el B existe, por lo que para eso están esas valoraciones.

Pero si no ha habido dinero en B, caso de que una administración vende vivienda una vivienda, entonces al comprador  no debería aplicársele esa ley cuando diga que el precio es mayor.

La realidad siempre que se pueda verificar tiene preminencia sobre las presunciones legales.

Te pno un caso. 

Si en una subasta judicial un persona adquere un piso por una cantidad, en la que ha habido multitudiarias pujas, el comprador no tendría que tener mayor base imponible que sobre el importe de la subasta.

Otro ejemplo, los concursos de obras salen a subasta. El IVA que sepaga es sobre el cuadro de precios de contrato, no sobre el cuadro de precios del proyecto.

Por lo que sabes sobre las cuestiones fiscales pareces dar la impresión de que estás muy relacionado con ellas. 

A mi me encanta pagar impuestos, aunque se pueda haber tenido la impresión contraria. Otra cosas es que se pueda poner en práctica ingeniería fiscal, que es legal. (Venta de accciones de varios años en vez de vender las más recientes, ya que tienen diferente tratamiento)

Sobre el tema del IIVTNU de más de 20 años, es un tema muy claro. No hay hecho imponible:

En estos momentos el funcionario de la Agencia Tributaria Municipal que impoga el IIVTNU a las trasmisiones de más de 20 años comete prevaricación, sin lugar a dudas, porque es una cosa ya juzgada por el Tribunal Constitucional.

Este tema es una cosa que cuesta entenderla, pero es que no hay efecto túnel de que una transmisión de más de 20 años, sin poca o nula capacidad ecónomica, pueda atravesar una barrera de capacidad del 150 %, que es lo que representa e 60 % del valor del suelo catastral, y sea gravada.

La muerte no se elige y además es segura, por lo que se ha legislado que las transmisiones de más de 20 años no estén gravadas. El legislador, que son nuestros representantes, no es tan bruto para legislar semejante atropello.

Otra cosa es que por ignorancia, dicho atropello se haya producido. A pesar de que, en 1977 se puso en conocimiento este hecho ante el Defensor del Pueblo. Es decir, el mismo servicio que ahora ha prestado el Tribunal Constitucional, lo prestó un ciudadano ante el Defensor del Pueblo, 20 años antes. 

Saludos.

 

 

 

 

#18

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Buenas noches:

No me importa que te dirijas a mi.

Pero te recuerdo esta frase " olvidemos que hemos coincidido en los chats, yo no volveré a dirigirme a ti, y espero que tu tampoco a mi."

22/05/17 (22:02)

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3570813-plusvalia-edificio-division-horizontal?page=3

Sobre el tema valor de las cosas hay mucho que hablar.

Por los gobernantes, a veces se conviertes muchas barbaridades, se subvencionan precios que llevan a algún pais a la ruina caso de Venezuela, con los carburantes, además de tener el dirigente que tienen.

Aquí en España el caso de IIVTNU ha dido sangrante. Todavía lo sigue siéndolo, en las trasmisiones de más de 20 años. Dejará de serlo.

Es posible que, mi lenguaje sea difícil de comprender, aunque intento hacer frases cortas. Pero a veces, el sujeto lo pongo muy lejos del verbo, al introducir aclaraciones entre comas, en las que algunas de ellas son oraciones subordinadas.

En esto pido disculpas.

Pero en el tema del IIVTNU nunca he propugnado desobediencia fiscal, porque sería un delito, ni sobre ningún tema fiscal. 

Lo que pongo sobre IIVTNU es lo que dice la LRHL.

Algunos no entienden la LRHL,  a pesar de la labor didáctica del Tribunal Constitucional en sus sentencias.

Saludos. 

 

 

 

#19

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Créeme cuando te digo que intento ignorarte, pero es que por desgracia tus intervenciones ocurren en hilos que me interesan, y algunos de tus comentarios no se pueden quedar sin respuesta. No lo hago por mi, sino por el resto de foreros, algunos de los cuales pueden creerse tus historias (si las entienden) y actuar mal aconsejados.

Pero mi intención de no seguirte el juego sigue siendo la misma.

Un saludo

#20

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Buenos días:

Cuando hago alguna respuesta normalmente la hago con soporte jurídico.

En el caso de caso de precio de compra o valor real, que es el mismo, gravar más por encima del precio realmente pagado es una confiscación, que está prohibida por el art. 31.1 de la CE.

Otra cuestión es que en la escritura no figure ralmente el precio pagado, pero eso es una cuestión operativa, que es independiente del precio real. 

Sobre el IIVTNU, es que ya está juzgado.

Saludos

#21

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Hola. Tengo una duda. Vamos a comprar un piso por 155.000 euros y luego le meteremos una reforma integral de 45.000 euros, que irá dentro de la hipoteca (el tasador va a tasar el proyecto con reforma y financian el 80% de todo). Pero nos dijeron que el ITP se pagaba sobre el valor de venta (porque obviamente el valor real crecerá tras meterle esta reforma...). Mi pregunta es... ¿se pagaría el ITP sobre los 155.000, no? Muchas gracias 
#22

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Mucho cuidado con el valor de tasación.

Pueden emplearlo en comprobación de valor como base imponible para el cálculo del impuesto (art. 57.1.g) LGT):

 g) Valor asignado para la tasación de las fincas hipotecadas en cumplimiento de lo previsto en la legislación hipotecaria

En Andalucía, dado que con el  art. 57.1.b) LGT tienen problemas, lo están haciendo.

Sin embargo, en la Comunidad Valenciana, numerosas sentencias de TSJCV considera que no es un método idóneo y da la razón a los contribuyentes.

Un saludo.
#23

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Cada comunidad autonoma se rige por unos parámetros. Tu puedes pagar lo que quieras....otra cosa que después hacienda te lo reclame.
#24

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

No, no lo es si tenemos en cuenta que el método de valoración mediante catastral x coeficiente no tiene sustento financiero en cuanto a método que refleje el valor real del activo. 
#25

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Siempre puedes recurrir, y si tienes base (a mi me pasó hace unos meses) que te rebajen el tipo de impuesto. De hecho demostré que la vivienda que compré tenía ciertos daños, que me costo el dinero reparar (presentando fotos, facturas oficiales, y toda la documentación), y el arquitecto técnico lo aceptó, y aplicó un coeficiente reductor por vivienda parcialmente en mal estado. El resultado es que logré pagar aproximadamente un 10% menos de impuesto de lo que inicialmente me habían liquidado.
Saludos.

Método, disciplina y tiempo

#26

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Muchas gracias por la respuesta.

Me encuentro en un caso en donde el valor de mi inmueble (plaza degaraje) la voy a adquirir por 9000€ y el valor catastral es 19000...Representa que he de pagar 1000€ adicionales? Estamos hablando que el ITP representa un 21% del valor de compra, esto es usura. Aplican unos coeficientes desorbitados sin sustento de la realidad del mercado, deflacionario y en plena crisis de liquidez. Es una discrepancia muy elevada pero es que Hacienda está realizando cálculos del valor catastral fuera de mercado...
#27

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Creo que ando un poco perdido ¿un 21% de impuesto?. Los números que aportas son muy extraños, al menos en lo poco que yo manejo. 
Por lo general en el 95% de los casos el valor de mercado está por encima del valor que le da la administración para sobre él aplicar el ITP. Esto suele ser lo frecuente. En algunos casos muy puntuales puede que la compra esté un poco (muy muy poco) por debajo del valor que le dan ellos, pero nunca me he encontrado con algo que pagues 9.000 por él y la administración lo valore en 20.000. No me cuadra, al menos en lo que yo tengo visto. Y he intervenido ya en algunas compra ventas, y de hecho que yo recuerde, todas han estado por encima del valor que le daba la comunidad autónoma. ¿cómo es posible que haya tanta diferencia?. y ¿por qué me hablas del 21%, vas a pagar iva?

Método, disciplina y tiempo

#28

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Perdona no haber sido ordenado al expresarme,

Mi precio de compra es de 9000€.
El valor catastral es de 10900€ (a multiplicar x el coeficiente corrector de 1,73 en Barcelona)=18857€

Esto hace que si pago el 10%(tipo efectivo en Catalunya) de la primera cifra o el 10% de la segunda cifra, se arroje un diferencial de 1000€. Lo que me confunde es que en el IBI el valor catastral que aparece es de 10900€ y no se si éste es ya el final o lo he de multiplicar por el coeficiente de 1,73. A mi también me parece una diferencia enorme...

Espero haber puesto algo de luz a mi caso. Gracias!
#29

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

Revisalo todo bien, porque esa diferencia no me cuadra, al menos es muy extraña, ya te digo que yo lo que siempre manejo es justamente al revés. siempre he visto que el valor catastral está muy por debajo de los precios de mercado, y lo tuyo es exactamente al revés. Si todo está correcto deberías intentar reclamar, porque igual hay algún error y te toca pelear (si tienes fuerza y ganas de luchar claro).

Método, disciplina y tiempo

#30

Re: ITP sobre precio de compra o valor real?

De acuerdo con la Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de julio de 2018, el valor que debemos declarar es el valor real efectivamente satisfecho, que, por su parte, puede ser inferior al valor determinado por la Administración, dado que el valor real es aquél que pactarían dos sujetos de derecho independientes en un contexto de mercado libre y éste está condicionado, obviamente, por circunstancias de diversa magnitud y significación y, entre otras, la severa y prolongada crisis económica padecida desde la segunda mitad de la década anterior, lo que significa que el valor real, lejos de ser inmutable, puede variar en función del carácter temporal, espacial u otros a que se refiera.”

Las cifras las he revisado meticulosamente con el notario. En el recibo del IBI consta un valor catastral de 10900€ y el coeficiente de Barcelona es del 1,73. La discrepancia es plausible y en el actual contexto macroeconómico los valores catastrales por el coeficiente distan mucho de los valores de mercado (al menos en el caso actual que me encuentro)...